Reglamento por El que Se Crea el Instituto de La Juventud para El Municipio de Colima

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COLIMA, COL.

A C U E R D OREGLAMENTO DEL INSTITUTO DE LA JUVENTUD PARA EL MUNICIPIO DE COLIMAPROFR. FEDERICO RANGEL LOZANO, Presidente Municipal de Colima, a sus habitantes, sabed:

Que el Honorable Cabildo Municipal se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente REGLAMENTO DEL INSTITUTODE LA JUVENTUD PARA EL MUNICIPIO DE COLIMAEl Honorable Cabildo Municipal de Colima, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 87, fracción II, de la Constitución Política del Estado de Colima; 45, fracción I, inciso a), y 116 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima; 132, 133, fracción III, 136, 137, 138 y 140 del Reglamento del Gobierno Municipal de Colima; ha tenido a bien aprobar el presente Acuerdo, conforme a los siguientes:

CONSIDERANDOS:

PRIMERO.-

La creación del INSTITUTO DE LA JUVENTUD PARA EL MUNICIPIO DE COLIMA, hace necesaria la aprobación de un Reglamento Interno, el cual normará las funciones, facultades, obligaciones y vida interna del propio instituto.

SEGUNDO:

El nuevo texto que se propone encuentra sustento.

TERCERO.-

Que el Reglamento del INSTITUTO DE LA JUVENTUD PARA EL MUNICIPIO DE COLIMA

se encuentra integrado por 58 artículos agrupados en 10 capítulos, estando distribuidos de la siguiente forma; el Capítulo Primero, denominado " Disposiciones Generales "; el Capítulo Segundo, denominado " Del Objeto y Atribuciones del Instituto "; el Capítulo Tercero, denominado " De los Órganos del Instituto "; el Capítulo Cuarto, denominado " Del Consejo Directivo "; el Capítulo Quinto, denominado " De las Atribuciones y Obligaciones del Consejo y de sus Miembros "; el Capítulo Sexto, denominado " De las Sesiones del Consejo Directivo "; el Capítulo Séptimo, denominado " De la Dirección del Instituto "; el Capítulo Octavo, denominado " Del Órgano de Vigilancia "; el Capítulo Noveno, denominado " Del Patrimonio y del Presupuesto del Instituto "; el Capítulo Décimo, denominado " Del Procedimiento de Revisión y Consulta ".

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 45 fracción I, inciso a), y 116 de la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, así como en el artículo 132 del Reglamento de Gobierno Municipal, el Ayuntamiento por conducto del H. Cabildo está facultado para la formación, Reforma o Adición a los Reglamentos Municipales y con base en estos ordenamientos legales, la Comisión de Gobernación y Reglamentos tienen a bien solicitar de este H. Cabildo la aprobación del siguiente:

A C U E R D OPRIMERO:

Es de aprobarse y se aprueba el Reglamento Interno del INSTITUTO DE LA JUVENTUD PARA EL MUNICIPIO DE COLIMA, en los términos siguientes:

REGLAMENTO DEL INSTITUTODE LA JUVENTUDPARA EL MUNICIPIO DE COLIMACAPÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1

El ámbito y aplicación de las disposiciones del presente reglamento son de orden público e interés social y tienen por objeto instaurar el marco jurídico, político e institucional que oriente las acciones del gobierno municipal y la sociedad con relación a la población joven del Municipio; regular el funcionamiento del Instituto de la Juventud para el Municipio de Colima, así como sus facultades, atribuciones y régimen interior.

ARTÍCULO 2

Para los fines de este reglamento se entenderá por:

  1. Instituto:

    Al Instituto de la Juventud para el Municipio de Colima;

  2. Cabildo:

    Al cabildo del Honorable Ayuntamiento de Colima;

  3. Consejo de Gobierno:

    Órgano de Gobierno del Instituto;

  4. Dirección:

    El Director del Instituto;

  5. Jóvenes:

    Los mexicanos y mexicanas, originarios o radicados en el Municipio de Colima, cuyas edades están ubicadas en el grupo de edad comprendido entre los 12 y 29 años;

  6. Desarrollo Integral de los Jóvenes:

    El conjunto de dimensiones físicas, psicológicas, sociales y culturales que, articuladas coherentemente, garanticen y potencialicen la participación de los jóvenes como ciudadanos en ejercicio pleno de sus derechos, deberes políticos y civiles en la sociedad;

  7. Plan de Trabajo del Instituto:

    Al conjunto de programas y acciones con definición de objetivos y metas específicos que se contienen en el Plan Municipal de Desarrollo y, demás que apruebe el Consejo Directivo, que constituyan el documento que oriente la conducción de la tarea pública, social, política, económica, laboral, cultural, educativa, formativa, profesional, académica, deportiva y recreativa que impulse el Instituto; a corto mediano y largo plazo, mediante planes anuales y trienales;

ARTÍCULO 3

El Instituto es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, para el pleno cumplimiento de sus objetivos y atribuciones.

ARTÍCULO 4

El Instituto se regirá por el Reglamento del Gobierno Municipal, el presente ordenamiento y las demás leyes, reglamentos municipales y disposiciones que le sean aplicables.

ARTÍCULO 5

Las dependencias del Gobierno Municipal, a solicitud del Instituto, deberán apoyar al mismo en los asuntos que les sean requeridos.

CAPÍTULO SEGUNDO DEL OBJETO Y ATRIBUCIONES DEL INSTITUTO Artículos 6 a 8
ARTÍCULO 6

El Instituto tiene como objetivo general establecer una política integral de promoción, apoyo y asesoría en beneficio de las y los jóvenes del Municipio, principalmente de aquellos cuyo rango de edad sea de los 12 a los 29 años; e impulsar su desarrollo, integración así como su participación plena y eficaz en la vida económica, laboral, política, cultural, científica, social, deportiva y recreativa, promoviendo la igualdad de oportunidades para varones y mujeres.

ARTÍCULO 7

El Instituto tendrá como objetivos específicos:

  1. Definir y ejecutar el plan de trabajo del Instituto impulsando la igualdad entre varones y mujeres, mediante la incorporación de la perspectiva de género en todos sus programas y acciones; definiendo los programas específicos a implementar, distinguiendo los que serán ejecutados por el Instituto y los que serán llevados a cabo en coordinación con otras dependencias, señalando los programas concretos y las dependencias responsables.

  2. Crear, promover y ejecutar acciones y programas que impulsen el desarrollo integral de las y los jóvenes del Municipio, tendientes a incrementar su integración y participación plena y eficaz para generar oportunidades a su favor en los aspectos en la vida económica, laboral, política, cultural, científica, social, deportiva y recreativa haciendo partícipes a los sectores público, social y privado.

  3. Promover políticas, programas y acciones que deban realizar el Instituto o las dependencias del Municipio, en materia de:

    1. Oportunidades de educación y empleo.

    2. Capacitación y asesoría para el trabajo.

    3. Expresión artística y cultural.

    4. Fomento al liderazgo juvenil.

    5. Información, asesoría y capacitación en todos los ámbitos de la problemática juvenil.

    6. Información en cuidado de la salud integral: Educación Sexual y Adicciones.

    7. La Reintegración social de Jóvenes que hayan estado en conflictos con la ley.

  4. Propiciar una mayor participación cívica y política de las y los jóvenes del Municipio.

  5. Impulsar a los jóvenes del Municipio mediante acciones y programas que generen condiciones de igualdad de oportunidades en el mercado de trabajo, generando así desarrollo de su vida laboral, profesional y de familia.

  6. Promover la participación activa de los jóvenes del Municipio en el proceso de toma de decisiones de las asociaciones, sociedades civiles y en todas las formas de organización social.

  7. Crear, impulsar y proponer a las distintas dependencias y entidades de la administración pública municipal, programas y acciones encaminados a apoyar a las y los jóvenes del Municipio.

ARTÍCULO 8 Para efecto del cumplimiento de sus objetivos, el Instituto tendrá las siguientes atribuciones y responsabilidades:
  1. Investigar, sistematizar y documentar un diagnóstico de la realidad de la condición de los jóvenes en las distintas zonas y colonias del Municipio, así como en los diversos estratos socioculturales, económicos, escolares, laborales y profesionales;

  2. Capacitar, asesorar, orientar y apoyar a los jóvenes del Municipio, procurando su pleno desarrollo integral;

  3. Elaborar, actualizar, coordinar e instrumentar, con base en el diagnóstico de la realidad de la Juventud, el Plan de Trabajo del Instituto, así como evaluar periódica y sistemáticamente su ejecución;

  4. Implementar políticas, lineamientos y criterios para la integración, actualización, ejecución, seguimiento, supervisión y evaluación del cumplimiento del plan de trabajo del Instituto;

  5. Asesorar a las dependencias y entidades del Gobierno Municipal respecto a los trabajos, acciones y programas que deberán implementarse en forma conjunta por el Instituto y por diversas dependencias y entidades, para el cumplimiento de los objetivos del plan de trabajo del instituto;

  6. Crear y mantener un sistema de información que permita obtener, procesar, intercambiar y difundir información actualizada en relación con la situación de la juventud en el Municipio, en el estado y en el país, sobre temas de interés para los jóvenes, del plan de trabajo del Instituto y de los demás programas y acciones del Instituto, generando un banco de datos de consulta impresa y electrónica;

  7. Promover la creación de organizaciones juveniles en la comunidad, en...

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