Reglamento Interno para el Uso de las Instalaciones del Edificio Gubernamental Tiempo Nuevo
REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES DEL EDIFICIO GUBERNAMENTAL TIEMPO NUEVO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, el sábado 5 de julio de 1997.
Al margen un sello que dice: "Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Ejecutivo.- Secretaría General".
MANUEL CAVAZOS LERMA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, en ejercicio de las facultades que me conceden los Artículos 91 Fracción V de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas y 1o., 10 y 11 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal. y;
C O N S I D E R A N D O.
Estimando justificado lo anterior, he tenido a bien emitir el siguiente:
REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES DEL EDIFICIO GUBERNAMENTAL TIEMPO NUEVO.
Edificio Gubernamental Tiempo Nuevo, al área de oficinas del Gobierno del Estado ubicadas en el Libramiento Emilio Portes Gil No. 1270 Ote., de Ciudad Victoria, Tamaulipas.
Dependencias, las que funcionan en el Edificio Gubernamental Tiempo Nuevo.
Arrendatarios, a las personas físicas o morales que ocupen en arrendamiento los locales comerciales ubicados al poniente del Edificio Gubernamental Tiempo Nuevo.
Usuario, Servidores Públicos adscritos a las Dependencias ubicadas en el Edificio Gubernamental Tiempo Nuevo y las personas que acudan a realizar gestiones o trámites.
Departamento de Servicios, es el área responsable del mantenimiento y funcionamiento del Edificio Gubernamental Tiempo Nuevo.
Los servidores públicos que no acaten el presente ordenamiento serán sancionados conforme a las disposiciones legales aplicables.
DE LAS RESPONSABILIDADES.
Cuando el mantenimiento y las reparaciones sean efectuados a equipos centrales comunes, así como en los programas de conservación y mantenimiento que se implementen serán cubiertos proporcionalmente por las mismas.
Es responsabilidad de los Servidores Públicos vigilar en su área que las instalaciones eléctricas, el equipo central de airé acondicionado, el equipo de cómputo y el sistema de telefonía del Edificio, se utilice adecuadamente a fin de conservarlas en buen estado, informando al Departamento de Servicios las irregularidades que observe, evitando efectuar cualquier reparación por iniciativa propia.
DEL ACCESO Y USO DE LAS INSTALACIONES.
Areas de Servicio al Público.- Planta baja.
Areas de Trabajo Gubernamental.- Planta alta.
Areas de Supervisión de Personal.- Los módulos ubicados en los accesos de los servidores públicos a las dos plantas del Edificio.
Area de Mantenimiento.- Donde sé ubique el Departamento de Servicios.
Areas de Estacionamiento.- Las explanadas contiguas al edificio.
Areas de Seguridad.- Los puesto (sic) de vigilancia.
Areas Accesorias Comerciales.- Los locales destinados a arrendamiento.
Areas de Uso Común.- Las de acceso al interior del Edificio: vestíbulos, andadores, pasillos, módulos de información, cafetería y sanitarios.
Area de Uso Múltiple.- Las salas de reuniones podrán ser utilizadas por las diferentes Dependencias.
Area de Correspondencia.- Espacio dedicado a la recepción y envío de correspondencia de las Dependencias ubicadas en el Edificio.
Area de Alimentación o Esparcimiento.- Palapa del Edificio Gubernamental Tiempo Nuevo destinada para uso exclusivo de los Servidores Públicos.
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Dos accesos principales, donde funcionarán módulos con personal capacitado en atención al público y en seguridad, en el cual se otorgarán a la ciudadanía servicios de orientación e información y a la vez serán utilizados como un filtro para el acceso de personas ajenas al servicio público a las áreas de trabajo gubernamental.
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Un acceso de carga y descarga, el cual será utilizado para la realización de maniobras con equipo, mobiliario o paquetería bajo la vigilancia de personal de seguridad y previa entrega de la orden de entrada o salida autorizada por el director del área correspondiente, debiendo efectuarse una inspección a los mismos.
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Dos accesos al área de mantenimiento, los que estarán restringidos al personal que no labore en la misma.
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Dos salidas de emergencia, cuya utilización deberá darse en apego a lo estipulado por la Unidad Estatal de Protección Civil y deberán ser controladas por el guardia de seguridad en coordinación con los servidores públicos voluntarios pertenecientes a los grupos de rescate y protección civil.
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