REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE HUAJICORI, NAYARIT

REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO

INTEGRAL DE LA FAMILIA DE HUAJICORI, NAYARIT

TITULO PRIMERO

DE LA NATURALEZA Y FUNCIONES DEL DIF MUNICIPAL

CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 2 a 22

Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene como objeto regular la estructura orgánica y funcional del organismo público descentralizado de la Administración Pública Municipal, denominado “Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Huajicori, Nayarit” de conformidad a lo establecido en su acuerdo de creación.

Artículo 2 Para el cumplimiento de su objeto y atribuciones el Sistema Municipal para el

Desarrollo Integral de la Familia de Huajicori, tendrá su domicilio legal en la cabecera

Municipal de Huajicori Nayarit, El presente reglamento es aplicable y obligatorio únicamente para la esfera administrativa de este Organismo Público, que tiene a su cargo la promoción, presentación, coordinación y acceso a los servicios de asistencia social, procurando la concurrencia y colaboración de los distintos niveles de gobierno, así como la participación de los sectores social y privado.

Artículo 3 Para los efectos de este reglamento se entenderá por:

I.-

DIF Municipal.- Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de

Huajicori, Nayarit.

II.-

Asistencia Social.- Conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan el desarrollo Integral del individuo y su familia, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, protección o desventaja física y/o mental, con el propósito de incorporarlos a una vida plena y productiva.

III.-

Patrimonio.- El conjunto de bienes, derechos, numerarios y aportaciones que por distintos medios le concede la Ley.

  1. Patronato.- Órgano colegiado de opinión, recomendación, apoyo y sugerencias, sobre los planes, presupuestos, informes y estados financieros anuales del organismo en el mejor desempeño del mismo y su contribución a la obtención de recursos que permitan el incremento de su patrimonio y cumplimiento de su objeto.

    V.-

    Presidencia.- Órgano Superior del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Huajicori, Nayarit.

  2. Dirección: Órgano de Dirección del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Huajicori, Nayarit, que tendrá a su cargo las facultades de administración y operación del organismo público.

    Miércoles 24 de Junio de 2015 Periódico Oficial 3

  3. Administrador.- Encargado(a) de la administración de los recursos del Sistema DIF

    Municipal.

  4. Jurídico.- Representante Jurídico para atención de la Defensa del Menor y la

    Familia y será el representante del Sistema DIF Municipal para los asuntos de su competencia.

  5. Coordinaciones o Departamentos.- Auxiliares de la Dirección General, en las distintas actividades que realiza el DIF Municipal.

CAPITULO SEGUNDO

DE LAS FUNCIONES DEL DIF MUNICIPAL

Artículo 4.- El DIF Municipal para el cumplimiento de su objeto de proyectar, promover, coordinar, ejecutar y evaluar acciones para la asistencia social, así como para procurar el fortalecimiento de los valores de la familia en el Municipio de Huajicori, además de los objetivos establecidos en su acuerdo de creación tendrá las siguientes funciones:

I.-

Promover y presentar programas y servicios de asistencia social.

II.-

Apoyar al desarrollo de la familia y de la comunidad.

III.-

Realizar acciones de apoyo educativo para la integración social y de capacitación para el trabajo a los sujetos de asistencia social.

IV.-

Promover e impulsar el sano crecimiento físico y mental de la niñez.

V.-

Fomentar, apoyar y coordinar las actividades que lleven a cabo las instituciones de asistencia o asociaciones civiles y todo tipo de entidades privadas, cuyo objeto sean la prestación de servicios de asistencia social sin perjuicio de las atribuciones que al efecto correspondan a otras dependencias.

  1. Apoyar la operación de establecimientos de asistencia social en beneficio de menores en estado de abandono, de ancianos desamparados y de minusválidos sin recursos.

  2. Llevar a cabo acciones en materia de prevención de invalidez, minusvalía, incapacidad y de rehabilitación de inválidos, en centros no hospitalarios como sujeción a las disposiciones aplicables en materia de salud.

  3. Realizar estudios e investigaciones sobre asistencia social, con la participación en su caso, de las autoridades asistenciales del Gobierno Federal o del Estado.

  4. Realizar y promover la capacitación de recursos humanos para la asistencia social.

    X.-

    Realizar estudios e investigaciones en materia de invalidez, minusvalía e incapacidad.

  5. Las demás que establezcan otras disposiciones legales o aquellas que determine el patronato. Las anteriores funciones se ejecutarán de conformidad con el Plan

    Municipal de Desarrollo y los programas aprobados en el decreto de creación del

    DIF Municipal tomando siempre en consideración la capacidad y posibilidad en que se encuentre la institución.

TITULO SEGUNDO

SUJETOS BENEFICIARIOS DE LA ASISTENCIA SOCIAL

Artículo 5.- En los términos del artículo anterior de este reglamento, son sujetos a la recepción de los servicios de asistencia social preferentemente los siguientes:

I.-

Menores en estado de abandono, desamparo, desnutrición o sujetos a maltrato.

II.-

Mujeres en periodos de gestación o lactancia.

III.-

Ancianos en desamparo, incapacidad, marginación o sujetos a maltrato.

  1. Inválidos, minusválidos o incapaces por causa de ceguera, debilidad visual; sordera, mudez, alteraciones del sistema neuro-musculo-esquelético, deficiencias mentales, problemas de leguaje u otras deficiencias.

    V.-

    Indigentes

  2. Personas que por su extrema ignorancia requieran de sus servicios asistenciales.

  3. Victimas de la comisión de delitos en estado de abandono.

  4. Cualquier persona que se encuentre en estado de abandono familiares que dependan económicamente de quienes se encuentren detenidos por causas penales y que queden en estado de abandono;

  5. Habitantes del medio rural o urbano marginados, que carezcan de lo indispensable para su subsistencia; y

    X.-

    Personas afectadas por desastres.

  6. Personas que...

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