Reglamento Interno de la Administración del Sistema DIF Municipal de Navolato

EstadoSinaloa
MunicipioNavolato
LA JUNTA DIRECTIVA DEL SISTEMA MUNICIPAL PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE NAVOLATO, EN EJERCICIO DE
LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 18, FRACCIÓN III, DEL
DECRETO MUNICIPAL No. 19, DE FECHA 13 DE DICIEMBRE DE 1985, TIENE A
BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO INTERNO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL
SISTEMA DIF MUNICIPAL DE NAVOLATO*
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular la estructura, las funciones,
atribuciones, responsabilidades de las autoridades del Organismo Público Descentralizado
denominado Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de
Navolato, Sinaloa.
Artículo 2. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:
I. El Patronato. El Patronato del Sistema DIF municipal, es quien planeará,
dirigirá y controlará las actividades y funcionamiento del Sistema;
II. La Junta Directiva. La Junta Directiva, será el representante legal y
administrativo, quien delega funciones al Director del Sistema Municipal;
III. El Presidente del Sistema. El Presidente, es quien vigilará que se cumplan los
acuerdos tomados por el pleno de la Junta Directiva del sistema Municipal para
el Desarrollo Integral de la Familia.
IV. Director General. El Director, le corresponde la conducción ejecutiva de la
Administración del Sistema Municipal;
V. El Sistema DIF Municipal. Que es un Organismo Público Descentralizado de
la Administración Municipal, con personalidad jurídica y patrimonio propio,
con las facultades y limitaciones establecidas en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en la Constitución Política del Estado de Sinaloa y
demás Leyes emanadas. Con las atribuciones y funciones que señala el decreto
No. 19 que crea el Sistema Municipal, publicado en el Periódico Oficial “El
Estado de Sinaloa”, de fecha 13 de diciembre de 1985, en el presente
Reglamento y las demás disposiciones relativas aplicables.
Artículo 3. El Sistema DIF Municipal, contará con un Director General, Coordinador
General de Recursos Humanos y Materiales, Departamento de Contabilidad, Departamento
de Medicina en General, Procuraduría de la Defensa del Menor, Departamento de Trabajo
* Publicado en el P.O. No. 153 de fecha 22 de diciembre de 2003.

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