Reglamento Interior de la Universidad Tecnológica del Sur del Estado de México

CETA
DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Director: Lic. Aarón Navas Alvarez
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Toluca de Lerdo, Méx., jueves 6 de agosto de
2015
Tomo CC
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 400
No. 27
AVISOS
JUDICIALES:
1544-A1, 3524, 3527, 3528,
3529,
3539,
3534,
SUMARIO:
3535,
3538, 1584-A1, 1595-Al, 1596-A1, 3523, 3537,
3530,
3533,
3541,
3545,
1585-A1, 1583-Al, 490-BI, 488-B1, 1592-A1,
3531,
3543,
3536,
3532,
3540, 3526, 1597-A1, 1591-A1 y 1585-Al.
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 3525, 3546, 1587-Al,
REGLAMENTO INTERIOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL
1586-A1, 1588-Al, 491-BI, 1593-A1, 1590-Al, 489-B 1, 1594-Al,
SUR DEL ESTADO DE MÉXICO.
1589-Al, 3542 y 3544.
"2015. Año del Bicentenario Luctuoso de José María Morelos y Pavón"
SECCION SEGUNDA
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL SUR DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LA
ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 13 FRACCIÓN V DEL DECRETO DEL EJECUTIVO POR EL QUE SE CREA EL
ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE CARÁCTER ESTATAL DENOMINADO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL
SUR
DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
CONSIDERANDO
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, establece que el fortalecimiento del marco normativo es uno de los objetivos
para lograr una Administración Pública eficiente que constituye la base de la visión del Gobierno Estatal para consolidarse como un
Gobierno de Resultados.
Que una línea de acción del Estado Progresista es generar una simplificación administrativa y adecuación normativa, implementai_lo
reformas y modificaciones administrativas para impulsar las mejores prácticas en políticas públicas.
Que la dinámica de la Administración Pública Estatal hace necesario modernizar las estructuras de organización de las dependencias y
organismos auxiliares, a fin de dotarlas de mayor capacidad de respuesta en la ejecución de los planes y programas de gobierno.
Que mediante Decreto del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" el 29 de agosto de 1997, se creó el
organismo público descentralizado de carácter estatal, denominado Universidad Tecnológica del Sur del Estado de México, con
personalidad jurídica y patrimonio propios, teniendo como objeto, entre otros, impartir educación superior de carácter tecnológico, para
formar técnicos superiores universitarios aptos en la aplicación y generación de conocimientos y la solución creativa de problemas con un
sentido de innovación, al incorporar los avances científicos y tecnológicos de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico y
social de la región, el Estado y el País.
Que el 15 de febrero de 2011, mediante Acuerdo del Ejecutivo del Estado, se modificó el diverso que crea la Universidad Tecnológica del
Sur del Estado de México, con la finalidad de impartir la educación de carácter tecnológica, formar técnicos superiores universitarios, así
como planes y programas de licenciatura, aptos en la aplicación y generación de conocimientos y la solución creativa de los problemas con
un sentido de innovación, al incorporar los avances científicos y tecnológicos de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico y
social.
Que la Universidad Tecnológica del Sur del Estado de México, cuenta con un modelo de crecimiento organizacional, que le permite
responder a la demanda de educación, así como atender las necesidades del sector productivo, respecto a la formación de profesionistas
que contribuyan a la solución de problemas de carácter regional, estatal, nacional y universal.
Que derivado de la demanda estudiantil y en respuesta a las necesidades del sector productivo, de manera conjunta el Gobierno Federal y
Estatal autorizaron la creación de siete plazas de mandos medios (una Secretaría Académica, una Subdirección y cinco Departamentos), la
readscripción de siete y el cambio de denominación en las Direcciones de las Carreras de Mecatrónica, Administración y Tecnologías de la
Información y Comunicación, modificaciones que permitirán fortalecer las funciones y dar mayor congruencia a la denominación de las
unidades administrativas, respecto a las tareas básicas que realizan.

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