Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria. VII-CASR-2NCII-10

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
VII-CASR-2NCII-10
DETERMINACIÓN DEL REPARTO DE UTILIDADES DE LOS
TRABAJADORES. FACULTAD REGLADA DE LA SECRETARÍA
DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, ASÍ COMO DEL SER-
VICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA COMO ÓRGANO
DESCONCENTRADO DE LA CITADA SECRETARÍA, A TRAVÉS
DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DE AUDITORÍA FISCAL.- De
acuerdo a lo dispuesto en los artículos 1º, de la Ley del Servicio de Admi-
nistración Tributaria, 9º, fracción XXXVIII y último párrafo, 17, párrafo
primero, fracción XIX y 19, primer párrafo, Apartado A, fracción I y último
párrafo, del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria,
con relación en lo establecido por los diversos artículos 122, 523 y 526 de
la Ley Federal del Trabajo, la Administración Local de Auditoría Fiscal del
Servicio de Administración Tributaria, es competente para emitir dentro de
la resolución determinante de impuestos el reparto de utilidades de los tra-
bajadores, toda vez que está facultada jurídicamente, y si bien es cierto que
dicha facultad se encuentra reglada a la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, también lo es que, el Servicio de Administración Tributaria, es un
órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con
el carácter de autoridad fi scal, y con las atribuciones y facultades ejecutivas
que señala la Ley y su reglamento, por ello, dicho órgano desconcentrado
tiene la facultad de encargarse de los asuntos que el Secretario de Hacienda
y Crédito Público le encomiende ejecutar y coordinar en las materias de su
competencia, siendo precisamente la determinación del reparto de utilida-
des de los trabajadores una de las facultades que le fueron encomendadas
al Servicio de Administración Tributaria, a través de su Ley Orgánica y del
Reglamento Interior de dicho órgano.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 5668/12-05-02-8.- Resuelto por
la Segunda Sala Regional del Norte-Centro II del Tribunal Federal de Jus-
ticia Fiscal y Administrativa, el 4 de febrero de 2014, por unanimidad de

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