Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
ción. Máxime que la actora no acreditó en el juicio que se hubiere ubicado en el
supuesto previsto en el artículo 1-B de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, esto
es, que el pago de los servicios prestados por su proveedor, los hubiere realizado
mediante la figura de compensación de adeudos y que por ello se hubiere dado la
extinción de una obligación y se hubiere satisfecho el interés del acreedor. (5)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 216/07-16-01-6.- Resuelto por la Sala Re-
gional Peninsular del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 22 de
junio de 2007, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Faustino Gerardo
Hidalgo Ezquerra.- Secretario: Lic. Juan Carlos Cámara Maldonado.
REGLAMENTO INTERIOR DEL SERVICIO
DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
SUBADMINISTRADOR DE COBRO COACTIVO, CUANDO ES INCOM-
PETENTE PARA SUPLIR AL ADMINISTRADOR LOCAL DE RECAUDA-
CIÓN.- Conforme a los artículos 8º, cuarto párrafo, y 27, último párrafo, del Regla-
mento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Ofi-
cial de la Federación, el 6 de junio de 2005, los Administradores Locales, serán
suplidos por los Subadministradores que de ellos dependan, en el orden en que se
mencionan en el propio Reglamento y por lo que hace a los Administradores Locales
de Recaudación, éstos serán auxiliados en el ejercicio de sus facultades por los
Subadministradores de Devoluciones y Compensaciones; de Declaraciones y Conta-
bilidad; de Registro y Control; de Control de Créditos; de Cobro Coactivo y de
Declaraciones. Atento a lo anterior, el Subadministrador de Cobro Coactivo, sola-
mente puede suplir por su ausencia al Administrador Local de Recaudación, cuando
también estén ausentes y por orden los Subadministradores de Devoluciones y Com-
pensaciones; de Declaraciones y Contabilidad; de Registro y Control y de Control
de Créditos. Así las cosas, si el citado Subadministrador de Cobro Coactivo, firmó
el acto impugnado, aduciendo que lo hacía en suplencia por ausencia del Administra-

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