Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo.

14 de septiembre de 2007 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4475
PODER EJECUTIVO
Lic. Francisco Garrido Patrón, Gobernador Constitucional del Estado de Querétaro, en ejercicio de las
facultades que me confiere lo dispuesto en el artículo 57, fracción XI de la Constitución Política del Estado Libre
y Soberano de Querétaro Arteaga, y de conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Querétaro, 48 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Queré-
taro y 10 de la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, y
Considerando
1. Que el Fondo de Financiamiento y Garantía para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Industrias y de las
Empresas del Sector Social de la Economía de Querétaro (FIMINSSE), es un fideicomiso público creado
por el Gobierno del Estado de Querétaro, con el fin de otorgar apoyos financieros preferenciales a la mi-
cro industria, microempresas comerciales y de servicios y a las empresas del sector social, en plazos y
condiciones adecuadas a su capacidad de pago, así como la operación de un sistema de garantías de
crédito que les facilite el acceso a fuentes institucionales de financiamiento.
2. De los apoyos financieros que en cumplimiento de su objeto otorgó FIMINSSE, se derivó el incumplimien-
to en el pago de varios créditos, lo cual generó que dicho fideicomiso mediante diversos procesos judicia-
les se adjudicara legalmente varios bienes inmuebles, mismos que por su naturaleza le representan una
falta de liquidez que le impiden manejar de manera revolvente sus recursos para satisfacer sus necesida-
des económicas presentes y futuras, reflejando en cambio un panorama financiero adverso que hace im-
posible su permanencia y operación.
3. Con base en lo anterior el Comité Técnico y de Distribución de FIMINSSE, mediante el acta número
57/03, del 23 de septiembre del 2003 y de conformidad con el artículo 392, fracción II de la Ley General
de Títulos y Operaciones de Crédito, acordó procedente su liquidación y extinción, toda vez que actual-
mente resulta imposible cumplir con el fin para el cual fue constituido, dada la negativa situación financie-
ra y operativa en la que se encuentra, lo cual desde el punto de vista de la economía del Estado, ya no
resulta conveniente según lo estatuye la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Querétaro.
4. Asimismo, la Secretaría de Desarrollo Sustentable en su carácter de coordinadora de sector, manifestó su
acuerdo con el contenido del párrafo anterior en virtud de que con oficio SEDESU-044-03 del 21 de octu-
bre del 2003, y solicitó a la Secretaría de Planeación y Finanzas la extinción de FIMINSSE.
Por lo anteriormente expuesto fundamentado, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA LA LIQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN DEL FIDEICOMISO DENOMINA-
DO FONDO DE FINANCIAMIENTO Y GARANTÍA PARA EL DESARROLLO DE LA MICRO Y PEQUEÑA
INDUSTRIAS Y DE LAS EMPRESAS DEL SECTOR SOCIAL DE LA ECONOMÍA DE QUERÉTARO (FIMINS-
SE).
Artículo primero.- Se autoriza la liquidación y extinción del Fideicomiso Fondo de Financiamiento y Ga-
rantía para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Industrias y de las Empresas del Sector Social de la Economía
de Querétaro, al que en el texto del presente acuerdo se le designará como "FIMINSSE", cuyo patrimonio será
revertido al Estado de Querétaro.
Artículo segundo.- Sin perjuicio de lo estipulado en las disposiciones legales aplicables al caso, el pro-
ceso de liquidación y extinción de FIMINSSE, se llevará a cabo conforme a los términos que queden estableci-
dos en los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría de Planeación y Finanzas o a indicación de ésta,
por el Comité Técnico y de Distribución de Fondos de aquél, los que procurarán el mayor beneficio para el Es-
tado y que deberán ser expedidos dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha de pu-
blicación del presente Acuerdo en el periódico oficial de Gobierno del Estado "La Sombra de Arteaga".

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