Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 25 de febrero de 2020

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

JEFATURA DE GOBIERNO

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, apartado A, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 32, apartado A, numeral 1 y apartado C, numeral 1, inciso a) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2 párrafo segundo, 3 fracciones XVII y XVIII, 7 párrafo primero, 10 fracción II, 12 y 21 párrafo primero de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 11 párrafo primero de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; Tercero Transitorio del Decreto por el que se abroga la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y se expide la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México y 13 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, he tenido a bien emitir el siguiente:

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. El presente Reglamento es de orden público, de interés social y observancia general en la Ciudad de México, y tiene por objeto reglamentar las disposiciones de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, en materia de la estructura orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; la adscripción de sus Unidades Administrativas y Unidades Administrativas Policiales, así como sus atribuciones.

Artículo 2. Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:

I. Ciudad: a la Ciudad de México;

II. Ley: la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México;

III. Ley Orgánica: la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México;

IV. Persona titular de la Secretaría: la persona Titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México;

V. Policía: la Policía de Proximidad de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México;

VI. Reglamento: el presente Reglamento;

VII. Secretaría: la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México;

VIII. Unidades Administrativas: la Oficina de la Secretaría; las Subsecretarías; la Oficialía Mayor; las Coordinaciones Generales; así como las Direcciones Generales y Ejecutivas que les sean adscritas.

IX. Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo: las Unidades que asisten técnica y operativamente a las Unidades Administrativas y que preparan los elementos necesarios para la emisión o ejecución de los actos administrativos en el ámbito de las funciones operativas de los diversos cuerpos de policía bajo el mando de la Secretaría.

X. Unidades de Apoyo Técnico Operativo Policial: las Direcciones de Área, Subdirecciones, Jefaturas de Unidad Departamental y las demás en el ámbito de funciones operativas que se prevean en el Manual Administrativo de la Secretaría y demás disposiciones aplicables.

XI. Unidades Administrativas Policiales: las Coordinaciones Generales, Direcciones Generales Regionales y Direcciones Ejecutivas Policiales dotadas de atribuciones de decisión y ejecución en el ámbito de las funciones operativas de los diversos cuerpos de policía bajo el mando de la Secretaría.

CAPÍTULO II

DE LA ORGANIZACIÓN DE LA SECRETARÍA

Artículo 3. La persona titular de la Secretaría, para la atención de los asuntos de su competencia, contará con las Unidades Administrativas, Unidades Administrativas Policiales, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo Policial, Órganos Colegiados y Desconcentrados que se adscribirán como sigue:

1. Oficina de la Secretaría:

I. Unidades Administrativas:

a) Coordinación General de Asesores.

b) Dirección General de Asuntos Jurídicos.

c) Dirección General de Asuntos Internos.

d) Dirección Ejecutiva de Comunicación Social.

d) Dirección Ejecutiva de la Unidad de Transparencia.

II. Unidades Administrativas Policiales:

A) Coordinaciones Generales

a) Coordinación General de la Unidad de Estrategia Táctica y Operaciones Especiales.

b) Dirección General de Atención Inmediata a Casos de Alto Impacto.

c) Dirección General de Operaciones de Reacción e Intervención Inmediata.

B) Direcciones Generales

a) Dirección General de la Policía Auxiliar.

b) Dirección General de la Policía Bancaria e Industrial.

III. Órganos Colegiados:

a) Comisión de Honor y Justicia.

2. Subsecretaría de Operación Policial:

I. Unidades Administrativas Policiales:

A. Coordinaciones Generales

a) Coordinación General de Policía de Proximidad "Zona Centro";

b) Coordinación General de Policía de Proximidad "Zona Norte";

c) Coordinación General de Policía de Proximidad "Zona Poniente";

d) Coordinación General de la Policía Metropolitana;

e) Coordinación General de Policía de Proximidad "Zona Oriente";

f) Coordinación General de Policía de Proximidad "Zona Sur";

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B. Direcciones Generales Regionales

a) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Cuauhtémoc";

b) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Gustavo A. Madero";

c) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Iztacalco";

d) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Venustiano Carranza";

e) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Álvaro Obregón";

f) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Cuajimalpa de Morelos";

g) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Azcapotzalco";

h) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Miguel Hidalgo";

i) Dirección General de Operación de la Policía Metropolitana;

j) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Iztapalapa";

k) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Xochimilco";

l) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Tláhuac";

m) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Milpa Alta";

n) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Benito Juárez";

ñ) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Coyoacán";

o) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "Tlalpan";

p) Dirección General Regional de Policía de Proximidad "La Magdalena Contreras".

C. Direcciones Generales

a) Dirección General de Coordinación de Unidades de Apoyo Técnico.

D. Direcciones Ejecutivas:

a) Dirección Ejecutiva de Logística y Seguimiento Operativo.

3. Subsecretaría de Control de Tránsito:

I. Unidades Administrativas Policiales:

a) Dirección General de Aplicación de Normatividad de Tránsito.

b) Dirección General de Ingeniería de Tránsito.

c) Dirección General de Operación de Tránsito.

4. Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito:

I. Unidades Administrativas:

a) Dirección General de Derechos Humanos.

b) Dirección General de Participación Ciudadana.

c) Dirección General de Prevención del Delito.

d) Dirección Ejecutiva de Salud y Bienestar Social.

II. Unidades Administrativas Policiales:

a) Dirección General del Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas.

5. Subsecretaría de Desarrollo Institucional:

I. Unidades Administrativas:

a) Dirección General de Carrera Policial.

b) Dirección General del Centro de Evaluación y Control de Confianza.

c) Dirección General de la Comisión de Honor y Justicia.

d) Dirección General de Seguridad Privada y Colaboración Interinstitucional.

II. Órgano Desconcentrado:

a) Coordinación General de la Universidad de la Policía de la Ciudad de México.

6. Subsecretaría de Inteligencia e Investigación Policial:

I. Unidades Administrativas Policiales:

a) Dirección General de Inteligencia Policial.

b) Dirección General de Investigación Cibernética y Operaciones Tecnológicas.

c) Dirección General de Análisis Táctico e Investigación de Gabinete.

d) Dirección General de Información y Estadística.

e) Dirección General de Evaluación, Planeación y Supervisión Estratégica.

f) Dirección General de Atención a Casos de Secuestro y Extorsión.

g) Dirección General de Investigación de Delitos de Mayor Incidencia.

h) Dirección General de Investigación de Campo.

i) Dirección Ejecutiva de Comunicaciones

j) Dirección Ejecutiva de Enlace Institucional.

k) Dirección Ejecutiva de Servicios Aéreos.

7. Oficialía Mayor:

I. Unidades Administrativas:

a) Dirección Ejecutiva de Rendición de Cuentas.

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b) Dirección General de Desarrollo Organizacional y Administrativo.

c) Dirección General de Administración de Personal.

d) Dirección General de Recursos Materiales, Abastecimiento y Servicios.

e) Dirección General de Finanzas.

Artículo 4. La Secretaría contará además con las unidades de apoyo que sean necesarias para la atención de los asuntos a cargo de la persona titular de la Secretaría y que estén señaladas en el manual correspondiente.

CAPÍTULO III

DE LAS ATRIBUCIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA SECRETARÍA

Artículo 5. El trámite y resolución de los asuntos corresponde originalmente a la persona titular de la Secretaría, quien para la correspondiente atención y despacho de los mismos, se auxiliará de las Unidades Administrativas y de las Unidades Administrativas Policiales, en los términos previstos en este Reglamento.

La persona titular de la Secretaría podrá delegar sus atribuciones en las personas titulares de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas Policiales de la misma, sin perjuicio de la posibilidad de su ejercicio directo, esta delegación se hará mediante Acuerdo que se publique en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Artículo 6. El mando directo de la Policía le corresponde a la persona titular de la Secretaría, quien lo ejercerá por sí y por conducto de las personas titulares de las Unidades Administrativas y de las Unidades...

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