Reglamento Interior de la Secretaría de Administración del Municipio de El Marqués, Querétaro.

Pág. 1918 PERIÓDICO OFICIAL 25 de enero de 2019
GOBIERNO MUNICIPAL
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DE EL MARQUES
2015-2018
C. MARIO CALZADA MERCADO, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE EL MARQUÉS, QRO.,
HACE SABER A SUS HABITANTES, QUE CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115, DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 30, FRACCIÓN I, 146, 147, 148, 149,
DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 63, DEL REGLAMENTO INTERIOR
DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES; Y
CONSIDERANDO
I. Que el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los
ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que
expidan las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y
disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que
organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios
públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal;
II. Que de acuerdo con el artículo 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro, los Municipios
serán gobernados por un Ayuntamiento de elección popular directa;
III. Que conforme al artículo 44 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, Cada Municipio tendrá
como estructura administrativa la que determinen sus reglamentos, pero en todo caso contará con una
Dependencia Encargada de la Administración de Servicios Internos, Recursos Humanos, Materiales y
Técnicos del Municipio;
IV. Que los artículos 49 y 50 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, establecen la
Dependencia encargada de la administración de los servicios internos, los recursos humanos, materiales
y técnicos con que cuente el municipio; así como de realizar las adquisiciones, enajenaciones y la
contratación de servicios de conformidad con el reglamento respectivo, para el buen funcionamiento de
la administración pública municipal; determinan, en consecuencia, los asuntos que le corresponden;
V. Que en fecha 25 de noviembre de 2005, publicó en el Diario Oficial de la Federación, la resolución de la
Controversia Constitucional 25/2001, mediante la cual el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, declaró la invalidez relativa de diversos artículos de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro, entre ellos el 44, 49 y 50 mencionados con antelación, sólo para el efecto de que El
Municipio de El Marqués, Querétaro, considere que no le son imperativos y que por ello puede dictar sus
propios reglamentos, aún en contra de lo que los citados preceptos establezcan, consecuentemente, el
Ayuntamiento se encuentra en plena libertad de decidir aplicarlas en forma supletoria, o bien, de emitir
sus propias normas para regir su desarrollo municipal.
Que mediante oficio SAY/DT/659/2016-2017, fue remitido a la Comisión de Gobernación del H. Ayuntamiento, el
Proyecto de REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION DEL MUNICIPIO DE EL
MARQUÉS, QRO, para su análisis y discusión.
Que una vez realizado en Sesión de Comisión de Gobernación el análisis referido, se somete a la aprobación del
Pleno del H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., el siguiente:

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