Reglamento Interior del Instituto Municipal del Deporte Mazatlán, Sinal

Fecha de publicación25 Febrero 2015
EstadoSinaloa
MunicipioMazatlán
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EL ESTADO DE
ORGANO OFICIAL DEL GOBIERNO
DEL
ESTADO
(Correspondencia de Segunda Clase Reg. DGC-NUM. 0160463 Marzo 05 de 1982.
Te!.
Fax.717-21-70)
Tomo CVI
3ra.
Epoca Culiacán, Sin., Miércoles
25
de Febrero de 2015. No. 024
ÍNDICE
CONSEJO
ESTATAL ELECTORAL DE SINALOA
Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2014.
2 - 5
PODER EJECUTIVO ESTATAL
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
FIDEICOMISO
DE
APOYOS AGROPECUARIOS Y PESQUEROS (FAAPES)
Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2014.
PROGRAMA DE FONDO DE APOYO ESPECIAL A LA INVERSIÓN EN
FRIJOL
Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2014.
INSTITUTO DE VIVIENDA DEL ESTADO DE SINALOA
Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 20
14.
INSTITUTO SINALOENSE DE LAS MUJERES
Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2014.
DESARROLLO URBANO TRES
RÍos
Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2014.
CONSEJO
PARA
EL
DESARROLLO
ECONÓMICO
DE SINALOA
Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2014.
6 -
14
AYUNTAMIENTOS
/-
Decreto Municipal No.
10
de Mazatlán.-Reglamento Interior del Instituto Municipal del Deporte Mazatlán.
INSTITUTO MUNICIPAL DE LAS MUJERES f
06(
'71
Municipio de Ahome.-Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2014.
INSTITUTO PARA LA PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN DE ADICCIONES
Municipio de Ahome.-Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2014.
INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN URBANA
Municipio de Culiacán.- Avance Financiero, relativo al Cuarto Trimestre de 2014.
15
-
33
AVISOS GENERALES
Acuerdo de Transformación y Balance Genera!.- Operadora de Servicios DAFI, S.A.P.1. de C.V.
34 -35
AVISOS JUDICIALES
EDICTOS
36 -47
AVISOS NOTARIALES
Inicio en el ejercicio de funciones Notariales al C. Lic. Marco César García Bueno.
48
RESPONSABLE: Secretaria General
de
Gobierno.
DIRECTOR:
Lic.
Jesús Humberto
Cossio
Ram/rez
Miércoles 25 de Febrero de 2015 «EL ESTADO DE SINALOA»
15
AYUNTAMIENTOS
DEPENDENCIA: PRESIDENCIA MUNICIPAL
ING. CARLOS EDUARDO FELTON GONZÁLEZ y LIC. MA. DEL ROSARIO TORRES NORIEGA, Presidente
Municipal Constitucional y Secretaria del
H.
Ayuntamiento de Mazatlán, Sinaloa, respectivamente, en ejercicio de las
facuHades
que nos confieren los artlculos 115 Fracción
11
de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos;
45 Fracción
IV,
110, 111, 125 Fracciones I y
11
de
la
Constitución Politica del Estado de Sinaloa; y artlculos 29 fracción
11,
32
fracciones XVII y XVIII Y 44 fracciones
11
y V del Reglamento Interior del
H.
Ayuntamiento del Municipio de
Mazatlán, Sinaloa;
y,
C O N S I D E R A N D O
S:
1.- Que por disposición del articulo 115 de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos, el Municipio
Libre es
la
base de la división territorial y de la organización polltica y administrativa de las entidades federativas; los
municipios tienen personalidad juridica y patrimonio propio; son gobernados por un Ayuntamiento de elección popular
directa, integrado por
un
Presidente Municipal y
el
número de regidores y sindicos que la ley determine; y
su
competencia constitucional es ejercida por
el
Ayuntamiento de manera exclusiva, sin que exista autoridad intermedia
alguna entre éste
yel
Gobierno del Estado.
2.- Que tanto el dispositivo constitucional federal antes invocado, como el numeral 125 de la Constitución Politica del
Estado de Sinaloa, facultan a los Ayuntamientos para aprobar y expedir los reglamentos, circulares y disposiciones
administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, a fin de organizar adecuadamente la
administración pública municipal, regular las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de
su
competencia, y asegurar la participación ciudadana y vecinal, de acuerdo con las leyes que en materia municipal
expida
el
Congreso del Estado; en tanto que
el
articulo 79 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado dispone que los
ayuntamientos tendrán la facultad
de.
expedir los reglamentos municipales relativos a la estructura y
funcionamiento de las dependencias municipales y
al
régimen, administración y funcionamiento de los servicios
públicos, y en -general para formular circulares y demás disposiciones administrativas de observancia general.
3.- Que el articulo Bis
B,
fracción VII, de la Constitución Polltica del Estado de Sinaloa, establece como derecho
fundamental de los sinaloenses, que "el Estado adoptará las medidas necesarias con
el
fin de que toda persona
practique deporte y goce de la recreación, para lo cual promoverá la cultura física y creará oportunidades que
permitan presenciar, organizar y participar
en
dichas actividades. Asimismo, habilitará y conservará espacios e
instalaciones adecuados para tal efecto".
4.-
Que
de conformidad con lo dispuesto por
el
artículo 35 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, es
obligación del Ayuntamiento fomentar las actividades que propendan a exaltar el esplritu cívico y los sentimientos
patrióticos de los habitantes del Municipio, así como
el
deporte
en
todas sus manifestaciones; promover
la
participación de los padres de familia en campanas que favorezcan la educación de sus hijos,
el
mejoramiento del
hogar y de las relaciones familiares; fomentar actividades culturales, sociales, clvicas y deportivas en beneficio de los
jóvenes y coadyuvar con los organismos federales y estatales que
se
propongan la realización de los fines indicados;
asi como intercambiar experiencias y fortalecer relaciones con otros municipios y ciudades u organismos culturales,
sociales y deportivos de cualquier nacionalidad.
5.-
Que
la única normatividad interna de que dispone
el
Municipio de Mazatlán, la constituyen los "Estatutos Internos
del Comité Deportivo Municipal de Atención a la Juventud y al Deporte", aprobados por el Honorable Cabildo
Municipal
el6
(seís) de marzo de
1991
(mil novecientos noventa y uno), cuando aún no
se
encontraba vigente la Ley
Estatal del Deporte, por lo que no se ajusta a los requerimientos, sistemas y programas establecidos en ella.
6.- Que mediante Decreto Municipal número
4,
aprobado
en
sesión del
H.
Cabildo Municipal celebrada el 3 (tres) de
abril de 2014 (dos mil catorce) y publicado en
el
Periódico Oficial "El Estado de Sinaloa" el 23 (veintitrés) de mayo del
mismo afio, se creó el Instituto Municipal del Deporte Mazatlán, como órgano descentralizado de la Administración
Pública Municipal, encargado del desarrollo de todos los programas
de
fomento a la participación deportiva familiar y
organizada en
el
Municipio.
7.-
Que
para la debida organización y funcionamiento del Instituto Municipal del Deporte Mazatlán, se requiere del
establecimiento de normas que desarrollen
su
estructura y definan la forma en que han de desarrollarse sus
programas.
8.-
Que
de conformidad a lo previsto por los Articulos 27, Fracciones I y
IV,
79 Y
81
Fracción XII, de la Ley de Gobierno
Municipal del Estado de Sinaloa, en relación con los articulos 103, 108, 109, 110 Y 112 del Reglamento Interior del
H.
Ayuntamiento del Municipio de Mazatlán, Sinaloa, es facultad del
H.
Ayuntamiento expedir, modificar o adicionar
los Reglamentos, confiriéndose al Presidente Municipal, a los Regidores y a las Comisiones de Cabildo, atribuciones
para revisar lo anterior.

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