Reglamento Interior del Instituto de Capacitacion y Estudios de Seguridad del Estado de Queretaro
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE CAPACITACION Y ESTUDIOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE QUERETARO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Querétaro, el lunes 5 de mayo de 2008.
Lic. Francisco Garrido Patrón, Gobernador Constitucional del Estado de Querétaro, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 57, fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Querétaro y 61, fracción IX de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Querétaro, se expide el presente
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ESTUDIOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO DE QUERÉTARO
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Alumno: la persona que participa en los cursos impartidos por el Instituto de Capacitación y Estudios de Seguridad del Estado de Querétaro, dentro y fuera de sus instalaciones;
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Consejo Consultivo: el Consejo Consultivo Académico del Instituto de Capacitación y Estudios de Seguridad del Estado de Querétaro;
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Director: el Director del Instituto de Capacitación y Estudios de Seguridad del Estado de Querétaro, y (sic)
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Instituto: el Instituto de Capacitación y Estudios de Seguridad del Estado de Querétaro;
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Decreto de creación: el decreto del Titular del Poder Ejecutivo del Estado, mediante el cual se crea el Instituto, publicado en el periódico oficial del Gobierno del Estado de Querétaro número 1, de fecha 5 de enero de 2007.
El Instituto, es un organismo público descentralizado del Poder Ejecutivo, que de acuerdo con su decreto de creación cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio, encargado de la prestación de servicios de capacitación profesional de los aspirantes y el personal de las instituciones públicas y privadas, estatales y municipales, dedicadas a ofrecer servicios de seguridad y atención de emergencias, así como la realización de estudios e investigaciones en materia de seguridad.
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El Consejo Directivo;
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El Consejo Consultivo;
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El Órgano de Vigilancia;
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El Director del Instituto;
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El Departamento Académico;
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El Área Administrativa;
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El Área de Formación y Desarrollo Integral, y
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El Área Psicopedagógica.
El Instituto contará con un Órgano Interno de Control, el cual dependerá operativamente del Instituto y normativamente de la Secretaría de la Contraloría.
Competencias de los Órganos, Unidades Administrativas y Facultades del Director
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Asesorar al Director en la resolución de las sanciones disciplinarias de los alumnos del Instituto;
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Proponer al Director las líneas de estudio e investigación en materia de seguridad y atención de emergencias que deban realizarse en el Instituto;
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Fungir como consejo editorial y aprobar las publicaciones del Instituto;
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Ejercer las actividades que le asigne el Consejo Directivo, conducentes al cumplimiento de los fines del Instituto;
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Difundir en instituciones públicas, privadas, estatales, municipales y a la población en general, los diferentes planes y programas de capacitación en materia de seguridad y atención de emergencias, para contar con elementos competitivos, cuando sea requerido;
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Resolver sobre las propuestas que el jefe del Departamento Académico le presente, respecto de las personas que ofrecen servicios de capacitación al Instituto;
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Proponer al Director los planes y programas de estudio del Instituto, y
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Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.
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Proponer al Consejo Directivo, los proyectos de iniciativa de ley, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes sobre los asuntos de competencia del Instituto;
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Proponer al Consejo Directivo la creación de direcciones, departamentos, áreas de asesoría y apoyo técnico que requiera para el funcionamiento del Instituto;
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Designar a los representantes del Instituto ante los congresos, organizaciones e instituciones nacionales e internacionales;
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Proponer al Consejo Directivo modificaciones a los reglamentos, manuales y demás instrumentos de apoyo administrativo necesarios para el Instituto;
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Presentar al Consejo Directivo el programa anual de trabajo del Instituto; y
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Proponer al Consejo Directivo los costos de inscripciones, colegiaturas y prestación de servicios de capacitación y asesoría.
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Detectar las necesidades de capacitación, que en materia de seguridad y atención de emergencias requieran las instituciones públicas y privadas, a efecto de formular la oferta educativa del Instituto;
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Elaborar y presentar al Consejo Consultivo las propuestas de los planes y programas de estudio;
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Ejecutar los planes y programas de estudio aprobados por el...
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