Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. VII-TASR-NOIII-15

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SALA REGIONAL DEL NOROESTE III
REGLAMENTO INTERIOR DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VII-TASR-NOIII-15
APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 39 DEL REGLAMENTO INTERIOR
DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINIS-
TRATIVA.- El artículo 39 del Reglamento Interior del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa, establece un horario extendido de las 15:31
a las 24:00 horas para la presentación, a través del Sistema Automático de
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Reglamento, de promociones cuyo término vence el mismo día en que se
haga uso de dicho sistema; además establece que la presentación mediante
este sistema de cualquier promoción distinta a las señaladas, se tendrá por
no hecha, sin perjuicio de que pueda ser presentada en el horario previsto en
el párrafo anterior. Ahora bien, en casos en los que se presenten demandas
u otras promociones en el citado sistema antes del día cuyo término venza,
esto es, dentro del plazo legalmente previsto en la Ley Federal de Procedi-
miento Contencioso Administrativo y concedido por el Tribunal, atendiendo
al principio de supremacía de la ley y privilegiando la garantía de acceso a la
justicia consagrada en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, la disposición reglamentaria en estudio, aun siendo expre-
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la ley, pues debe interpretarse y aplicarse en forma armónica, sin contrariar
los principios rectores que emergen de la propia ley, atendiendo al principio
fundante de la supremacía del sistema normativo que rige el orden legal,
como lo es, la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
Entonces, aun y cuando se presenten demandas o promociones en el Sistema
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el mismo día en que se haga uso de dicho sistema, sino en días posteriores,
deben tenerse por hechas tales promociones, al haber sido presentadas ante
el Tribunal dentro del plazo legalmente concedido.

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