Reglamento Interior de la Secretaría de Energía. VII-TASR-2GO-36

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA
VII-TASR-2GO-36
ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE DELEGAN FACULTADES AL
DIRECTOR DE OPERACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA DIRECCIÓN
DE GAS L.P. DE LA SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS,
PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL
6 DE JULIO DE 2004. CUMPLE CON LOS REQUISITOS DE FUN-
DAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN.- El citado Acuerdo fue emitido
por el Director General de Gas L.P. de la Secretaría de Hidrocarburos de
la Secretaría de Energía, funcionario que tiene competencia para ello, con-
forme a lo previsto por los artículos 12 y 23 del Reglamento Interior de la
Secretaría de Energía, que fueron expresamente citados como fundamento
en dicho Acuerdo, y que resultan aplicables al caso concreto, pues ahí se
prevé la existencia de facultades a cargo del Director General de Gas L.P. y
la posibilidad de delegarlas mediante acuerdo a los Directores y Subdirec-
tores respectivos; además, la autoridad emisora, señaló que mediante dicho
acuerdo, el Director de Operación y Supervisión, quedaba facultado para
ejercer las funciones y responsabilidades conferidas y que son competencia
de la citada Dirección General de Gas L.P., respecto del trámite de los asuntos
hasta dejarlos en estado de resolución en la esfera de sus responsabilidades,
así como que dicha delegación atendía al fi n de simplifi car trámites y pro-
cedimientos administrativos que son competencia de la citada Dirección,
nalidad establecida en el segundo párrafo del primero de los artículos
señalados; por lo que es evidente que con tales precisiones se colman los
requisitos de fundamentación y motivación.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2397/11-13-02-9.- Resuelto por
la Segunda Sala Regional del Golfo del Tribunal Federal de Justicia Fiscal
y Administrativa, el 29 de febrero de 2012, por unanimidad de votos.- Ma-
gistrada Instructora: María del Carmen Ramírez Morales.- Secretaria: Lic.
Andrea Mendoza Díaz.

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