REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA

Fecha de publicación08 Abril 2024
Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 21Abril 8 de 2024 (Primera Sección)
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y GOBIERNO DIGITAL.
Acuerdo del CONSEJO ESTATAL DE MEJORA REGULATORIA, con la finalidad de proveer en la esfera
administrativa a su exacta observancia, en uso de las facultades que le conceden los artículos 3°, 10, 15, 17
fracción XIII y 19 fracción I de la Ley de Mejora Regulatoria y Gestión Empresarial para el Estado de
Aguascalientes, tiene bien en aprobar el “REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO ESTATAL DE MEJORA
REGULATORIA”, y ordena su publicación al tenor de los siguientes:
CONSIDERANDOS
I. Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia,
deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones,
trámites, servicios y demás objetivos que establezca la ley general en la materia;
II. La Constitución Política del Estado de Aguascalientes en el segundo párrafo del artículo 7 º. A.,
establece que la mejora regulatoria es una política de Estado obligatoria para todas las autoridades
estatales y municipales en sus respectivos ámbitos de competencia, cuyo objetivo es elevar la
competitividad y productividad, así como garantizar la obtención de beneficios superiores a sus
costos, el máximo bienestar para la sociedad y la transparencia;
III. Que el 28 de noviembre del 2019, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes
la nueva Ley de Mejora Regulatoria y Gestión Empresarial para el Estado de Aguascalientes,
homologándola con la Ley General de Mejora Regulatoria publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 18 de mayo de 2018, teniendo como objeto establecer los principios y las bases a
los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competenci as,
en materia de mejora regulatoria.
IV. Que el 24 de mayo de 2023, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes una
reforma a la Ley de Mejora Regulatoria y Gestión Empresarial para el Estado de Aguascalientes.
De conformidad con lo dispuesto por los preceptos constitucionales y legales ya citados, tenemos a bien
expedir el siguiente:
Núm. de Licitación
Rubros
31057004-015-24
Planta de producción de
concreto.
Planta de producción de
asfalto.
En caso de contar directamente con los rubros solicitados, presentar manifiesto bajo protesta de
decir verdad, que incluye la descripción, características, capacidades y ubicación.
En caso de no contar directamente con los algunos de los rubros mencionados deberá presentar
carta compromiso en hoja membretada de la empresa y firma original del representante legal de
quien prestará el servicio incluyendo la descripción, características, capacidades y ubicación.
12.15 En el caso de asociación en participación se deberán entregar los siguientes documentos por
parte del ASOCIADO y el ASOCIANTE, numerales: 12.3, 12.4, 12.5, 12.6, 12.8, 12.9, 12.10,
12.11, 12.12 y 12.13 así mismo tal hecho deberá manifestarse en la solicitud de inscripción a la
que se refiere el numeral 12.1 de esta convocatoria.
13. Los criterios para la inscripción y adjudicación del contrato se basan en los artículos 43 y 44 de la Ley de
Obras Públicas y Servicios Relacionados para el Estado de Aguascalientes y sus Municipios y en los
artículos 114, 115, y 116 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados para el
Estado de Aguascalientes y sus Municipios.
14. “LA SECRETARÍA” podrá verificar en cualquier tiempo la razonabilidad y la veracidad de la información
que proporcione el licitante, de acuerdo a lo establecido para las visitas de verificación en la Ley del
Aguascalientes, Ags., a 04 de abril de 2024
ARQ. CAROLINA LÓPEZ LÓPEZ
SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS
Rúbrica
ARCHIVO PARA CONSULTA

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