Reglamento Interior de la Comision Consultiva Estatal de Seguridad e Higiene en el Trabajo
REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISION CONSULTIVA ESTATAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 23 de mayo de 2009.
DEL GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN CONSULTIVA ESTATAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO
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Comisión: La Comisión Consultiva Estatal de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
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Delegado Federal del Trabajo: Representante en el Estado del Secretario del Trabajo y Previsión Social.
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Estado: El Estado de Colima.
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Grupos de Trabajo: Conjunto de especialistas multidisciplinarios de carácter técnico.
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Organizaciones: Las instituciones representativas de los trabajadores y del sector empresarial con carácter estatal.
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Secretaría: La Secretaria del Trabajo y Previsión Social, y
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Secretario: Titular de una Secretaría de Estado.
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Subcomisiones: Aquellos grupos de representación tripartita designados por la Comisión que tendrán a su cargo elaborar, revisar y aprobar los estudios y anteproyectos de los grupos de trabajo.
De la Integración y Organización de la Comisión
La Comisión Consultiva se integrará con un representante de la Secretarías del Trabajo y Previsión Social, y de Salud y Bienestar Social del Gobierno del Estado de Colima, un representante del Instituto Mexicano del Seguro Social; y un representante de las organizaciones de trabajadores: Federación de Trabajadores de Colima (CTM) y Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos de Colima (CROC) y, de las cámaras de patrones: Cámara Nacional de la Industria de la Transformación en Colima (CANACINTRA) y Centro Empresarial de Colima S.P. (COPARMEX). El representante de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social ante la Comisión Consultiva Estatal respectiva, fungirá como Secretario de la misma.
De las Facultades de la Comisión, de sus integrantes, de las Subcomisiones y Grupos de Trabajo y sus Coordinadores
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Presentar a la Comisión Consultiva Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, propuestas, de anteproyectos de Normas, así como de modificación o cancelación a las que estén en vigor.
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Promover estudios en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo y someterlos a la consideración de la Comisión Consultiva Nacional.
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Proponer a la Comisión Consultiva Nacional las reformas y adiciones reglamentarias en la materia, para que ésta, en su caso, las presente a la Secretaría.
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Estudiar y proponer medidas preventivas de riesgos de trabajo y contribuir a su difusión.
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Elaborar su programa anual de actividades.
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Elaborar su reglamento interior, el que establecerá su organización y funcionamiento.
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Informar trimestralmente a la Comisión Consultiva Nacional, respecto de los programas de prevención de accidentes y enfermedades de trabajo y de sus resultados.
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Presidir y, en su caso, convocar las sesiones plenarias ordinarias y extraordinarias de la Comisión.
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Representar y dirigir los trabajos de la Comisión.
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Decidir con voto de calidad los casos de empate.
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Proponer la constitución de Subcomisiones y Grupos de trabajo para el estudio de asuntos específicos.
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Otorgar reconocimientos de participación a los integrantes de la Comisión, de las Subcomisiones y Grupos de trabajo.
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Observar y vigilar el cumplimiento del presente Reglamento, y
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Las demás necesarias para el cumplimiento de las funciones de la Comisión.
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