Reglamento Interior de la Beneficencia Publica del Estado de Nayarit
REGLAMENTO INTERIOR DE LA BENEFICENCIA PUBLICA DEL ESTADO DE NAYARIT
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el sábado 21 de diciembre de 2002.
REGLAMENTO INTERIOR DE LA BENEFICENCIA PÚBLICA DEL ESTADO DE NAYARIT
DE LA COMPETENCIA Y ORGANIZACION DE LA BENEFICENCIA PUBLICA DEL ESTADO DE NAYARIT
El Organismo: La Beneficencia Pública del Estado de Nayarit;
El Director General: El Director General de la Beneficencia Pública del Estado de Nayarit,
La Junta: Órgano supremo del organismo público descentralizado.
DE LA JUNTA DE GOBIERNO
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Convocar a sesiones ordinaria (sic) y extraordinarias de la junta de gobierno del Organismo, por indicaciones de su presidente,
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Integrar la información y los datos complementarios que sustenten la orden del día contenida en las convocatorias a las sesiones de la junta,
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Levantar las actas correspondientes a la celebración de las reuniones de la junta y recabar las firmas de los miembros de la misma,
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Dar seguimiento a los acuerdos tomados por la junta; y
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Las demás que le confiera expresamente la Junta.
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Subdirector General,
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Jefes de Departamento, y
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Demás personal subalterno,
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