Reglamento del Instituto Municipal de la Vivienda de Aguililla, Michoacán

Fecha de publicación04 Febrero 2009
EstadoMichoacán
MunicipioAguililla
COPIA SIN VALOR LEGAL
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACÁN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
TOMO CXLV Morelia, Mich., Miércoles 4 de Febrero del 2009 NUM. 77
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 CUARTA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Responsable de la Publicación
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Mtro. Leonel Godoy Rangel
Secretario de Gobierno
Mtro. Fidel Calderón Torreblanca
Director del Periódico Oficial
Lic. José Calderón González
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 250 ejemplares
Esta sección consta de 10 páginas
Precio por ejemplar:
$ 13.00 del día
$ 19.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
Correo electrónico
periodicooficial@michoacan.gob.mx
Director: Lic. José Calderón González
AUTORIZACIÓN DE LA CREACIÓN DEL INSTITUTO MUNICIPAL
DE LA VIVIENDA Y SU REGLAMENTO
ACTA NO. 35
Siendo las 5:15 P.M. del día 26 de noviembre del 2008, reunidos en el salón de
juntas del Palacio Municipal de la ciudad de Aguililla, Michoacán los CC. Adalberto
Fructuoso Comparán Rodríguez, José Manuel Castillo Chávez, Melchor
Maldonado López, Evangelina Buenrostro Vázquez, Irla María Martínez Adata,
Profr. Claudio Mendoza Mendoza, M.V.Z. José Luis Ponce de León Mendoza,
Alfredo Vaca Sánchez, Sergio Esquivel Torres, Presidente, Síndico, Regidores de
mayoría relativa y representación proporcional de este H. Ayuntamiento
Constitucional 2008-2011, para llevar a cabo la reunión No. 35 de Ayuntamiento
con carácter de ordinaria bajo el siguiente orden del día:
ORDEN DEL DÍA
1.- . . . . .
2.- . . . . .
3.- . . . . .
4.- Autorización de la Creación del Instituto Municipal de la Vivienda.
5.- Autorización del Reglamento del Instituto Municipal de Vivienda.
6.- . . . . .
7.- . . . . .
.............................................................................................................................................
.............................................................................................................................................
.......................................................................................
Punto cuatro.- Se autoriza por unanimidad la Creación del Instituto Municipal de
la Vivienda de Aguililla, Michoacán.
En el punto No. 5.- Se autoriza por unanimidad el Reglamento del Instituto
C O N T E N I D O
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL
DE AGUILILLA, MICH.

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