Reglamento del Instituto Municipal de las Mujeres de Huimilpan, Querétaro.

24 de enero de 2020 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 1519
GOBIERNO MUNICIPAL
C. LETICIA SERVÍN MOYA, PRESIDENTE MUNICIPAL DE HUIMILPAN, QRO., HACE SABER A SUS
HABITANTES QUE CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE L ESTADO DE
QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN I, 146, 147, 148, 149 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
QUERÉTARO, Y DE ACUERDO A LOS;
A N T E C E D E N T E S
1. Que acorde a lo establecido por los artículos 115, fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Constitución Política del Estado de Querétaro y, 2 y 30 fracción I de la Ley Orgánica Municipal
del Estado de Querétaro, cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular y la
competencia que la Constitución otorga al gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera
exclusiva y no habrá autoridad intermedia alguna entre éste y el Poder Ejecutivo.
2. Que en el Plan Municipal de Desarrollo 2018-2021 se asume el compromiso y la responsabilidad de la gestión
de un buen gobierno mediante el empoderamiento de la familia como núcleo de la sociedad a través de las
mujeres, donde el objetivo es promover el desarrollo de los habitantes del municipio en un ambiente de orden y
paz social.
3. El 12 de enero de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Instituto Nacional de las Mujeres,
teniendo como fundamento el artículo 4 constitucional, cuyo objetivo es combatir la violencia y la discriminación
en contra de la mujer, generar la igualdad de oportunidades y de trato entre los géneros y el ejercicio de todos
los derechos de las mujeres.
4. Que el 30 de agosto de 2012 se publicó en el Diario Oficial La Sombra de Arteaga, la Ley del Instituto Queretano
de las Mujeres con fundamento en lo dispuesto en los artículos 22 fracción II y 23 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de Querétaro.
5. Que 06 de febrero de 2014 se creó el Instituto Municipal de Equidad de Género, mismo que en fecha 08 de
septiembre del 2016 se cambia al nombre: “Instituto Municipal de las Mujeres, Huimilpan” mismo que se encuentra
vigente.
Por lo antes expuesto y, C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 115, que los
Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico
y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio
libre.
SEGUNDO. Que de acuerdo a lo establecido por los artículos 115 fracción de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 2, 30 y 146 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro; y 3 del Reglamento
Interior del Ayuntamiento de Huimilpan, Querétaro, el Municipio de Huimilpan, está facultado para organizar su
Administración Pública, contar con sus propias autoridades, funciones específicas y libre administ ración de su
hacienda, así como para emitir y aprobar disposiciones que organicen la administración pública municipal, regular
las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, ello a través de instrumentos
normativos que contengan disposiciones administrativas de observancia general y obligatoria en el Municipio.
TERCERO. Que el Estado Mexicano, cuenta con un marco jurídico en materia de protección de los derechos de
las mujeres, asimismo ha generado una Política Nacional en materia de igualdad entre mujeres y hombres que
incluye a los tres poderes del Estado y los tres niveles de gobierno, por ello resulta una obligación de los
municipios avanzar en el fortalecimiento institucional y en beneficio de las mujeres, por lo que s e hace
indispensable contar en el Municipio de Huimilpan con la normativa adecuada que permita contribuir en la
igualdad entre mujeres y hombres, establecer vínculos de colaboración y lograr así la institucionalización de la
perspectiva de género, mediante la armonización normativa a fin de que se garanticen los derechos de las mujeres
y cerrar las brechas de desigualdad de género.

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