Reglamento del Instituto Municipal de Atencion a la Juventud de Jamay, Jalisco
REGLAMENTO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE ATENCION A LA JUVENTUD DE JAMAY, JALISCO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Sección II del Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el jueves 1 de septiembre de 2011.
Al margen un sello que dice: Secretaría General 2010-2011. Gobierno Municipal. Jamay, Jalisco. Estados Unidos Mexicanos.
Efraín Sahagún López, Presidente Municipal de Jamay, Jalisco, a sus habitantes hace saber:
Que el Cabildo Constitucional de Jamay, se ha servido dirigirme, para su publicación, el siguiente:
REGLAMENTO DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE ATENCION A LA JUVENTUD DE JAMAY, JALISCO.
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Las disposiciones del presente reglamento son de orden público e interés social y tienen por objeto instaurar el marco jurídico, político e institucional que oriente las acciones del Gobierno Municipal y la sociedad con relación a la población joven del municipio de Jamay, Jalisco; regular el funcionamiento del Instituto Municipal de Atención a la Juventud, así como sus facultades, atribuciones y régimen interior.
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El presente ordenamiento se encuentra ajustado conforme a lo dispuesto por el
fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73, 77, 78 y 85 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 38, 40, 41, 42, 44, 45 y 46 de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.
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El Instituto Municipal de Atención a la Juventud del Gobierno Municipal de Jamay, Jalisco, es un órgano público descentralizado de la administración pública municipal con personalidad jurídica y patrimonio propios; se constituye como la instancia municipal de carácter especializado y consultivo para la proyección, instrumentación, ejecución de las políticas, programas, acciones y oportunidades de los jóvenes del Municipio.
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El Instituto tiene su domicilio en la Ciudad de Jamay, Jalisco y cuenta con las atribuciones y facultades establecidas en el presente ordenamiento necesarias para la correcta atención de las necesidades de los jóvenes de Jamay.
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El objeto del presente reglamento es dotar de estructura jurídica, administrativa económica y organizacional al Instituto Municipal de Atención a la Juventud.
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Cuenta con el fin de establecer las bases normativas que propicien el desarrollo integral de los jóvenes del Municipio, comprendidos éstos entre las edades de los 12 y 29 años, procurando su integración y participación en las distintas áreas del desarrollo humano en materias cultural, económica, deportiva, educativa, científica, tecnológica, recreativa, social y familiar, así como laboral y política, en aquellos que sean mayores de edad, en especial aquellas áreas encaminadas a fortalecer el entorno y desarrollo de la juventud, proporcionando alternativas reales que contribuyan a su plena realización y que permitan su respeto y la participación plena en el progreso de la nación.
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Para efectos del presente reglamento se entiende por:
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AYUNTAMIENTO: El órgano de Gobierno del Municipio de Jamay, Jal.
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LA COMISION: La Comisión Edilicia de Atención a la Juventud del H. Ayuntamiento de Jamay, Jal.
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INSTITUTO: Al Instituto Municipal de Atención a la Juventud.
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JUNTA DE GOBIERNO: Órgano de Gobierno del instituto.
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DIRECCIÓN GENERAL: La dependencia encargada de las actividades de atención a la Juventud en el Municipio de Jamay, Jal., representada por un Director General del Instituto.
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JÓVENES: Los mexicanos y mexicanas, originarios o radicados en el municipio de Jamay, Jalisco, cuyas edades están ubicadas en el grupo de edad comprendido entre los 12 y 29 años.
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DESARROLLO INTEGRAL DE LOS JÓVENES: El conjunto de dimensiones físicas, psicológicas, sociales y culturales que, articuladas coherentemente, garanticen y potencialicen la participación de los jóvenes como ciudadanos en ejercicio pleno de sus derechos y deberes políticos y civiles en la sociedad.
Del Instituto Municipal de Atención a la Juventud
Del objetivo del Instituto
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El Instituto Municipal de Atención a la Juventud tienen por objeto:
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Estudiar, analizar, proponer y ejecutar las políticas públicas en materia de atención a la juventud que permitan incorporar plenamente a los jóvenes al desarrollo del municipio de Jamay, Jalisco.
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Emitir opinión respecto de aquellos asuntos que el Ayuntamiento o el Presidente Municipal le soliciten respecto de la planeación y programación de las políticas públicas municipales y acciones relacionadas con el desarrollo de la juventud, de acuerdo al Plan Municipal de Desarrollo.
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Actuar como órgano de consulta y asesoría de las dependencias y entidades de la administración pública municipal, así como coadyuvar con las acciones de las autoridades federal, estatales y municipales, así como de los sectores social y privado en los temas relacionados con el desarrollo integral de los jóvenes en vías de crecimiento hacia la etapa de la adolescencia y juventud cuando se lo requieran.
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Promover coordinadamente con las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias, las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales, culturales y derechos, evitando duplicidades en la aplicación de recursos y en el desarrollo de los distintos programas y planes del gobierno municipal de Jamay, Jal.
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Fungir como representante del Gobierno Municipal de Jamay, Jal., en materia de juventud, ante los gobiernos federal, estatales y municipales; organizaciones privadas, sociales y organismos internacionales; así como en foros, convenciones, encuentros y demás reuniones.
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Ser un órgano que represente al Gobierno Municipal de Jamay, Jal., en el ámbito juvenil y promueva a cada joven del Municipio en su desarrollo personal, profesional y cívico.
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Fomentar la participación de los jóvenes en el desarrollo del Municipio y en la formación y creación de mejores condiciones de vida, así como el fomento, promoción y esfuerzo conjunto entre la sociedad juvenil y el gobierno.
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Establecer distintos mecanismos y actividades que permitan ampliar la difusión de la labor del Gobierno Municipal de Jamay, Jal., y del Instituto Municipal de Atención a la Juventud entre los jóvenes del Municipio.
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Difundir los derechos, obligaciones y deberes de la juventud.
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Fomentar la organización y la empresa juvenil a través de colectivos, organismos no gubernamentales y redes juveniles.
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Promover, coordinar y ejecutar actividades diversas que propicien la superación física, intelectual, cultural, profesional, económica y política de la juventud, en este último caso para aquellos que sean mayores de edad.
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Alentar la cultura de la no violencia hacia las mujeres.
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Fortalecer la cultura política democrática como garantía de la formación de valores cívicos y de la equidad de género.
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Diseñar políticas públicas para aquellas mujeres y hombres jóvenes que viven en situaciones de marginidad y enfrentar la discriminación y desvalorización por razones de sexo y género, y
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Las demás que establezca el presente ordenamiento, el Ayuntamiento y las Leyes aplicables en la materia.
Facultades y obligaciones del Instituto
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Para el cumplimiento de su objeto el Instituto tiene las siguientes facultades:
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Promover los valores universales en el seno de la sociedad, dentro del marco de respeto de las diferencias culturales, raciales, socioeconómicas, religiosas, políticas o de cualquier índole.
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Realizar estudios e investigaciones de la problemática y características juveniles, así como de sus consecuencias y posibles soluciones.
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Actuar de forma coordinada con las dependencias y entidades de la administración pública municipal, así como con los gobiernos: federal, estatales y municipales, para que en ámbito de sus respectivas competencias se promuevan las acciones destinadas a mejorar el nivel de vida de la juventud, así como sus expectativas sociales, culturales y sus derechos.
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Promover y ejecutar acciones para el reconocimiento público y la difusión de las actividades sobresalientes de los jóvenes del municipio de Jamay, Jal., en distintos ámbitos del acontecer municipal.
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Proponer programas de capacitación y formación en materia de desarrollo integral de la juventud.
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Coordinarse y celebrar acuerdos, contratos y convenios con el Instituto Mexicano de la Juventud y el Instituto Estatal de la Juventud; así como, con demás organismos federales, estatales y municipales; inclusive con organismos públicos y privados, tanto nacionales como Internacionales, para la planeación y ejecución de los programas que involucren a los jóvenes del municipio.
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Celebrar contratos y convenios con la iniciativa privada, asegurando su adecuada vinculación con los programas del Instituto.
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Establecer la coordinación interinstitucional con los diversos sectores y actores sociales, a fin de proporcionar a los jóvenes diversos aspectos de orientación, formación y desarrollo integral, como mecanismo eficaz para fortalecer las acciones a favor de la juventud de Jamay, Jal.
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Desarrollar programas específicos para los jóvenes con capacidades diferentes o que pertenezcan a grupos excluidos...
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