Reglamento de Imagen Urbana para el Municipio de Amealco de Bonfil, Qro.

26 de abril de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 4247
GOBIERNO MUNICIPAL
EL C. GILBERTO GARCIA VALDEZ, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE AMEALCO DE
BONFIL, QRO., HACE SABER A SUS HABITANTES QUE CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 30 FRACCIÓN I, 146, 147, 148, 149, 150 Y 152 DE LA LEY
ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
del Estado de Querétaro, los municipios tiene como órgano de gobierno a los Ayuntamientos, que tendrán
personalidad jurídica y facultades para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos,
circulares, acuerdos y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas
jurisdicciones que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia.
2. Que la elaboración y actualización de normas jurídicas es un ejercicio que debe asumirse con gran
sentido de responsabilidad social, por las implicaciones que tiene en los distintos órdenes de la
convivencia cotidiana dentro de una determinada organización humana.
3. Que en la creación y adecuación de las normas intervienen factores de diversa índole, siempre bajo una
evolución y dinámica constante, que debe atender a las condiciones sociales, culturales y políticas del
momento, entre otras.
4. Que en la medida en que son modificadas las normas, las condiciones socioeconómicas y demográficas,
el Ayuntamiento debe crear, adecuar e integrar los ordenamientos legales necesarios para un eficaz y
eficiente modelo de gobierno.
5. Que dentro de ese dinamismo y actualización de la norma jurídica, surge la necesidad de crear y adecuar
las normas necesarias para la conservación del entorno e imagen urbana de nuestro municipio mismo
que se caracteriza por sus construcciones coloniales con que cuenta la cabecera municipal, así como de
la pluralidad de entornos con que cuentan las diversas localidades de este municipio.
6. Que mediante oficio No. 126/13/REG., recibido en fecha 11 de marzo del presente año, el Regidor Juan
Manuel Garduño Ruíz, solicita se considere la aprobación del Reglamento de Imagen Urbana para el
Municipio de Amealco de Bonfil, Qro.,
7. Que mediante mesa de trabajo realizada el día 12 de marzo del presente se expuso por parte del Arq.
Carlos Demetrio Hurtado Moreno, Director Planeación, Desarrollo Humano y Ecología a los miembros del
Ayuntamiento cada uno de los puntos especificados en dicho Reglamento.
Por lo anteriormente expuesto, el Ayuntamiento de Amealco de Bonfil, en sesión ordinaria de fecha quince de
marzo de dos mil trece tuvo a bien aprobar y expedir el siguiente:
Reglamento de Imagen Urbana para el Municipio de Amealco de Bonfil
INDICE
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES.
CAPÍTULO SEGUNDO

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