Reglamento General para la Administración, Uso, Funcionamiento, Conservación y Seguridad en Albercas Públicas y Privadas de Uso Público del Municipio de Salvador Alvarado del Estado de Sinaloa

Fecha de publicación08 Marzo 2013
EstadoSinaloa
MunicipioSalvador Alvarado
Viernes
08
de Marzo de 2013 «EL ESTADO DE SlNALOA» 49
EL C. GONZALO CAMACHO ANGULO Presidente Municipal de Salvador Alvarado a sus habitantes hace
saber:
Que
el
Honorable Ayuntamiento
de
Salvador Alvarado, por conducto
de
su
SecretarIa,
se
ha
servido
comunicarme para los efectos correspondientes lo siguiente:
Que
en
sesión
No
.
54
celebrada
el
dia lunes
25
de
Febrero del año
Dos
Mil
trece
en
ACUERDO
POR
UNANIMIDAD
el
Honorable Ayuntamiento
del
Municipio
de
Salvador Alvarado y
en
el
ejercicio
de
las
facultades conferidas por
105
articulas 115. fracción
11
de
la
Constitución Política
de
Jos
Estados Unidos
Mexicanos, 125 fracción
11
de
la Constitución Politica del Estado de 5inaloa; articulo 3,27 fracción I y IV, 79,80
fracción
11,81
fracción
XII
y 82 .90,91,103,104,105,106,107 de
la
Ley de Gobierno M';Jnicipal del Estado de
Sinaloa y 1,2,4,7,8,13,36,52,53 fracción
111.
4, 16 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Salvador
Alvarado, articulos
93
y 94 de la Ley de Hacienda Municipal
~el
Estado de Sinaloa.
Para
el
cumplimiento de lo expuesto, el Honorable Ayuntamiento de Salvador Alvarado, ha tenido a bien
expedir
el
siguiente:
DECRETO MUNICIPAL No.
31
REGLAMENTO GENERAL PARA LA ADMINISTRACiÓN, USO, FUNCIONAMIENTO, CONSERVACiÓN Y
SEGURIDAD EN ALBERCAS PÚBLICAS Y PRIVADAS
DE
USO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE SALVADOR
ALVARADO DEL ESTADO DE SINALOA
TiTULO I
CAPiTULO UNICO
DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1.-
El
presente ordenamiento es de orden público, Juridico, Interés Social, de observancia general y
obligatoria y tiene por objeto REGLAMENTAR LA ADMINISTRACiÓN, USO, FUNCIONAMIENTO,
CONSERVACiÓN Y SEGURIDAD EN ALBERCAS PÚBLICAS Y PRIVADAS DE USO PÚBLICO DEL
MUNICIPIO DE SALVADOR ALVARADO DEL ESTADO
DE
SINALOA.
Articulo 2.-
El
presente reglamento es Responsabilidad Administrativa . Jurldica, Financiera, y demás que
pongan
en
zona de riesgo la seguridad para sus usuarios y público en general y además competencia social y
municipal por cuanto a
su
facultad y aplicación para que
se
proporcione el servicio de seguridad en las
albercas, piscinas, balnearios para que sean utilizados para uso público, sin menoscabo de la competencia
Local, Regional, Estatal y Federal.
Articulo 3.- Para [os efectos de este reglamento se entenderá por:
1.-
Autoridad:
H.
Ayuntamiento del Municipio de Salvador Alvarado del Estado de Sinaloa, Dirección de Acción
Social, Protección Civil del
H.
Ayuntamiento del Municipio de Salvador Alvarado.
11.-
H. Cuerpo de Bomberos Voluntarios y Cruz Roja Mexicana: Organismos coadyuvantes. con
el
Municipio
con Autoridad
en
caso de siniestro, rescate, salvamento, lesión o accid ente.
111.-
Botiqurn:
Al
conjunto de material, equipo y medicamentos que
se
utilizan para aplicar los primeros
au
xilios,
el
cual será inspeccionado, regulado y abastecido por
la
Dirección de Salud del
H.
Ayuntamiento del Municipio
de Salvador Alvarado, en el caso de las alberca..: privadas de uso público los medicamentos y material de
curación que contiene
el
botiqurn señalados
en
el
presente Reglamento serán adquiridos y abastecidos
conforme las nonnas vigentes por los propietarios de estos establecimientos.
IV.- Certificación: Documento expedido por Instituto Sinaloense del deporte del Gobierno del Estado de
Sinaloa (ISDE), Protección Civil Municipal, H . Cuerpo de Bomberos Municipal y Cruz Roja Mexicana,
acreditando que
se
cuenta con los conocimientos y
la
capacitación suficiente para llevar a cabo actividades
de prevención, salvamento y rescate acuático .
. V.- Instalaciones: A
la
alberca, piscina o balneario público destinado a
la
realización de actividades acuáticas
como son las deportivas, recreativas o de esparcimiento. .

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