Reglamento de la Gaceta Municipal de Chumayel, Yucatan

REGLAMENTO DE LA GACETA MUNICIPAL DE CHUMAYEL, YUCATAN

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Diario Oficial del Estado de Yucatán, el martes 17 de febrero de 2009.

REGLAMENTO DE LA GACETA MUNICIPAL DE CHUMAYEL, YUCATÁN

Capítulo I Artículos 1 a 5

DE LA GACETA MUNICIPAL

Artículo 1 El presente Reglamento tiene por objeto regular la publicación de la "Gaceta Municipal" en el municipio de CHUMAYEL, Yucatán.
Artículo 2 Para los efectos del presente Reglamento se entiende por "Gaceta Municipal", el órgano de publicación del H

Ayuntamiento del municipio de CHUMAYEL, Yucatán, de carácter permanente e interés público, cuya función es hacer del conocimiento de la ciudadanía, los Reglamentos vigentes en el Municipio, acuerdos y demás disposiciones generales emitidas por el Ayuntamiento, a fin de que sean aplicados y observados debidamente.

Artículo 3 Serán materia de publicación en la "Gaceta Municipal".
  1. Reglamentos Municipales expedidos por el Ayuntamiento;

  2. El voto que emita el Ayuntamiento en su calidad de Constituyente Permanente Local;

  3. Las disposiciones generales expedidas por el Ayuntamiento;

  4. Los acuerdos, resoluciones y circulares dictadas por el Presidente Municipal y el Ayuntamiento, de interés general para los habitantes del municipio; y

  5. Aquellos actos que por su propia importancia social, lo determine así el Presidente Municipal.

Artículo 4 La "Gaceta Municipal" se editará en el Municipio de CHUMAYEL, Yucatán, conforme al Registro Estatal de Publicaciones Oficiales que expida el Ejecutivo del Estado, y en cantidad suficiente a garantizar la demanda de la comunidad.
Artículo 5 La "Gaceta Municipal" deberá contener impresos por lo menos los siguientes datos:
  1. El número que le corresponda conforme al Registro Estatal de Publicaciones Oficiales, a cargo del ejecutivo del Estado;

  2. La denominación "Gaceta Municipal" y la leyenda: "Órgano de Publicación del Municipio de CHUMAYEL, Yucatán";

  3. La impresión del escudo y el logotipo oficial del Municipio;

  4. Fecha y número de publicación de la edición correspondiente; y

  5. El índice de contenido.

Capítulo II Artículos 6 a 13

DEL PROCEDIMIENTO Y LA DISTRIBUCIÓN DE LAS PUBLICACIONES

Artículo 6 la "Gaceta Municipal" será publicada en forma cuando menos una vez al mes, y su distribución será gratuita, salvo acuerdo contrario emitido por el Ayuntamiento.
Artículo 7

La "Gaceta Municipal" será...

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