Reglamento de la Gaceta Municipal del Ayuntamiento de Dzilam González.

MÉRIDA, YUC., MARTES 7 DE ABRIL DE 2015. DIARIO OFICIAL PÁGINA 121
HONORABLE AYUNTAMIENTO DE DZILAM GONZÁLEZ ESTADO DE
YUCATÁN.
C. EDWI ROBERTO MARTIN SEGURA, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE DZILAM GONZALEZ
YUCATÁN, a los habitantes del municipio del mismo nombre hago saber:
Que el ayuntamiento que presido, en sesión Extraordinaria de cabildo de fecha
trece de junio del año dos mil catorce, con fundamentos en los artículos 115 fracción
Constitución Política del Estado de Yucatán, y 2, 40, 41, inciso A) fracción III, 51,
56, fracción I y II, 63 fracción III, 77, 78, 79 de la Ley de Gobierno de los
Municipios del Estado de Yucatán, y artículo 4 fracción I del decreto que crea el
registro de Publicaciones Oficiales de Yucatán, se aprobó el siguiente:
REGLAMENTO DE LA GACETA MUNICIPAL
DEL AYUNTAMIENTO DE DZILAM GONZALEZ
CAPITULO I
DISPOCICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- El presente reglamento es de orden público e interés social y en él
se establecen las disposiciones relativas a la publicación de la Gaceta Municipal
del Ayuntamiento de Dzilam González, que en lo sucedido se denominara como la
“Gaceta Municipal”.
ARTÍCULO 2.- La Gaceta Municipal es el órgano oficial de publicación y difusión
del Ayuntamiento de Dzilam González, de carácter permanente, cuya función
consiste en dar publicidad a las disposiciones que se encuentran especificadas en
este propio ordenamiento y en la normatividad correspondiente, a fin de difundirlas
entre la población y que sean aplicadas y observadas debidamente.
ARTÍCULO 3.- La Gaceta Municipal en conformidad con el artículo 79 de la Ley de
Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán, contendrá por lo menos, las
siguientes características:
I.- El número que le corresponda conforme al Registro Estatal de Publicaciones
Oficiales a cargo del Ejecutivo del Estado.
II.- La denominación Gaceta Municipal y la Leyenda “Órgano Oficial de
publicación” del municipio de Dzilam González.
III.- La impresión del escudo y el logotipo oficial del Municipio de Dzilam González.
IV.- Fecha y numero de publicación de la edición correspondiente, y
V.- El índice de contenido.
ARTÍCULO 4.- La “Gaceta Municipal” estará a cargo del funcionario que para el
efecto designe el ayuntamiento.

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