Reglamento de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del Estado de Querétaro.

10 de septiembre de 2021 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 42565
FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO
Maestro Alejandro Echeverría Cornejo, Fiscal General del Estado de Querétaro, en ejercicio de las facultades
que me confieren los artículos 30 Bis de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro y 13,
fracción VII de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, y
Considerando
1. El 18 de abril de 2017, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra
de Arteaga”, la Ley que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Fiscalía
General del Estado de Querétaro, la cual tuvo por objeto, entre otros, la creación de la Fiscalía
Especializada en el Combate a la Corrupción.
2. En el mismo órgano de difusión oficial, se publicó el 1 de septiembre de 2017, la Ley que reforma y
adiciona diversas disposiciones del Código Penal para el Estado de Querétaro, con la cual se incluyó el
delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita en materia de combate a la corrupción.
3. El 7 de marzo de 2018, se publicó igualmente en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro
“La Sombra de Arteaga”, el Reglamento de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción de
la Fiscalía General del Estado de Querétaro, cuyo objeto fue establecer la estructura orgánica y las
atribuciones de sus unidades administrativas integrantes.
4. El Reglamento de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del
Estado de Querétaro, en su artículo 9 señala que, para el ejercicio de sus funciones dicha Fiscalía contará
con los órganos, direcciones y personal necesario que permita la disponibilidad presupuestaria.
5. La Fiscalía General del Estado de Querétaro y la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, suscribieron el 19 de julio de 2019, un Convenio de Colaboración con la
finalidad de intercambiar información para identificar operaciones con recursos de procedencia ilícita.
En dicho instrumento legal el Fiscal Especializado en el Combate a la Corrupción, funge como enlace
operativo.
6. El 7 de agosto de 2020, fue publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La
Sombra de Arteaga”, el Acuerdo por el que se crea la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica de
la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del Estado de Querétaro,
en donde se establecen sus atribuciones e integración.
7. El 2 de junio de 2021, se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra
de Arteaga”, la Ley por la se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica
de la Fiscalia General del Estado de Querétaro, integrando a la estructura orgánica de la Fiscalía
Especializada en el Combate a la Corrupción, a la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica.
8. El reformado artículo 13 sexies de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Querétaro,
dispone que la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica, tendrá a cargo la investigación y
persecución del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, previsto en el Código Penal
para el Estado de Querétaro; así como la generación, obtención, análisis, diseminación y consolidación
de información financiera, económica y fiscal, y el de cualquier otra manifestación delictiva de carácter
económico, que por su naturaleza requieran ser investigados por dicha Unidad.
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9. Mediante la normatividad antes citada, formalmente se ha creado un órgano especializado en la
investigación de delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita y otros de índole económica,
el cual, además, coadyuvará con las instancias competentes en la prevención de este delito.
Por tanto, es necesario modificar el Reglamento de la Fiscalía Especializada en el Combate a la
Corrupción de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, a fin de establecer las atribuciones del
personal de la Unidad de Inteligencia Patrimonial y Económica, sus relaciones de coordinación tanto con
áreas de la Fiscalía General del Estado, como con otras instancias de los tres órdenes de gobierno para
el cumplimiento de sus fines.
10. En otro orden de ideas, también deben adecuarse las disposiciones relativas a las facultades del Fiscal
Especializado en el Combate a la Corrupción, relacionadas con la representación jurídica, la coordinación,
supervisión y orientación del Grupo de Policía de Investigación Especializado, así como con el diseño e
implementación de líneas de acción para combatir los hechos delictivos en materia de corrupción.
11. De la misma forma, es preciso incluir disposiciones relativas al Servicio Profesional de Carrera del
personal sustantivo de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del
Estado de Querétaro; así como actualizar las atribuciones de las y los Fiscales adscritos, a fin de que
puedan conocer hasta su conclusión de aquellos delitos que se deriven o se encuentran vinculados con
hechos de corrupción y que tengan conocimiento de los mismos por las investigaciones que tienen a su
cargo, además de dar vista a la instancia correspondiente para ejercer la acción de extinción de dominio,
en los casos legalmente procedentes, de acuerdo con las disposiciones aplicables de la materia.
12. Por lo que a fin de ampliar y fortalecer las funciones de la Fiscalía Especializada en el Combate a la
Corrupción de la Fiscalía General del Estado de Querétaro, tengo a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA
EN EL COMBATE A LA CORRUPCIÓN DE LA FISCALÍA GENERAL
DEL ESTADO DE QUERÉTARO
TÍTULO PRIMERO
DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA
EN EL COMBATE A LA CORRUPCIÓN
CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. El presente ordenamiento es de orden público y observancia obligatoria, tiene por objeto establecer
la estructura orgánica y las atribuciones que les corresponden a las unidades administrativas de la Fiscalía
Especializada en el Combate a la Corrupción de la Fiscalía General del Estado de Querétaro.
Artículo 2. La Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, es un órgano de la Fiscalía General del
Estado de Querétaro, con autonomía técnica y operativa para la investigación y persecución de los delitos
previstos en materia de combate a la corrupción y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Artículo 3. El Fiscal Especializado en el Combate a la Corrupción es el titular de la Fiscalía Especializada en el
Combate a la Corrupción, tendrá a su cargo la institución del Ministerio Público, por cuanto ve a la investigación
de delitos en materia de combate a la corrupción y operaciones con recursos de procedencia ilícita, en términos
de lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Querétaro.

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