Modificación al Reglamento para La Fabricación y Venta de Tortillas del Municipio de Villa de álvarez, Colima

Fecha de disposición28 Julio 2007
Fecha de publicación28 Julio 2007
SecciónSección General
Número de Gaceta33

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMAMODIFICACIÓNAL REGLAMENTO PARA LA FABRICACIÓN Y VENTA DE TORTILLAS DEL MUNICIPIO DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA.

FELIPE CRUZ CALVARIO, Presidente Municipal de Villa de Álvarez, Colima, a sus habitantes hace SABER:

Que el H. Cabildo ordeno se publique el Acuerdo de fecha 28 de Junio de 2007, en donde se autorizo por los integrantes del Cabildo la MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO PARA LA FABRICACIÓN Y VENTA DE TORTILLA DEL MUNICIPIO DE VILLA DE ÁLVAREZ, COLIMA.

H. CABILDO DEL MUNICIPIO DE VILLA DE ALVAREZ, COLIMA.

C. FELIPE CRUZ CALVARIO, LICDA. MONICA LIZETTE GUTIERREZ MENDOZA Y LIC. PETRONILO VAZQUEZ VUELVAS, el primero como presidente y los demás como secretarios, integrantes de la Comisión de Gobernación y Reglamentos, ante ustedes con el respeto que les es debido, comparecemos a exponer:

Que con la personalidad antes descrita y con fundamento en lo dispuesto por el Reglamento de Cabildo del Honorable Ayuntamiento de Villa de Alvarez, Capitulo IV, Artículo 63, incisos a) y f). Es que nos permitimos presentar el Dictamen de Modificación al Reglamento para la Fabricación y Venta de Tortillas, por lo que bajo ese contexto se emite el presente dictamen:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOSPRIMERO.-

Que con fecha 31 de marzo de 2001 se publicó en el periódico Oficial Reglamento para la Fabricación y Venta de Tortillas aplicable en el municipio de Villa de Álvarez.

SEGUNDO.-

Que dicho reglamento obedeció a circunstancias y razones históricas que se acoplaban perfectamente a esa realidad que se vivía pero que actualmente, ameritan una adecuación para normar y reglamentar las actividades que giran en torno a la industria del ramo.

TERCERO.-

Que el H. Ayuntamiento debe ser un impulsor del desarrollo económico del municipio y por ende, su función es normar las actividades comerciales a fin de que se provoque un desarrollo económico armónico y jurídicamente viable.

CUARTO.-

Que dicho reglamento debe ser afin con la normativa actual, incluidos el Reglamento de Licencias Comerciales para el Municipio de Villa de Álvarez y el Reglamento de Procedimiento Administrativo para el Municipio de Villa de Álvarez.

QUINTO.-

Que el reglamento actual no contempla atribuciones para la Dirección de Licencias e Inspección.

SEXTO.-

Que el reglamento actual no establece cuales son las infracciones al mismo ni las sanciones aplicables a cada una de ellas por lo que se requiere generar certeza jurídica para los ciudadanos villalvarenses.

SÉPTIMO.-

Que el reglamento actual previene un recurso administrativo que ya no se encuentra vigente.

Por todo lo anterior, se emite el presente DICTAMENPRIMERO.-

Que después de analizar el Reglamento para la Fabricación y Venta de Tortillas Interior del Municipio de Villa de Álvarez esta comisión dictamina aprobar la modificación al reglamento antes mencionado conforme se detalla en al anexo del presente.

SEGUNDO.-

Se Ordene a la Secretaria del Ayuntamiento una vez aprobado el presente dictamen realice los tramites correspondientes para su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional "El Estado de Colima" ATENTAMENTE. Villa de Álvarez, Col., a 28 de junio de 2007.

C. FELIPE CRUZ CALVARIO, PRESIDENTE DE LA COMISION DE GOBIERNO Y REGLAMENTOS, RUBRICA. LICDA. MONICA LIZETTE GUTIERREZ MENDOZA SECRETARIA, RUBRICA. Y LIC. PETRONILO VAZQUEZ VUELVAS, SECRETARIO, RUBRICA.

Reglamento para la fabricación y venta de tortillas Propuesta sujeta a aprobación.

Artículo 4

Para la aplicación y cumplimiento de este Reglamento se entenderán por:

  1. "Ley Federal".- la Ley Federal de la Microindustria.

  2. "Ley Orgánica".- la Ley Orgánica del Municipio Libre.

  3. "Reglamento".- el Reglamento para la Fabricación y Comercialización de Tortillas en el Municipio de Villa de Álvarez, del Estado de Colima.

  4. "Establecimientos".- Lugares donde se fabrica o comercializa tortillas.

  5. " Comercialización" , venta de tortillas en un Establecimiento.

ARTÍCULO 4

Se reformen los apartados b, d y g para quedar como sigue:

  1. "Ley".- Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

  2. "Reglamento".- el Reglamento para la Fabricación y Venta de Tortillas en el Municipio de Villa de Álvarez.

  3. "establecimientos".- Lugares donde se comercializa tortillas.

    Se derogue el apartado c.

    Se reforme al apartado i. para quedar como sigue:

  4. "Comercialización", venta de tortillas.

    Se adicionen los apartados j, k, l, m, n y o para quedar como sigue:

    j.- "Reglamento de Licencias".- Reglamento de Licencias Comerciales para el Municipio de Villa de Álvarez.

    l.- "PROFECO".- Procuraduría Federal del Consumidor.

    m.- "Secretaría de Salud".- Secretaría de Salud del Gobierno del Estado.

    n.- "S.H.C.P.".- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    o.- "Tortillerías".- Lugares donde se fabrican y comercializan tortillas.

Artículo 6

Las autoridades competentes para la aplicación, vigilancia y cumplimiento del Reglamento son:

I.-

El H. Ayuntamiento.

II.-

El Presidente Municipal III.-

El Tesorero Municipal IV.-

El Director del Departamento Jurídico V.-

Los Inspectores Municipales.

ARTÍCULO 6

Se reforme la fracción IV para quedar como sigue:

  1. Dirección de Asuntos Jurídicos.

    Se adicione una fracción V pasando la actual a ser la sexta para quedar como sigue:

  2. Dirección de Inspección y Licencias.

  3. Los Inspectores Municipales.

    DE LOS ARTÍCULOS 7 FRACCIÓN III, 8 FRACCIÓN VI Y

    9 FRACCIÓN VIII.

    Se reformen para quedar como sigue:

Artículo 7 ..
  1. Todas aquellas que le confieran las Leyes, el Reglamento de Licencias y el presente Reglamento.

Artículo 8 ..
  1. Todas aquellas que le confieran las Leyes, el Reglamento de Licencias y el presente Reglamento.

Artículo 9 ..
  1. Todas aquellas que le confieran las Leyes, el Reglamento de Licencias y el presente Reglamento.

Artículo 7

Son facultades del H. Ayuntamiento.

ARTÍCULO 7

Se adicione una fracción IV para quedar como sigue:

Artículo 7 ..

IV.-

Autorizar las Licencias que se señalan en el presente ordenamiento.

Artículo 8

Son facultades del Presidente Municipal ARTÍCULO 8

Se derogue la fracción I.

Se adicione la fracción VII para quedar como sigue:

VII.-

Celebrar convenios de colaboración con las autoridades federales y estatales a través de sus dependencias para llevar a cabo las acciones de apoyo por parte de la Federación para incentivar y organizar a los industriales de este giro.

Artículo 7

Son facultades del H. Ayuntamiento.

III.-

Todas aquellas que le confieran la Ley Federal, la Ley Orgánica y el presente Reglamento.

Artículo 8

Son facultades del Presidente Municipal VI.-

Todas aquellas que le confieran la Ley Federal, la Ley Orgánica y el presente Reglamento.

Artículo 9

Son facultades del Tesorero Municipal.

VIII.-

Todas aquellas que le confieran la Ley Federal, la Ley Orgánica y el presente Reglamento Artículo 9.-

Son facultades del Tesorero Municipal.

II.-

Otorgar el cambio de domicilio, traspaso, y el refrendo de las Licencias o negarlo cuando no se cumpla con lo establecido en el Reglamento.

III.-

Firmar las Licencias en acuerdo con el Presidente Municipal y el Director de Asuntos Jurídicos.

IV.-

Recibir las solicitudes de Licencia y turnarlas al Departamento Jurídico para su estudio y dictamen.

VI.-

Ejercer la facultad económica coactiva conforme a las Leyes y Reglamentos vigentes y de conformidad con los lineamientos y criterios que al efecto emita la Dirección del Departamento Jurídico.

VII.-

Formular el procedimiento para garantizar el cumplimiento de las sanciones en caso de que no se haya cumplido con las mismas, de acuerdo con el Director de Asuntos Jurídicos.

ARTÍCULO 9

Se reformen las fracciones II, III, IV, VI y VII para quedar como sigue:

II.-

Autorizar el cambio de domicilio, y otorgar el refrendo de las Licencias o negarlo cuando no se cumpla con lo establecido en el Reglamento o en el Reglamento de Licencias.

  1. Firmar las Licencias en acuerdo con el Presidente Municipal.

  2. Recibir las solicitudes de licencias y turnarlas a la Dirección de Inspección y Licencias.

  3. Ejercer...

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