Reglamento General de Expedición de Licencias para El Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, Industriales y De Servicios del Municipio de Comala

Fecha de disposición12 Abril 2003
Fecha de publicación12 Abril 2003
SecciónAnexos
Número de Gaceta17

DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE COMALA, COLIMAREGLAMENTO GENERAL DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS DEL MUNICIPIO DE COMALAC. L. A. P. FELIPE LÁZARO BARAJAS, Presidente Constitucional del Municipio de Comala, Colima, a los habitantes del mismo hace saber:

Que el H. Cabildo Constitucional de Comala se ha servido dirigirme el siguiente:

ACUERDO QUE CREA EL REGLAMENTO GENERAL DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS DEL MUNICIPIO DE COMALA .

Con fundamento en los Artículos; 45, 116, 117 y 118 de la Ley del Municipio Libre, que establece las facultades de los Ayuntamientos para expedir los Reglamentos y disposiciones administrativas a que se refiere el Artículo 115, Fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Artículo 87, Fracción II de la Constitución Política del Estado de Colima, y C O N S I D E R A N D O :

I.

Que tomando en cuenta las reformas realizadas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y como consecuencia los cambios sufridos por la Constitución de nuestro Estado, resultando de ello la creación de la nueva Ley del Municipio Libre para el Estado, dichas reformas traen como exigencia que, los Municipios de los Estados de la República, adecuen, actualicen y/o creen la Reglamentación correspondiente para garantizar una correcta administración pública municipal y apego de sus funciones y acciones a la Constitucionalidad y Legalidad.

II.

Que en consideración a que el Municipio de Comala, Colima no cuenta con un Ordenamiento Legal que clasifique las Licencias y los Giros Comerciales que funcionan en el mismo, que regule y señale los lineamientos y requisitos necesarios, que permita al H. Ayuntamiento realizar en forma correcta las funciones y atribuciones que le confiere la Constitución General, la Local y la Ley del Municipio Libre vigente para el Estado, es por ello que el Honorable Cabildo a tenido a bien formular, aprobar y mandar publicar el presente Reglamento.

III.

Que como consecuencia de lo anterior y en virtud de que el Municipio de Comala, es integrante del territorio del estado de Colima, y como tal, se encuentra investido de personalidad jurídica y patrimonio propios y, por consiguiente con autonomía en su régimen interno, con facultades para expedir normas, reglamentos, circulares y disposiciones de observancia general que rijan su administración, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia, y aseguren la participación ciudadana y vecinal dentro de su jurisdicción correspondiente, ha tenido a bien expedir el siguiente:

PROYECTO DE REGLAMENTO GENERAL DE EXPEDICIÓN DE LICENCIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS DEL MUNICIPIO DE COMALATITULO PRIMERODE LAS DISPOSICIONES GENERALESCAPITULO UNICODISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 1°

Las disposiciones del presente Reglamento son de orden e interés público de observancia general y tiene por objeto regular el funcionamiento de los establecimientos mercantiles, industriales y de servicios. en lo que corresponde a su apertura, operación y/o clausura de actividades en el Municipio de Comala, Colima.

ARTICULO 2°

Son sujetos del presente reglamento los solicitantes o titulares de una Licencia Municipal de Funcionamiento o Permiso, quienes están obligados a vigilar la observancia de su contenido, por sí o por sus dependientes o empleados, durante el desarrollo de las actividades propias del giro comercial, industrial o de servicios, otorgada en los términos del presente ordenamiento

ARTICULO 3°

Para efectos del presente Reglamento, se entiende por:

Ayuntamiento:

El Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Comala, de conformidad a las disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Constitución Política del Estado de Colima y, la Ley del Municipio Libre, vigente en el Estado.

Administración Pública Municipal:

El H. Ayuntamiento y Dependencias Administrativas Municipales de conformidad a lo establecido por la Ley del Municipio libre del Estado de Colima y demás disposiciones aplicables, Secretaria:

La Secretaría del Ayuntamiento, como dependencia de la administración pública municipal, en los términos dispuestos por la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima y Reglamentación Interna del Municipio, aplicable.

Tesorería:

La Tesorería del Ayuntamiento, como dependencia de la administración pública municipal, en los términos dispuestos por la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima y la Reglamentación Interna del Municipio, aplicable, Licencia:

La Licencia Municipal de Funcionamiento para establecimientos, que expida el Ayuntamiento en los términos de este Reglamento;

Impacto Social:

El efecto derivado de la actividad o actividades propias de determinados giros que, por su naturaleza se considere que puedan alterar el entorno ecológico, el orden y la seguridad pública; o puedan producir efectos que alteren la armonía, salud o bienestar social de la comunidad, Titulares:

Las personas físicas que obtengan en su favor una Licencia o Permiso; o, aquellas que con el carácter de gerentes; administradores; representantes legales u otro carácter legal tengan la responsabilidad de la operación y funcionamiento de un establecimiento que obtenga licencia o permiso a su favor, Reglamento:

el presente Ordenamiento.

Reglamento de Construcción:

el Reglamento de Construcciones y Desarrollo Urbano para el Municipio de Comala, Colima.

Establecimientos:

Los establecimientos comerciales, mercantiles, industriales o de servicio que regula el presente reglamento.

TITULO SEGUNDO DE LA COMPETENCIA Y ATRIBUCIONESCAPITULO I. Artículos 4 a 13

DE LA COMPETENCIA

ARTICULO 4°

Compete la aplicación del presente Reglamento a:

I.

El Ayuntamiento;

II.

El Presidente Municipal; y III.

Las Dependencias; Órganos u Organismos de la Administración Pública Municipal conforme a las atribuciones que les confiere este ordenamiento y las demás disposiciones reglamentarias aplicables.

CAPITULO II Artículos 5 a 13

DE LAS A TRIBUCIONES

ARTICULO 5°

En la aplicación de las normas contenidas en el Reglamento, corresponde al Ayuntamiento, al presidente municipal u a la administración Pública Municipal en general, a través de los directores o jefes de departamento, órganos u organismos, el ejercicio de las siguientes atribuciones.

ARTICULO 6°

Corresponde al Ayuntamiento:

I.

Elaborar, aprobar y mantener actualizado, el Catálogo de Giros que forma parte integral de este Reglamento y al que debe sujetarse la expedición de Licencias;

II.

Acordar y aprobar los requisitos adicionales a los que establece este Reglamento para cada giro, como parte integral de este mismo ordenamiento y que debe publicar y/o entregar la Tesorería Municipal a los interesados en obtener una Licencia o Permiso para el funcionamiento del giro correspondiente, de conformidad con las normas establecidas en éste ordenamiento, los de carácter Federal, Estatal, Municipal; y aquellos correspondientes que a criterio del propio Ayuntamiento, se requieran por el impacto social y que generen alteración al medio ambiente.

III.

Acordar u ordenar la suspensión de actividades en fecha y hora determinadas, de alguno o algunos de los establecimientos que operen bajo uno de los giros considerados dentro de !os tipos B y/o C que se regulan en el artículo 15 del presente Reglamento. con la finalidad de preservar el orden e interés público y la seguridad social, IV.

Acordar los horarios de funcionamiento de los establecimientos;

V.

En tratándose de autorizaciones de los giros comerciales de la categoría B y C o de aquellos que a consideración del Ayuntamiento, impacten la tranquilidad social del municipio, podrá tomarse en cuenta la opinión de los vecinos contiguos del lugar en que se pretenda ubicar el establecimiento comercial.

VI. Acordar el Tabulador de Infracciones o sanciones económicas, como parte integral de este ordenamiento, aplicable por la violación a las disposiciones contenidas en el presente Reglamento; o en su caso, las que se deriven por infracciones a las normas contenidas en reglamentos específicos que expida el propio Ayuntamiento modificándolo o ratificándolo dentro de los primeros 30 días naturales del ejercicio del año fiscal que corresponda.

VII.

Sustanciar y resolver el Recurso de Revisión a que se refiere el Reglamento;

VIII.

Las demás que le confiera este ordenamiento y demás disposiciones aplicables.

ARTICULO 7°

Corresponde al Presidente Municipal:

I.

Coordinar, supervisar y evaluar el cumplimiento de las atribuciones conferidas a las Dependencias y Órganos de la Administración Pública Municipal de conformidad con el Reglamento correspondiente;

II.

Autorizar, suscribir y en su caso revocar las Licencias y Permisos en los términos de los Reglamentos respectivos;

III.

Informar periódicamente al Ayuntamiento el estado que guardan los asuntos relativos al ejercicio de las atribuciones contempladas en el Reglamento;

IV.

Resolver el Recurso de Revocación a que se refiere el Reglamento;

V.

Calificar con la Secretaría del Ayuntamiento, las infracciones establecidas por los reglamentos respectivos;

VI. Las...

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