Reglamento para Establecimientos con Venta de Bebidas Alcohólicas del Municipio de Arteaga, Michoacán

EstadoMichoacán
MunicipioArteaga
COPIA SIN VALOR LEGAL
TOMO CXXXVIII Morelia, Mich., Jueves 20 de Abril del 2006 NUM. 59
Pino Suárez # 154, Centro Histórico, C.P. 58000 SEGUNDA SECCIÓN Tels. y Fax: 3-12-32-28, 3-17-06-84
Responsable de la Publicación:
Secretaría de Gobierno
D I R E C T O R I O
Gobernador Constitucional del Estado
de Michoacán de Ocampo
Lázaro Cárdenas Batel
Secretario de Gobierno
Enrique Bautista Villegas
Director del Periódico Oficial
Arturo Hernández Tovar
Aparece ordinariamente de lunes a viernes.
Tiraje: 300 ejemplares
Esta sección consta de 16 páginas
Precio por ejemplar:
$ 10.40 del día
$ 16.00 atrasado
Para consulta en Internet:
www.michoacan.gob.mx/noticias/p-oficial
www.congresomich.gob.mx
CONTENIDO
PERIODICO OFICIAL
DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MICHOACAN DE OCAMPO
Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse
en este periódico. Registrado como artículo de 2a. clase el 28 de noviembre de 1921.
Fundado en 1867
Director: Arturo Hernández Tovar
ACTA No 41
SESIÓN ORDINARIA DEL H. AYUNTAMIENTO;
CELEBRADA EL DÍA LUNES 27 DE MARZO DEL 2006
En Arteaga, Michoacán; siendo las 10:30 diez horas, treinta minutos, del día 27
veintisiete de marzo de dos mil seis; reunidos para celebrar sesión ordinaria de
H. Ayuntamiento, en el Salón de Cabildos de la Presidencia Municipal, ubicada
en Aldama número uno, colonia Centro; para celebrar sesión ordinaria de
Ayuntamiento, los CC. Lic. Filos. Iván Madero Naranjo, Profra. Ma. del Carmen
Cárdenas Palominos; Presidente Municipal y Síndico Municipal, respectivamente;
y los CC. Regidores Municipales, Profra. Martha Patricia Sosa Vieyra, María de
la Luz Núñez Torres, Profr. J. Jesús Pimentel Espino, Profr. Fernando Valencia
Sánchez, Francisco Ortiz García, Ing. Joel Mendoza Ochoa, y J. Eloy Mata
Camacho; actuando como Secretario del H. Ayuntamiento, el Profr. Jesús
Salvador Ruiz Fernández, con el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1.-...
2.-...
3.-...
4.-...
5.- Autorización de Reglamentación Municipal.
6.-...
7.-...
...........................................................................................................................................
...........................................................................................................................................
H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ARTEAGA, MICH.
REGLAMENTO PARA ESTABLECIMIENTOS
CON VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS
PERIODICO OFICIAL
PAGINA 2
Jueves 20 de Abril del 2006. 2a Secc.
COPIA SIN VALOR LEGAL
En el asunto número cinco sobre autorización de
reglamentación municipal y contando con la presencia del
Lic. José Alfredo Hernández Baeza, jurídico de esta
administración municipal, se presentan para autorización,
los reglamentos municipales de Seguridad Pública, Rastro
Municipal y para Establecimientos con Venta de Bebidas
Alcohólicas del Municipio de Arteaga, Michoacán. El H.
Cabildo al recibirlos y cuestionar al C. Lic. José Alfredo
Hernández Baeza, jurídico de la Administración, sobre el
análisis del marco legal que de los mismos se estudió, y
constatar por este conducto que los reglamentos no pueden
ser objetados legalmente; el H. Cabildo aprueba y autoriza
por unanimidad la reglamentación presentada para su
observancia, girando indicaciones para que a la par de su
publicación en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán,
se elaboren también folletos dirigidos a la ciudadanía para
su conocimiento conteniendo estos información
concentrada de cada Reglamento.
No existiendo más que tratar, se da por terminada la
presente; siendo las 13:21 trece horas, veintiún minutos del
día de su inicio, firmando en la presente los que
intervinieron.
ATENTAMENTE. «SUFRAGIO EFECTIVO. NO
REELECCIÓN», PRESIDENTE MUNICIPAL, LIC. IVÁN
MADERO NARANJO.- SÍNDICO MUNICIPAL, PROFRA.
MA. DEL CARMEN CÁRDENAS PALOMINOS.-
REGIDORES: C. PROFRA. MARTHA PATRICIA SOSA
VIEYRA, C. MARÍA DE LA LUZ NÚÑEZ TORRES, C.
PROFR. J. JESUS PIMENTEL ESPINO, C. PROFR.
FERNANDO VALENCIA SÁNCHEZ, C. ING. JOEL
MENDOZA OCHOA, C. FRANCISCO ORTIZ GARCÍA, C.
J. ELOY MATA CAMACHO.- EL SECRETARIO DEL H.
AYUNTAMIENTO, C. PROFR. JESÚS SALVADOR RUIZ
FERNÁNDEZ, (Firmados).
Certifico que la presente es copia fielmente tomada de su
original, la cual tuve a la vista para su cotejo.
Arteaga, Michoacán, a 03 de abril de 2006.
El Secretario del H. Ayuntamiento, C. Profr. Jesús Salvador
Ruiz Fernández, (Firmado).
__________
REGLAMENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CON
VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS DEL
MUNICIPIO DE ARTEAGA, MICHOACÁN
TÍTULO PRIMERO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.- Las disposiciones del presente Reglamento son
de observancia e interés público en el Municipio de Arteaga,
Michoacán, y tienen por objeto regular la organización, el
funcionamiento, horarios y orden que deben prevalecer en
los establecimientos comerciales y de servicios, con venta
de bebidas alcohólicas señalando las bases para su
operación con el fin de dar seguridad, tranquilidad, salud y
bienestar social a la comunidad.
Artículo 2.- Para los efectos de este Reglamento, se entiende
por giro comercial, la actividad consistente en la compra o
venta, almacenamiento, producción y distribución de bienes
y prestación de servicios, independientemente de la
naturaleza de las personas que lo realicen y de que su práctica
se haga en forma permanente o eventual.
Artículo 3.- Para el funcionamiento de todo establecimiento
comercial, en el que se produzcan, almacenen, distribuyan,
consuman o expendan bebidas alcohólicas de cualquier
graduación se estará a lo señalado en este Reglamento y
demás leyes aplicables en el Estado de Michoacán.
Artículo 4.- Los establecimientos en los que se realicen las
actividades a que se refiere el presente Reglamento, podrán
funcionar en los horarios que se señalan, salvo los días de
descanso obligatorio preceptuados por la Ley Federal del
Trabajo, los señalados en las demás leyes federales y
estatales, y los extraordinarios que se establezcan conforme
a este Reglamento.
Artículo 5.- El Honorable Ayuntamiento podrá variar los
horarios a que se refiere este Reglamento, por causas de
interés general o cuando se presenten circunstancias que
pudieran afectar la paz social, la tranquilidad o el orden
público.
Artículo 6.- El Ayuntamiento podrá autorizar a discreción,
la venta de bebidas alcohólicas con motivo de la celebración
de fiestas o ferias populares, previo el pago de los derechos
respectivos ante la Tesorería Municipal.
Artículo 7.- El Ayuntamiento, clausurará de inmediato todo
establecimiento objeto de este Reglamento en el que exista
prueba de la existencia, posesión, consumo o tráfico de
estupefacientes, drogas, enervantes o similares, y en su
caso dará aviso inmediato a las autoridades competentes.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR