Reglamento para el Cronista, Consejo y Archivo Historico del Municipio de Ensenada Baja California

REGLAMENTO PARA EL CRONISTA, CONSEJO Y ARCHIVO HISTÓRICO DEL MUNICIPIO DE ENSENADA BAJA CALIFORNIA

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 29 DE ENERO DE 2016.

Reglamento publicado en la Sección I del Periódico Oficial del Estado de Baja California, el viernes 14 de marzo de 2008.

EL SUSCRITO MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, SECRETARIO FEDATARIO QUE AUTORIZA Y DA FE, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 115 FRACCION II DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 81 DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA; ARTICULO 5 DE LA LEY DEL REGIMEN MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Y ARTICULO 66, FRACCION IX Y X DEL REGLAMENTO INTERIOR PARA EL AYUNTAMIENTO DE ENSENADA; BAJA CALIFORNIA; HACE CONSTAR Y CERTIFICA, QUE EN SESION ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2008, SE TOMO EL SIGUIENTE:

ACUERDO

Se aprobó en lo general y en lo particular por votación nominal y unánime de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Dictamen No. 06/2008, presentado por las Comisiones Conjuntas de Gobernación y Legislación y la de Educación y Cultura, RELATIVO AL PROYECTO DE REFORMA AL REGLAMENTO DEL CRONISTA, CONSEJO Y ARCHIVO HISTÓRICO DEL MUNICIPIO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA.

Las Comisiones que suscriben, en ejercicio de las facultades que le confieren los Artículos, 5 Fracción IV, 9 Fracciones II y IV de la Ley de Régimen Municipal para el Estado de Baja California; 73 fracción I, 114, 115, 123 y 133 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada Baja California, así como el acuerdo tomado en Sesión Extraordinaria de Cabildo en la que se establecieron las Comisiones para el XIX Ayuntamiento, procedieron a estudiar y analizar el proyecto de reforma al Reglamento para el Cronista, Consejo y Archivo Histórico del Municipio de Ensenada, Baja California, que presentó el Presidente Municipal ante el pleno de Cabildo y que fue turnado a las Comisiones que suscriben para la emisión del presente Dictamen, misma que en consecuencia resuelve dictaminar con apoyo en los siguientes:

ANTECEDENTES.-

  1. - Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 21 de diciembre de 2007, el Presidente Municipal, Lic. Pablo Alejo López Núñez, presenta al Pleno del Cabildo el proyecto de reforma al Reglamento para el Cronista, Consejo y Archivo Histórico del Municipio de Ensenada, Baja California, para ser turnado a las Comisiones Conjuntas de Gobernación y Legislación, y Educación y Cultura, nombrándose coordinador de ambas comisiones al Regidor Coordinador de la Comisión de Gobernación y Legislación, Lic. Julio Felipe García Muñoz.

  2. - Que mediante oficio número 000248 de fecha 22 de diciembre de 2007 remitido por la Secretaría General del Ayuntamiento, se recibió por las Comisiones Conjuntas que suscriben, el proyecto de reforma al Reglamento para el Cronista, Consejo y Archivo Histórico del Municipio de Ensenada, Baja California.

  3. - Que con fundamento en el artículo 128 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, con fecha 14 de febrero de 2008 se giró convocatoria y orden del día, a los integrantes de la Comisión Conjunta de Gobierno y Legislación y Educación y Cultura, misma que fue notificada a la totalidad de los integrantes de la Comisión Conjunta con fecha 14 de febrero del año en curso, a efecto de llevar a cabo sesión de trabajo para Estudiar, Analizar, Discutir, y en su caso, dictaminar el proyecto de reforma al Reglamento para el Cronista, Consejo y Archivo Histórico del Municipio de Ensenada, Baja California, presentado por el Presidente Municipal en la Sesión de Cabildo del día 21 de diciembre de 2007.

    5 (SIC).- Hecho lo anterior en la sesión de comisiones conjuntas el día 15 de febrero de 2008 a las 17:00 horas, en la sala de Juntas "María Emmer de Carrillo", del recinto oficial que ocupa el XIX Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, sito en el Blvd. Reforma número 80, del Fraccionamiento Bahía, se llevó a cabo la correspondiente sesión de estudio, análisis, discusión y dictamen, a la cual asistieron los siguientes Regidores:- POR LA COMISION DE GOBERNACIÓN Y LEGISLACION, JULIO FELIPE GARCÍA MUÑOZ, ROLANDO VILLARINO GALVÁN, EDUARDO COTA OSUNA.- POR LA COMISION DE EDUCACIÓN Y CULTURA, SERAFÍN GONZÁLEZ JUÁREZ, EDUARDO COTA OSUNA, ENOÉ MORALES MEDINA

    Declarándose el Quórum legal de conformidad a lo establecido en el artículo 129 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California.

    Por lo que habiéndose discutido el mismo, se acordó resolver sobre la REFORMA AL REGLAMENTO PARA EL CRONISTA, CONSEJO Y ARCHIVO HISTÓRICO DEL MUNICIPIO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, bajo los Considerandos y Puntos de Acuerdo que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS

  4. - Que, de conformidad a lo que dispone el artículo 130 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, y una vez iniciado en el proceso de estudio, análisis, y discusión del Proyecto de Reforma, se propuso la modificación del Proyecto inicial de reforma al Reglamento para el Cronista, Consejo y Archivo Histórico del Municipio de Ensenada, Baja California, en los artículos, de la forma y con las consideraciones que se mencionan a continuación:

    1. A EFECTO DE CONTRIBUIR AL ENRIQUECIMIENTO DEL PROYECTO DE REFORMA DEL REGLAMENTO, SE AGREGAN COMO PROPUESTAS.

    1. Agregar al artículo 5 las definiciones de los siguientes conceptos: Ayuntamiento, Municipio, Presidente, e Instituto.

    2. Se modifica el artículo 16 en su fracción II, para quedar como sigue: "Emitir ... la Presidencia Municipal o el Instituto estime oportunos ... ", a efecto De incluir al instituto como parte integrante de esta tarea.

    3. Se modifica el artículo 17 en su fracción III, para quedar como sigue: "A ser invitado a los actos públicos organizados por el Ayuntamiento y el Instituto."

    4. Se modifica el artículo 18 en su fracción I a efecto de que el Cronista Oficial pueda representar tanto al Presidente como al Instituto en los actos que se le solicite.

    5. Se modifica el artículo 19 para dejar integrado el Consejo Ciudadano para el Archivo Histórico con nueve miembros, modificándose en su fracción IV para quedar cinco ciudadanos en lugar de cuatro, y por tanto dejarlo conformado por un número non de miembros.

  5. - Que una vez consensadas las modificaciones a que se refiere el punto anterior, se somete a consideración de los integrantes de las Comisiones Conjuntas de Gobernación y Legislación y de Educación y Cultura, para su aprobación el proyecto de reforma al Reglamento para el Cronista, Consejo y Archivo Histórico del Municipio de Ensenada, Baja California, con las modificaciones señaladas en el punto anterior, para ser votado de conformidad a lo dispuesto por el artículo 131 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California.- RESULTANDO:

    Después del análisis de la Comisión de Gobernación y Legislación y la de Educación y Cultura, realizado con el apoyo técnico y jurídico correspondiente, y habiendo discutido y observado de Manero puntual todos y cada uno de los requisitos legales poro la emisión de la correspondiente conclusión.

    Se pone a consideración del H. Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el siguiente: PUNTO DE ACUERDO.-

    PRIMERO.- Se aprueba en lo general por UNANIMIDAD DE VOTOS de los Regidores presentes Integrantes de las Comisiones de Gobernación y Legislación así como la de Educación y...

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