Reglamento del Comite Interno Municipal de Seguimiento y Vigilancia de la Aplicacion de la Ley de Proteccion de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Municipio de Doctor Arroyo, para el Estado de Nuevo Leon
REGLAMENTO DEL COMITÉ INTERNO MUNICIPAL DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA DE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León, el lunes 4 de noviembre de 2013.
EL LIC. JUAN FRANCISCO ESPINOZA EGUIA, PRESIDENTE MUNICIPAL DE DOCTOR ARROYO, NUEVO LEON, A TODOS LOS HABITANTES DE ESTE MUNICIPIO, HAGO SABER:
QUE EL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DE DOCTOR ARROYO NUEVO LEON, EN SESION ORDINARIA CELEBRADA EL DIA MIERCOLES 23 DE OCTUBRE DEL 2013 Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULO (SIC) 26 INCISO A) FRACCION VII, INCISO C) FRACCION VI, 27 FRACCION IV, ARTÍCULO 160 AL 167 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE NUEVO LEON, ACORDO LA APROBACION Y EXPEDICION DEL SIGUIENTE:
REGLAMENTO DEL COMITÉ INTERNO MUNICIPAL DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA DE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN.
ÍNDICE
DE LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ MUNICIPAL
DE LAS SESIONES DEL COMITÉ MUNICIPAL
DE LA FORMA DE RENOVACIÓN DE LOS VOCALES
DE LOS SUBCOMITÉS
De sus estructuras
De su integración
REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ MUNICIPAL DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA DE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES PARA EL ESTADO DE NUEVO LEÓN.
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Comité Municipal.- El Comité Municipal de seguimiento y Vigilancia de la aplicación de la Ley de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Nuevo León.
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Convención.- La Convención sobre los Derechos del Niño, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1991.
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Ley.- La Ley de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Nuevo León.
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Reglamento.- El Reglamento del Comité Municipal de Seguimiento y Vigilancia de la Aplicación de la Ley de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Nuevo León.
Está orientado por los principios rectores de la no discriminación, el interés superior del niño, el derecho a la vida, la supervivencia, la salud, la educación, el desarrollo y la participación.
DE LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ MUNICIPAL
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Promover la formación de Comités Municipales con estructura similar al Comité Estatal, de acuerdo a sus necesidades, características de su población y circunstancias que resulten de importancia para el cumplimiento de sus objetivos.
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Planear, apoyar y ejecutar la celebración de conferencias, pláticas, simposiums, talleres y en general actividades, que se consideren necesarias para lograr el cumplimiento del objeto y objetivos de la Ley, y
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Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas aplicables.
DE LAS SESIONES DEL COMITÉ MUNICIPAL
En sesiones extraordinarias sólo podrán ser tratados aquellos asuntos para los cuales fue convocado el Comité Municipal. Tratándose de sesiones ordinarias, cualquiera de los integrantes asistentes dentro de la sesión, podrá solicitar la incorporación al orden del día los asuntos que considere convenientes y se someterá a votación.
La convocatoria a las sesiones ordinarias y extraordinarias se hará mediante oficio con acuse de recibido dirigido a cada unos (sic) de los integrantes del Comité Municipal o por otro medio fehaciente que determine el Secretario Técnico previo acuerdo con el Coordinador General.
El nombramiento del suplente, deberá constar por escrito.
Los acuerdos se considerarán válidos cuando sean aprobados por la mitad más uno de los presentes en la sesión, en caso de empate, la Presidencia tendrá voto de calidad.
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