Reglamento de la Comision del Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de el Llano, Aguascalientes

REGLAMENTO DE LA COMISION DEL AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL LLANO, AGS.

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el lunes 2 de junio de 2003.

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE EL LLANO, AGS.

REGLAMENTO DE LA COMISION DEL AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL LLANO, AGS.

PARTE I
CAPITULO I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 152
ARTICULO 1°

Las disposiciones del presente Reglamento son de orden público e interés general y tiene por objeto regular la prestación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado, en términos de lo dispuesto en el Artículo 115, Fracciones II y III, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículos 66, inciso a), y 69 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes; Artículo 39, Fracciones I, II, y XXXVIII, inciso a), de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Aguascalientes; Artículos 13 y 17 de la Ley de Agua para el Estado de Aguascalientes y los Artículos 28, 102, 103 y el párrafo primero del Capitulo 11,apartado primero del Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento, del Bando de Policía y Gobierno Municipal de El Llano, Ags.

ARTICULO 2° La prestación de los servicios de agua potable, tratamiento de aguas, drenaje y saneamiento, constituye un servicio público que está a cargo de la Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento (CAPAS) del Municipio de El Llano, Ags., de conformidad con el fundamento legal mencionado en el Artículo precedente.
ARTICULO 3° Para los efectos del presente Reglamento se entiende por:
  1. Acueducto: Conducto natural o artificial, ya sea superficial, subterráneo o elevado, para conducir agua de esa fuente de abastecimiento a un depósito determinado o a la red de distribución;

    II) Aforo: El volumen del líquido que fluye por un conducto o caudal en la unidad del tiempo;

    III) Agua Pluvial: La generada por la precipitación de los condensados de vapor de la atmósfera;

    IV) Agua Potable: Aquella cuya ingestión no cause efectos nocivos para la salud;

  2. Agua Residual: Aquella que resulte de cualquier uso primario del agua, y que haya sufrido degradación alguna;

    VI) Agua Residual Tratada: El líquido de composición variada proveniente del agua residual y que resulte de uno o más conjuntos de procesos de tratamiento;

    VII) Albañal Exterior: Parte del conjunto que desaloja aguas pluviales y residuales, comprendida desde el parámetro o alineamiento del predio, hasta la conexión a la atarjea;

    VIII) Albañal Interior: Parte del conducto que desaloja aguas pluviales y residuales comprendida en el interior de un predio, hasta su conexión con el albañal exterior;

    IX) Alberca: Depósito de agua con fines deportivos, terapéuticos o de recreación construido con muros de concreto reforzado o con cualquier otro tipo de material estructural;

  3. Alcantarillado: La red o sistema de conductos y dispositivos para recolectar y conducir las aguas residuales y pluviales al desagüe o drenaje;

    XI) Amortiguador de golpe de ariete: El mecanismo para disminuir la sobre presión que se produce en una tubería cuando se corta el flujo del agua;

    XII) Atarjea: La parte del alcantarillado que recibe las aguas pluviales conducidas por los albañales exteriores;

    XIII) Barranca: Cauce natural de diferentes medidas originado por los escurrimientos pluviales y condiciones topográficas;

    XIV) Brocales: Antepecho de concreto o mampostería que rodean las bocas de pozos de ventilación o pozos de vista o cajas de unión, que permiten el acceso a los conductos de alcantarillado y drenaje;

    XV) Cajas de Válvulas: Estructura construida a base de muros y lozas de concreto para alojar mecanismos de control y regularización de caudales, con el objeto de operar líneas de conducción y distribución de aguas;

    XVI) Canal o Cauce Abierto: Conducto superficial natural o artificial que recoge, conduce, transporta y evacúa agua;

    XVII) CAPAS: Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de El Llano, Ags.;

    XVIII) Cárcamo: Estructura para alojar agua; XIX) Carro o tanque: Vehículo acondicionado para el transporte de agua;

    XX) Caudal o flujo: El volumen del agua conducida en la unidad de tiempo;

    XXI) Cegamiento: La realización de obras que tiene por objeto tapar un pozo para evitar su explotación y la contaminación del acuífero;

    XXII) Cisterna: Depósito subterráneo para almacenar agua;

    XXIII) Coladera Pluvial: La estructura con rejilla de piso o banqueta que permite el acceso del agua pluvial al sistema de alcantarillado y drenaje;

    XXIV) Colector: Conducto principal en donde convergen aguas pluviales y residuales de la red secundaria de drenaje;

    XXV) Conductos: Las tuberías y canales que permiten el flujo del agua;

    XXVI) Cuadro: Conjunto de tuberías y piezas que se ubican a la entrada de los predios para el suministro de agua;

    XXVII) Derecho de vía: Area destinada a los conductos hidráulicos naturales o artificiales para protección;

    XXVIII) Derivación: La toma de agua que se conecta en la red de distribución interna de un predio, para abastecer de agua a los giros y establecimientos que independientemente formen parte del mismo;

    XXIX) Desazolve: Extracción de residuos sólidos acumulados en tuberías, pozos, lagos, lagunas, presas y en general en cualquier estructura hidráulica natural o artificial;

    XXX) Descarga: Las aguas residuales y pluviales que se vierten en el sistema de alcantarillado y drenaje;

    XXXI) Desechos: Aquellos residuos en solución o suspensión en el agua que transportan a través de los conductos del drenaje y el alcantarillado;

    XXXII) Drenaje: Sistema de cañerías o tuberías de concreto simple o reforzado de diversos diámetros para el desagüe de aguas negras que capta la red de alcantarillado en el Municipio;

    XXXIII) Fosa Séptica: Depósito sanitario donde se acumulan aguas residuales para un tratamiento primario;

    XXXIV) Hidrante: Surtidores de agua de diferentes diámetros para servicio público;

    XXXV) Instituto: Instituto Nacional del Agua;

    XXXVI) Lago Recreativo: Depósito de agua residual, tratada o pluvial en un área de terreno destinado a la diversión;

    XXXVII) Laguna de Infiltración: Depósito de agua residual tratada o pluvial, destinada a recargar los mantos friáticos;

    XXXVIII) Laguna de Regulación: Depósito destinado a la captación de aguas residuales y pluviales para su almacenamiento temporal, a fin de regular los excedentes en la red principal de drenaje;

    XXXIX) Manantial: Lugar donde aflora o nace agua en forma natural;

    XL) Medidor: Instrumento que sirve para cuantificar el caudal o flujo de agua que pasa por una tubería:

    XLI) Normas Técnicas Ecológicas: Las expedidas y las que expida la Autoridad competente para regular la calidad del agua, las descargas de agua a la red de drenaje o alcantarillado en el Municipio;

    XLII) ORGANISMO: Por tal se entenderá a la Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de El Llano, Ags. Dicho organismo Paramunicipal fue creado para la prestación del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado en el Municipio de El Llano, Ags.;

    XLIII) Planta Potabilizadora: Instalación industrial compuesta de un conjunto de unidades de proceso que mejoran la calidad del agua para el consumo humano;

    XLIV) Planta de Tratamiento: Instalación industrial compuesta de un conjunto de unidades de proceso que depuran las aguas residuales a fin de reutilizarse de conformidad con las normas de salud y ecología establecidas;

    XLV) Pozo: La excavación o perforación que se hace en el terreno para extraer, inyectar agua o para otros fines;

    XLVI) Pozo de infiltración: Instalación construida para recargar los mantos friáticos con las aguas pluviales y/o tratadas;

    XLVII) Pozo de observación: La excavación de sección circular construida para medir los niveles friáticos y determinar la calidad del agua subterránea;

    XLVIII) Presa de regulación: Estructura construida para la captación de aguas de los ríos, arroyos y/o barrancas, para el almacenamiento a fin de regular los excedentes de la red principal del drenaje;

    XLIX) Reademar: Colocar otro ademe o tubería del pozo para evitar que el terreno se derrumbe cegando el pozo;

  4. Rebombeo: Acción para conducir y elevar el agua, mediante el equipo adecuado;

    LI) Red Primaria de Agua Potable: Sistema de tuberías cuyos diámetros son igualo mayor a 50 cms.;

    LlI) Red Primaria de Drenaje o Colector Primario: sistema de tuberías cuyo diámetro es igualo mayor a 60 cms.;

    LlII) Red Secundaria de Drenaje: Sistema de tuberías cuyo diámetro es menor a 60 cms. y en el cual se conectan los tubos de descarga de los drenajes de los usuarios;

    LlV) Reductor de Flujo: Artefacto que adicionado o integrado a los muebles y dispositivos de servicio reduce el flujo de agua;

    LV) Represa: Estructura construida para almacenamiento y control del agua;

    LVI) Riego: Acción de esparcir agua sobre la tierra por diferentes métodos;

    LVII) Río entubado: Corriente o cauce natural confinado por medios artificiales;

    LVIII) Tanque de almacenamiento: Depósito artificial para almacenar grandes volúmenes de agua que posteriormente serán distribuidos al sistema hidráulico;

    LlX) Toma: Conexión a la red secundaria para dar servicio de agua al usuario;

    LX) Uso Comercial o Industrial: Cuando el agua forma parte del bien o servicio industrializado o comercializado o de su proceso de producción;

    LXI) Uso Doméstico: Cuando el agua se destine a beber, preparar alimentos en casa, al...

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