Reglamento del Centro de Informacion y Biblioteca, Laboratorios y Talleres de la Universidad Politecnica del Golfo de Mexico
REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Y BIBLIOTECA, LABORATORIOS Y TALLERES DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL GOLFO DE MÉXICO DEL ESTADO DE TABASCO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Suplemento P del Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el miércoles 5 de diciembre de 2012.
Los integrantes de la Junta Directiva de la Universidad Politécnica del Golfo de México, con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 2 fracción III y 15 fracción VIII del Acuerdo de Creación de la propia Universidad; y
CONSIDERANDO...
En virtud de lo anterior, es por lo cual este Órgano de Gobierno, tiene a bien expedir el siguiente:
REGLAMENTO DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Y BIBLIOTECA, LABORATORIOS Y TALLERES DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DEL GOLFO DE MÉXICO.
CONTENIDO
DE LA AUTORIDAD DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Y BIBLIOTECA, LABORATORIOS Y TALLERES
DEL HORARIO DE SERVICIO
DERECHOS
OBLIGACIONES
DE LA SEGURIDAD
DE LA OPERACIÓN
DE LA DISCIPLINA
DE LA CREDENCIAL
DEL FORMATO
DEL VALE
DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Y BIBLIOTECA
DE LOS LABORATORIOS Y/O TALLERES
LABORATORIO DE CIENCIAS BÁSICAS
LABORATORIO DE CÓMPUTO
LABORATORIO DE LENGUAS EXTRANJERAS
DE LOS TALLERES DE SIMULACIÓN, ELECTRÓNICA, TECNOLOGÍA DE MATERIALES, EXPLORACIÓN Y FLUÍDOS DE PERFORACIÓN.
SANCIONES DISCIPLINARIAS
El presente reglamento tiene por objeto establecer las bases respecto de las normas mínimas que deberán acatar los usuarios de los equipos de laboratorios, talleres y el material del Centro de Información y Biblioteca en general, dentro de las instalaciones de estos mismos, ya que estos son de gran importancia para la formación académica de la Comunidad Universitaria.
Los laboratorios y talleres se utilizaran únicamente para la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos en el aula. Estos tan solo podrán ser utilizados previa autorización del área académica, a través del responsable del laboratorio o taller.
Dicha autorización deberá solicitarse por escrito, directamente al responsable correspondiente, quien llevará una bitácora de registro del uso de dichos talleres o laboratorios.
El uso del material y equipo del Centro de Información y Biblioteca deberá hacerse previo registro y documentación requerida por los responsables. De acuerdo con los procedimientos de realización de los servicios del Centro de Información y Biblioteca.
Para la observancia del presente reglamento se utilizarán las siguientes definiciones:
CIBI: Centro de Información y Biblioteca.
Usuario: La persona que solicite el acceso al laboratorio, taller o al Centro de Información y Biblioteca, llámese, alumno, académico, técnico de apoyo y de servicios administrativos, y que acredite por medio de su credencial que forma parte de la Comunidad Universitaria, de algún grupo de capacitación para el trabajo, un proyecto de capacitación comunitaria o proyectos de investigación, los cuales deberán portar en todo momento su gafete de participación de dicho proyecto.
Responsable de laboratorio: Director de carrera nombrado por el Secretario Académico, para hacerse cargo de la coordinación del funcionamiento de talleres y laboratorios.
Auxiliar del Responsable de taller y/o Laboratorios: Persona Asignada por el Secretario Académico para apoyar al responsable del laboratorio en el cumplimiento de sus funciones.
Responsable del Centro de Información y Biblioteca: Persona asignada por la Secretaría Académica de la Universidad, para hacerse cargo y responsable del material e instalaciones del Centro de Información y Biblioteca. Verificar si el usuario es interno o externo y ser necesario orientar sobre el contenido de los materiales bibliohemerográficos, controlando la prestación de los servicios que proporcione el CIBI.
DE LA AUTORIDAD DEL CENTRO DE INFORMACIÓN Y BIBLIOTECA, LABORATORIOS Y TALLERES
Para los efectos del presente Reglamento, la Secretaría Académica, a través de los Directores de Carrera correspondientes serán (sic) la máxima autoridad de los talleres y laboratorios quien a su vez, podrán (sic) delegar su autoridad al auxiliar de laboratorios, para que se haga cargo de la atención de los mismos en los diferentes horarios conforme al programa de la Secretaría Académica.
Será responsabilidad de la Secretaría Académica por medio de la Dirección de Recursos Humanos, designar al responsable de la Biblioteca.
Podrán hacer uso de los talleres y laboratorios fuera del horario preestablecido, siempre que se cumplan con los requisitos que establezca previamente la Secretaría Académica, a través de sus respectivas direcciones de carrera.
DEL HORARIO DE SERVICIO
Según la programación de prácticas de la Secretaría Académica.
Siempre se procurará mantener el servicio durante el horario señalado. En caso de que sea necesario suspenderlo, se dará a conocer la fecha de suspensión por escrito y con anticipación a los docentes o responsables de carrera, quienes informarán a los alumnos.
El horario de atención del Centro de Información y Biblioteca es de 07:00 a 20:00 hrs. de Lunes a Viernes y Sábados de 8:00 a 13:00.
DERECHOS
Los usuarios tienen derecho a solicitar todos los servicios que proporcionan los talleres y laboratorios, de conformidad con el presente Reglamento, así como recibir información, orientación y asesoría sobre el uso de los mismos.
En el caso de los laboratorios y talleres los usuarios serán admitidos y permanecerán en el interior, solo bajo supervisión del profesor responsable del grupo.
En el caso del Centro de Información y Biblioteca los usuarios solo podrán ingresar y permanecer en las instalaciones durante los horarios de atención y estando la persona responsable presente.
Los usuarios internos y externos tienen derecho a los servicios que proporcionen los talleres, laboratorios y del Centro de Información y Biblioteca, mediante el llenado del formato de control de calidad y registro en la bitácora correspondiente, así como la presentación de la credencial expedida por la Universidad, siempre y cuando no contravenga a lo estipulado en el presente Reglamento.
En caso de que el taller o laboratorio haya sido solicitado simultáneamente por un usuario externo y uno interno, se les dará prioridad a los usuarios internos.
Para los efectos de titulación los alumnos solicitarán en el Departamento de Servicios Escolares la hoja de no adeudo en los Talleres, laboratorios y el CIBI, por lo que deberán acudir a los respectivos Departamentos para recabar la firma y sello correspondiente, previamente revisando en la Base de datos que no cuenten con adeudos de material por lo que en caso de presentar adeudo deberán cumplir obligatoriamente con la devolución en buenas condiciones físicas o compra del material.
OBLIGACIONES
Todo usuario habrá de cumplir con las siguientes obligaciones:
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El usuario o el responsable del grupo, que realicen prácticas de talleres o laboratorio anotará en la bitácora de registro los datos correspondientes al equipo que se utilizará, los cuales serán supervisados por el auxiliar en turno. Si el usuario omitiera el registro, se le solicitará se retire del laboratorio.
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El servicio del préstamo a domicilio será de 3 días hábiles a los usuarios de Nivel Licenciatura y 5 días hábiles para los de Posgrado, contando a partir de la fecha de entrega del acervo bibliohemerográfico por lo que el responsable del CIBI deberá verificar las condiciones y hacer la revisión del mismo al momento de la devolución en el término fijado.
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Para tener acceso a los laboratorios, talleres y/o Centro de Información y Biblioteca se debe mostrar y entregar su credencial, expedida por la Universidad y, en el caso del usuario externo y personal administrativo deberán entregar identificación oficial y/o credencial que los...
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