Reglamento de Buen Gobierno en Materia de Venta de Bebidas Alcohólicas

EstadoTlaxcala
MunicipioTlaxcala
H. Ayuntamiento Constitucional
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos
Mexicanos.- H. Ayuntamiento Constitucional.-Tlaxcala, Tlax.
Dependencia: Presidencia Municipal
Sección: Dirección de Gobernación.
Oficio No. 2/986
Expediente: 2/986 Reglamentos.
ASUNTO: Decreto No. 2. Reglamento de Buen Gobierno en materia de venta de bebidas alcohólicas
del Municipio de Tlaxcala, Tlax.
Decreto No. 2 Reglamento de Buen Gobierno en materia de venta de bebidas alcohólicas del
Municipio de Tlaxcala, Tlax.
C. Lic. Ariel Lima Pineda, Presidente Municipal Constitucional de Tlaxcala, Tlax., a sus
habitantes sabed:
Que por conducto de la Secretaría del H. Ayuntamiento se me ha comunicado lo siguiente:
El H. Ayuntamiento del Municipio de Tlaxcala, Tlax., en Solemne Sesión de Cabildo, de
acuerdo con lo previsto en los artículos 90 y 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano
de Tlaxcala, de los artículos 32 fracción I y 33 fracción II de la Ley Orgánica Municipal, a nombre del
pueblo
DECRETA :
NUMERO DOS
Reglamento de buen Gobierno en materia de venta de
bebidas alcohólicas.
ARTICULO 1o.- Para los efectos del presente Reglamento se consideran como bebidas
alcohólicas y embriagantes aquellas cuyo contenido alcohólico sea superior a 5° GL (cinco grados Gay
Lusac).
ARTICULO 2o.- Para los mismos efectos se incluyen los siguientes establecimientos:
I.- CANTINAS.- Las que se dedican a la venta de bebidas alcohólicas al copeo.
II.- PULQUERIAS.- Las que expenden exclusivamente pulque en cualquiera de sus formas de
elaboración.
III.- RESTAURANTES Y FONDAS.- Las que se dedican a la preparación y venta de alimentos que
cuenten además con licencia para la venta de bebidas alcohólicas.
IV.- RESTAURANTES, HOTELES Y SALONES DE BAILE, ASI COMO CENTROS DE DIVERSION
NOCTURNA.- En los que se expenden bebidas alcohólicas y cuentan generalmente con pistas de
baile y actúan conforme a HORARIO ESPECIAL O ESPORADICAMENTE.
V.- En general, los lugares en que se expenden bebidas alcohólicas dentro del Municipio de Tlaxcala.

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