Reglamento de la Biblioteca del Congreso del Estado de Jalisco Valentin Gomez Farias
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO "VALENTIN GOMEZ FARIAS"
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en la Sección II del Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el jueves 15 de mayo de 2003.
Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno Estados Unidos Mexicanos.
CIUDADANOS DIPUTADOS:
La Comisión de Biblioteca, Archivo y Editorial, con fundamento en el artículo 28 fracción I de la Constitución Política del estado, y de conformidad con el procedimiento establecido en la Ley Orgánica del Poder Legislativo en sus artículos 85, 88 y 90 tercer párrafo, someto a la consideración de este H. Congreso, iniciativa de acuerdo económico por el cual se crea el Reglamento de la Biblioteca del Congreso del Estado "Valentín Gómez Farías", para lo cual hacemos las siguientes
CONSIDERACIONES.
Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración de este H. Congreso, el siguiente punto de
ACUERDO ECONÓMICO
ÚNICO.- Se crea el Reglamento de la Biblioteca del Congreso del Estado de Jalisco "Valentín Gómez Farías", para quedar como sigue:
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO "VALENTÍN GÓMEZ FARÍAS"
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Biblioteca: la Biblioteca del Congreso del Estado de Jalisco "Valentín Gómez Farías";
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Comisión: la Comisión Legislativa de Biblioteca, Archivo y Editorial;
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Congreso: el H. Congreso del Estado de Jalisco;
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Dirección: la Dirección de Documentación e Información del H. Congreso del Estado de Jalisco;
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Director: el titular de la Dirección de Documentación e información del H. Congreso del Estado de Jalisco; y (sic)
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Publicaciones y documentos deteriorados: aquellas que tengan su encuadernación rota, hojas sueltas o quebradizas;
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Publicaciones y Documentos Antiguos: Aquellas cuya fecha de procedencia data del siglo XIX.
DEL INGRESO A LA BIBLIOTECA
Los niños menores de 12 años deberán ingresar y permanecer acompañados por un adulto.
No está permitido el ingreso con libros propios, publicaciones periódicas, carteras, carpetas cerradas, mochilas o portafolios. Las pertenencias personales deberán dejarse en el área de paquetería.
La Biblioteca no se hace responsable por objetos personales olvidados en las mesas de trabajo ni de aquellos que no hayan sido depositados en la paquetería.
Al ingresar al área de lectura se debe guardar absoluto silencio, y en las áreas de trabajo en equipo se deberá mantener un volumen de voz moderado.
DEL HORARIO DE SERVICIO
La atención de solicitudes se suspenderá quince minutos antes de cerrar el servicio.
DEL PRÉSTAMO DE MATERIALES
El préstamo interno...
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