Reglamento de Ascensos para la Policia Judicial del Estado de Chihuahua
REGLAMENTO DE ASCENSOS PARA LA POLICIA JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Folleto Anexo del Periódico Oficial del Estado de Chihuahua, el miércoles 6 de julio de 1994.
FRANCISCO JAVIER BARRIO TERRAZAS. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA. EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONCEDE LA FRACCION IV DEL ARTICULO 93 DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, HE TENIDO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE
REGLAMENTO DE ASCENSOS PARA LA POLICIA JUDICIAL DEL ESTADO DE HIHUAHUA
Agente Investigador
Jefe de Grupo
Segundo Comandante
Primer Comandante de Zona
Coordinador Operativo
I - Ser ciudadano mexicano, en ejercicio de sus derechos.
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Acreditar, que ha observado buena conducta y no haber sido sentenciado ejecutoriamente como responsable de delitos intencionales o preterintencionales.
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Presentar y aprobar los exámenes de ingreso.
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Egresar de la Academia Estatal de Policía.
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Tener una edad entre 21 y 35 años.
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Ser aprobado por el CECADE.
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Pasar prueba Anti-doping.
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Tener estudios de preparatoria o equivalente.
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No tener parientes en la Procuraduría General de Justicia dentro del cuarto grado por consanguinidad y en segundo grado por afinidad.
ASPIRANTES A JEFES DE GRUPO
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Ser aprobado en el examen que establece este Reglamento.
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Estar el interesado en servicio activo en la Policía Judicial durante los 18 meses inmediatos anteriores al día del examen.
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Dictamen sobre conveniencia y viabilidad de ascenso, emitido por los funcionarios mencionados en el Articulo 35 de este Reglamento, en que analicen cuidadosamente el expediente del aspirante, mismo dictamen que será calificado en definitiva por el Procurador General.
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No tener impedimento físico que se oponga a las funciones de Jefe de Grupo.
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Pasar prueba Anti-doping.
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Presentar su declaración patrimonial.
Los exámenes serán oral y escrito y comprenderán los siguientes conceptos o materias: 1.- conocimientos de derecho relacionados con la actividad de investigación policial. 2.- Técnicas o tácticas policiales. 3.- Ejercicio de autoridad. 4.- Organización de la administración, el mando directo y la cadena de mando 5.- Orden jerárquico. 6.- Unidad de mando. 7.- Dirección y coordinación. 8.-Delegación de autoridad. 9.- Coordinación y dirección de operativos. 10.- Liderazgo. 11.- Manejo del grupo y 12.- Organigrama de la Procuraduría General de Justicia.
Una vez concluidos los exámenes, estos serán depositados en un contenedor cerrado y lacrado en el cual estamparán sus firmas los supervisores, para luego ser abierto al momento de proceder a la calificación de los mismos, que se llevará a efecto en el lugar, día y hora que designe el Procurador General.
La aplicación de los exámenes orales se llevará a efecto en forma colegiada por el Subprocurador y Primer Comandante de la zona donde se practiquen, así como por el Director de la Escuela Estatal de Policía y un representante de la Contraloría de...
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