Reglamento del Archivo Municipal de Ixtlahuacan, Colima

REGLAMENTO DEL ARCHIVO MUNICIPAL DE IXTLAHUACAN, COL.

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 10 de febrero de 2001.

Ing. E. Germán Virgen Verduzco, Presidente Municipal de Ixtlahuacán, Colima, a sus habitantes hace saber:

Que el H. Cabildo Constitucional de Ixtlahuacán, Colima, se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:

REGLAMENTO DEL ARCHIVO MUNICIPAL DE IXTLAHUACÁN, COL.

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 27
ARTÍCULO 1 El objetivo del presente reglamento es el de lograr que el Archivo Municipal sea resguardado, que su manejo sea funcional y cumpla con el servicio que requiere la administración, auxilie en la investigación y brinde el servicio de carácter social que debe tener, conforme a los lineamientos que se señalan.
ARTÍCULO 2 Corresponde a la Secretaría del Ayuntamiento de Ixtlahuacán, el manejo y cuidado del Archivo Municipal.
ARTÍCULO 3 Se da el nombre de Archivo Municipal de Ixtlahuacán, al conjunto de documentos generados y recibidos, por las diversas dependencias de la Administración pública municipal de Ixtlahuacán, en el ejercicio de sus funciones que se Concentran, Conservan y Custodian por constituir información de tipo oficial.
CAPÍTULO II Artículos 4 a 19

DE LAS FUNCIONES Y DE LA ADMINISTRACIÓN

ARTÍCULO 4 El Archivo Municipal es un órgano de la Secretaría del Ayuntamiento de Ixtlahuacán y tiene como objetivos:
  1. Adecuar la fuente de información documental del gobierno municipal, mediante la recepción, control, clasificación, conservación, depuración y retroalimentación oficial municipal para la eficaz toma de decisiones.

  2. Definir políticas en la administración documental de los archivos de trámite conformados en las dependencias del organigrama municipal.

  3. Realizar tareas que coadyuven a incrementar, preservar y proyectar su acervo histórico, rescatando, adquiriendo y/o custodiando lo que su soporte contenga para su integración evidencia histórica regional y/o estatal.

  4. Llevar el registro de todos los convenios, contratos, concesiones y todos los demás actos trascendentes que realice el Ayuntamiento y los que se indican en este propio reglamento.

  5. Ser parte del sistema estatal de archivos, sistema coordinado por el Archivo General del Estado, de acuerdo con lo que al respecto se legisle.

  6. Deberá remitirse al Archivo Municipal las libretas de registro de visitantes en el museo comunitario, gruta de San Gabriel y el libro de crónicas del Cronista al final de cada administración municipal.

ARTÍCULO 5 El Archivo Municipal constará de tres secciones

a).- Sección de Archivos Administrativos

b).- Sección de Archivo Histórico

c).- Sección de Registro Municipal

ARTÍCULO 6

A la Sección de Archivo Administrativo se encargará toda la documentación que generen las diferentes dependencias del Ayuntamiento y que conforme a lo previsto por este Reglamento deberán entregarse al Archivo, y será responsabilidad del Director del Archivo Municipal requerir anualmente a todas las dependencias Municipales le proporcionen la documentación referida en el artículo 6 de este reglamento.

ARTÍCULO 7 A la Sección de Archivo Histórico deberá encargarse toda la documentación que tenga valor histórico de acuerdo a la clasificación que se haga por parte de la Dirección del Archivo.
ARTÍCULO 8 A la Sección de Registro Municipal se encargará el Registro de la documentación que por su importancia trasciendan de una administración a otra y contará a su vez con las siguientes secciones:
  1. Sección de Registro de Contratos en la que se registrarán todos los convenios y contratos que el Ayuntamiento celebre con particulares.

  2. Sección de Registro de Concesiones en la cual se registrarán todas las concesiones que conceda el Ayuntamiento a particulares.

  3. Sección de Registro de Propiedades Municipales. En la cual se registrarán los inmuebles del municipio así como los movimientos que de ellos se hagan.

  4. Sección de Varios.- En la cual se...

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