Reglamento para las Actividades Culturales Y/o Deportivas de la Universidad Tecnologica de Gutierrez Zamora

REGLAMENTO PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES Y/O DEPORTIVAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE GUTIERREZ ZAMORA

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Extraordinario de la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, el jueves 27 de noviembre de 2008.

El Honorable Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica de Gutiérrez Zamora, con fundamento en lo que establecen los artículos 50, párrafos primero y segundo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave; 3°, 44 y 46 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 6° fracción XIV y 12 fracción II del Decreto del Organismo, de conformidad con lo acordado en la 1ª reunión ordinaria 2007 celebrada el 10 de agosto de 2007, tiene a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO PARA LAS ACTIVIDADES CULTURALES Y/O DEPORTIVAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE GUTIÉRREZ ZAMORA

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 12
Artículo 1 Para los efectos del presente Reglamento de Actividades Culturales y/o Deportivas de la Universidad Tecnológica de Gutiérrez Zamora se entenderá por:
  1. LA UNIVERSIDAD: La Universidad Tecnológica de Gutiérrez Zamora.

  2. RECTOR: La máxima autoridad ejecutiva de la Universidad en materia Cultural.

  3. COMUNIDAD: Los funcionarios; Personal Académico y Administrativo, así como los alumnos de la Universidad Tecnológica de Gutiérrez Zamora.

  4. ACTIVIDADES CULTURALES Y/O DEPORTIVAS EN EQUIPO: Para efectos del Reglamento serán todas aquellas que al momento de desarrollarse o competir requiera de formar un equipo y cuyos resultados tiendan a medir aptitudes en forma grupal.

  5. ACTIVIDADES CULTURALES Y/O DEPORTIVAS REALIZADAS EN FORMA INDIVIDUAL: Para efectos del presente Reglamento serán todas aquellas que al momento de desarrollarse o competir no requiera de formar un equipo, o que bien formándolo los resultados de la actividad cultural tienda a medir aptitudes en forma personal, y (sic)

  6. ACTIVIDADES COLECTIVAS: Son aquellas que por su propia naturaleza pueden ser brindadas por parte de la Universidad, o bien, a petición de la Comunidad Universitaria, para el beneficio de la misma o para la comunidad en general, y tiene como finalidad el conocimiento cultural de acuerdo a las circunstancias actuales o eventos circunstanciales que por su importancia se hagan necesarios.

  7. ACTO CÍVICO: Parte de la formación cultural del Técnico Superior Universitario...

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