Reglamento Academico de Estudiantes de la Universidad Tecnologica del Centro de Veracruz

REGLAMENTO ACADEMICO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Número Extraordinario de la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, el jueves 9 de octubre de 2008.

El Honorable Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica del Centro de Veracruz, con fundamento en lo que establecen los artículos 50, párrafos primero y segundo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave; 3°, 44 y 46 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 6° fracción XIV y 12 fracción II del Decreto del Organismo, de conformidad con lo acordado en la reunión de fecha 07 de agosto de 2008, tiene a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO ACADÉMICO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL CENTRO DE VERACRUZ

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 59
Artículo 1 El presente Reglamento tiene como propósito precisar, clasificar y definir los criterios que norman las actividades académicas de los estudiantes de la Universidad Tecnológica del Centro de Veracruz.
Artículo 2 El presente Reglamento es de observancia obligatoria para todos los estudiantes de la Universidad Tecnológica del Centro de Veracruz.
Artículo 3 Son estudiantes de la Universidad Tecnológica del Centro de Veracruz, todos aquellos que hayan cumplido los requisitos de admisión e inscripción, establecidos en el presente reglamento.
Artículo 4 Los estudiantes de la Universidad Tecnológica se clasifican de la siguiente forma:
  1. Regulares: los que están inscritos y cursan alguno de los programas de formación académica, cuya evaluación final sea aprobatoria en cada asignatura que lo conforma.

  2. Irregulares: los estudiantes que al finalizar un cuatrimestre no puedan inscribirse al inmediato superior debido a que sus calificaciones no sean aprobatorias en una o más asignaturas.

Artículo 5 La condición de estudiante de la Universidad Tecnológica se pierde:
  1. Por interrumpir sus estudios, sin notificación previa ante servicios escolares, y

  2. Por causar baja definitiva, según lo estipula el presente reglamento.

Artículo 6 No se admiten inscripciones de un periodo cuatrimestral al siguiente, de estudiantes irregulares; pudiendo inscribirse por única ocasión en el cuatrimestre en cuestión por dictamen académico del Consejo Consultivo, y debiendo cursar todas las asignaturas del programa cuatrimestral.
Artículo 7 Lo no previsto en este reglamento será resuelto por el Consejo Directivo.
Artículo 8 El personal docente y administrativo coadyuvará al cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente reglamento.
Artículo 9 Para permanecer como estudiante de la Universidad Tecnológica además de cumplir con los requisitos de ingreso y reingreso es preciso:
  1. Asistir puntualmente a clases;

  2. Tener mínimo el 85% de asistencias;

  3. Observar buena conducta;

  4. No formar ningún tipo de asociación, salvo en casos que se persiga un fin cultural o deportivo, y el cual será previamente aprobado por el comité de asuntos académicos de la UTCV, y

  5. Cumplir y observar el presente reglamento.

Artículo 10 Todo estudiante está obligado y es su responsabilidad, conocer el presente reglamento, la ignorancia del mismo no justifica su incumplimiento.
CAPÍTULO II Artículos 11 a 14

DERECHOS Y OBLIGACIONES

Artículo 11 Son derechos de los estudiantes:
  1. Ser respetado en su integridad física y moral por los miembros de la comunidad universitaria;

  2. Recibir, en igualdad de condiciones, los servicios académicos y los demás que ofrezca la Universidad Tecnológica;

  3. Obtener las constancias escolares que acrediten su situación de estudiante y su aprovechamiento;

  4. Recibir atención de los directivos de la Universidad Tecnológica cuando lo soliciten;

  5. Recibir información oportuna con relación a los programas de estudio, las actividades académicas, los tramites escolares y los servicios que presta la Universidad Tecnológica;

  6. Adquirir el nivel académico contemplado en los planes y programas de estudio vigente;

  7. Recibir las clases previstas para cada materia en los lugares y horarios previamente establecidos;

  8. Participar en las prácticas de campo y laboratorios que se contemplen en los programas de estudio;

  9. Obtener reconocimiento, por su participación destacada, en las actividades académicas desarrolladas en la Universidad Tecnológica;

  10. Gozar, en iguales circunstancias, de los tipos y formas de evaluación académica establecidos;

  11. Ser evaluados de acuerdo al nivel de conocimientos y contenidos establecidos en los programas de estudio correspondientes;

  12. Tener conocimiento de los resultados obtenidos en el proceso de evaluación correspondiente, con la debida oportunidad;

  13. Recibir asesoría sobre el desarrollo de planes y programas de estudio, proyectos académicos y servicios que presta la Universidad Tecnológica, así como para la presentación de evaluaciones de regularización;

  14. Utilizar las instalaciones y espacios de la Universidad Tecnológica, para su formación intelectual y física de acuerdo a las normas establecidas;

  15. Pertenecer a las agrupaciones con fines educativos que funcionen en la Universidad Tecnológica;

  16. Solicitar baja temporal, de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento;

  17. Representar a la Universidad Tecnológica en los eventos académicos, deportivos, artísticos y culturales que se organicen, previa selección y conforme a sus facultades y preferencias; (sic)

Artículo 12 Todo estudiante de la Universidad Tecnológica podrá obtener:
  1. Credencial que lo acredite como estudiante por el período inscrito;

  2. Constancia de estudios que acredite el período escolar de inscripción;

  3. Boleta de calificaciones del cuatrimestre cursado;

  4. Certificado parcial y total con las asignaturas acreditadas de la carrera correspondiente.

Artículo 13 Son obligaciones de los estudiantes:
  1. Cumplir con las disposiciones reglamentarias vigentes de la Institución y con los acuerdos de las autoridades escolares;

  2. Asistir con regularidad y puntualidad a los cursos, prácticas de laboratorio y de campo y demás actividades escolares que se determinen como obligatorias;

  3. Permanecer en la Universidad Tecnológica durante el horario de clases programado;

  4. Utilizar de manera racional los bienes de la Universidad Tecnológica, ayudando a su conservación;

  5. Reparar los daños que por negligencia o intencionalmente se ocasionen a los bienes de la Universidad Tecnológica;

  6. Preservar el prestigio institucional;

  7. Portar credencial de estudiante, para su respectiva identificación en el momento que se requiera;

  8. Realizar las prácticas de campo y laboratorio en los horarios establecidos por las autoridades;

  9. Reportar a los directivos de la carrera de su adscripción, las irregularidades que se presenten en la Universidad Tecnológica;

  10. No introducir a personas ajenas a la Universidad Tecnológica, sin contar con la autorización correspondiente;

  11. Guardar el debido respeto al personal docente y administrativo de la universidad;

  12. Presentarse a clases, respetando el horario y calendario escolar, abstenerse de fumar dentro de las instalaciones de la Universidad;

  13. Colaborar en los eventos culturales y de cualquier otro tipo que enaltezcan a la Institución;

  14. Presentarse a clases con la ropa adecuada, quedando prohibido el calzado informal (sandalias) y

  15. No realizarse ningún tipo de perforaciones en el cuerpo o piercing.

Cualquier asunto relacionado que se presente con los puntos anteriores será canalizado para su estudio al Comité Académico para asuntos estudiantiles de la UTCV., el cual procederá conforme al presente reglamento.

Artículo 14 Cubrir las cuotas escolares establecidas por la institución, en el tiempo asignado; de no hacerlo, perderá el derecho a cualquier trámite escolar, mientras no exista un acuerdo para cubrir su adeudo correspondiente.
CAPÍTULO III Artículos 15 y 16

DE LOS PERIODOS ESCOLARES

Artículo 15 Los cursos que conforman los planes y programas de estudio regulares de la Universidad Tecnológica, se impartirán en períodos cuatrimestrales, establecidos conforme al Calendario Escolar de la institución.
Artículo 16 Para los estudiantes de nuevo ingreso, la Universidad Tecnológica ofrecerá cursos propedéuticos con carácter obligatorio que se desarrollarán conforme lo determine la propia Institución.
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