Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas159-187
Pagos provisionales
Concepto
Son los pa gos men sua les que de ben rea li zar las per so nas mo ra les del ré gi men de ac ti -
vi da des agrí co las, ga na de ras, sil ví co las y pes que ras, a cuen ta del im pues to del ejer ci -
cio, por cuen ta pro pia y por cada uno de sus in te gran tes per so nas fí si cas y morales.
El en te ro de los pa gos pro vi sio na les de be rán efec tuar lo a más tar dar el día 17 del mes
in me dia to pos te rior a aquel al que co rres pon da el pago, me dian te de cla ra ción que de -
be rán pre sen tar ante las ofi ci nas au to ri za das.
Determinación
1. Fór mu las para su ob ten ción
1o. Para la de ter mi na ción del pago pro vi sio nal de las per so nas mo ra les que tri bu tan en
el ré gi men de ac ti vi da des agrí co las, ga na de ras, sil ví co las y pes que ras o el de las per -
so nas mo ra les in te gran tes de aque llas.
Ingresos totales de la persona moral o del integrante
persona moral (según corresponda), efectivamente cobrados
desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes
al que corresponda el pago
(–) Ingresos exentos, en su caso
(=) Ingresos acumulables (gravados) (cuando los ingresos totales sean
mayores a los ingresos exentos)
(–) Deducciones autorizadas de la persona moral o del integrante
persona moral (según corresponda), efectivamente erogadas
en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio
y hasta el último día del mes al que corresponda el pago
(–) PTU generada en el ejercicio de 2019, pagada
en el ejercicio de 2020
(–) Pérdidas fiscales actualizadas de la persona moral o de su integrante
persona moral (según corresponda), de ejercicios
anteriores pendientes de amortizar
(=) Base para el pago provisional
(x) Tasa del 30%
(=) Impuesto del periodo
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(–) Reducción del 30%, en su caso
(=) Impuesto del periodo reducido, en su caso
(–) Pagos provisionales por cuenta propia o de su integrante persona
moral del mismo ejercicio, efectuados con anterioridad
(–) Retenciones por pago de intereses según el artículo 54, LISR, por
cuenta propia o de su integrante persona moral, efectuadas en el
periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el
último día del mes al que corresponda el pago
(=) Pago provisional del periodo por enterar (cuando el resultado sea positivo)
2o. Para la de ter mi na ción del pago pro vi sio nal de las per so nas fí si cas in te gran tes de
per so nas mo ra les que tri bu tan en el ré gi men de ac ti vi da des agrí co las, ga na de ras, sil ví -
co las y pes que ras.
Ingresos totales efectivamente cobrados desde el
inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que
corresponda el pago
(–) Ingresos exentos, en su caso
(=) Ingresos acumulables (gravados)
(–) Deducciones autorizadas efectivamente erogadas en el
periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta
el último día del mes al que corresponda el pago
(–) PTU generada en el ejercicio de 2019,
pagada en el ejercicio de 2020
(–) Pérdidas fiscales actualizadas de ejercicios anteriores
pendientes de amortizar
(=) Base para el pago provisional
(¯)Aplicación de la tarifa del artículo 96 de la LISR,
elevada al periodo al que corresponda el pago provisional
(=) Impuesto a cargo
(–) Reducción del 40%, en su caso
(=) Impuesto a cargo reducido, en su caso
(–) Pagos provisionales del mismo ejercicio efectuados con
anterioridad
(–) Retenciones por pago de intereses según el artículo 135,
LISR, efectuadas en el periodo comprendido desde el inicio
del ejercicio y hasta el último día del mes
al que corresponda el pago
(=) Pago provisional del periodo por enterar (cuando el resultado sea positivo)
160 Guía práctica fiscal...

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