Norma Oficial Mexicana NOM-015-ENER-2002, Eficiencia energética de refrigeradores y congeladores electrodomésticos. Límites, métodos de prueba y etiquetado

Fecha de disposición15 Enero 2003
Fecha de publicación15 Enero 2003
EmisorSECRETARIA DE ENERGIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

NORMA Oficial Mexicana NOM-015-ENER-2002, Eficiencia energética de refrigeradores y congeladores electrodomésticos. Límites, métodos de prueba y etiquetado.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.- Comisión Nacional para el Ahorro de Energía.- Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE).

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-015-ENER-2002, EFICIENCIA ENERGETICA DE REFRIGERADORES Y CONGELADORES ELECTRODOMESTICOS. LIMITES, METODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO.

ODON DE BUEN RODRIGUEZ, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía (CONAE), con fundamento en los artículos 33 fracciones VIII y IX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción VI inciso c), 34 fracción XXII y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía; 38 fracción II, 40 fracciones I, X y XII, 41, 43, 46 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1, 2, 3 fracción I y 8 del Decreto por el que se crea la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, como órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía y 1o. del Acuerdo por el que se delega en favor del Director General de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía, las facultades para presidir el Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos, así como expedir las normas oficiales mexicanas en el ámbito de su competencia, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 20 de septiembre de 1999 y el 29 de octubre de 1999, respectivamente, y

CONSIDERANDO

Que las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1994, delimitaron las facultades de la Secretaría de Energía, mismas entre las que se encuentra la de expedir normas oficiales mexicanas que promuevan la eficiencia del sector energético;

Que el Programa Nacional de Normalización de 2002 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de marzo de ese mismo año, contempla la expedición de la presente Norma Oficial Mexicana Nom-015-ENER-2002, Eficiencia energética de refrigeradores y congeladores electrodomésticos. Límites, métodos de prueba y etiquetado, cuya finalidad es la preservación y uso racional de los recursos energéticos;

Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, para la elaboración de proyectos de normas oficiales mexicanas, el presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos, ordenó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-015-ENER-2002, Eficiencia energética de refrigeradores y congeladores electrodomésticos. Límites, métodos de prueba y etiquetado; lo que se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 18 de septiembre de 2002, con el objeto de que los interesados presentaran sus comentarios al citado Comité Consultivo que lo propuso;

Que durante el plazo de 60 días naturales contado a partir de la fecha de publicación de dicho Proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estuvo a disposición del público en general para su consulta y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron sus comentarios al proyecto de norma, los cuales fueron analizados por el citado Comité Consultivo, realizándose las modificaciones procedentes;

Que con fecha 20 de diciembre de 2002 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma PROY-NOM-015-ENER-2002, Eficiencia energética de refrigeradores y congeladores electrodomésticos. Límites, métodos de prueba y etiquetado;

Que en la sesión XXIX Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos, celebrada el 27 de noviembre de 2002, los miembros del Comité aprobaron por consenso la norma referida, y

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la prosecución de estos objetivos, por lo que he tenido a bien expedir la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-015-ENER-2002, EFICIENCIA ENERGETICA DE REFRIGERADORES Y CONGELADORES ELECTRODOMESTICOS. LIMITES, METODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 20 de diciembre de 2002.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos (CCNNPURRE) y Director General de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía (CONAE), Odón de Buen Rodríguez.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-015-ENER-2002, EFICIENCIA ENERGETICA DE REFRIGERADORES Y CONGELADORES ELECTRODOMESTICOS. LIMITES, METODOS DE PRUEBA Y ETIQUETADO

PREFACIO

La presente Norma Oficial Mexicana fue elaborada bajo la coordinación de la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía y aprobada en el pleno del Comité Consultivo Nacional de Normalización para la Preservación y Uso Racional de los Recursos Energéticos y con la colaboración de los siguientes organismos, instituciones y empresas:

ASESORIA Y PRUEBAS A EQUIPO ELECTRICO Y ELECTRONICO, S.A. DE C.V.

ASOCIACION NACIONAL DE FABRICANTES DE APARATOS DOMESTICOS, A.C.

ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE TIENDAS DE AUTOSERVICIO Y DEPARTAMENTALES, A.C.

DAEWOO ELECTRONICS HOME APPLIANCE DE MEXICO, S.A. DE C.V.

DIRECCION GENERAL DE NORMAS

FIDEICOMISO PARA EL AHORRO DE ENERGIA ELECTRICA

GRUPO GOMO, S.A. DE C.V.

INDUSTRIAS QUETZAL, S.A. DE C.V.

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ELECTRICAS

LG ELECTRONICS MEXICO, S.A. DE C.V.

MABE MEXICO, S. DE R.L. DE C.V.

MAYTAG COMERCIAL, S. DE R.L. DE C.V.

PROGRAMA DE AHORRO DE ENERGIA EN EL SECTOR ELECTRICO

SAMSUNG ELECTRONICS CORPORATIVO, S.A. DE C.V.

TECNOLOGIA Y SERVICIO, S.A. DE C.V.

WHIRLPOOL MEXICO, S.A. DE C.V.

CONTENIDO

  1. Introducción

  2. Objetivo

  3. Campo de aplicación

  4. Referencias

  5. Definiciones

    4.1 Aparato

    4.2 Capacidad bruta refrigerada

    4.3 Ciclo

    4.4 Ciclo de deshielo

    4.5 Ciclo normal

    4.6 Ciclos incompletos del motocompresor

    4.7 Ciclos inexistentes del motocompresor

    4.8 Ciclos normales completos del motocompresor

    4.9 Compartimiento congelador

    4.10 Compartimiento de alimentos

    4.11 Condición térmica estable

    4.12 Congelador electrodoméstico

    4.13 Congelador horizontal

    4.14 Congelador vertical

    4.15 Deshielo

    4.16 Deshielo ajustable

    4.17 Deshielo automático

    4.18 Deshielo automático de duración larga

    4.19 Deshielo manual

    4.20 Deshielo parcialmente automático; deshielo cíclico

    4.21 Deshielo semiautomático

    4.22 Evaporador

    4.23 Factor de ajuste

    4.24 Periodo de deshielo

    4.25 Refrigerador electrodoméstico

    4.26 Refrigerador-congelador (R/C)

    4.27 Refrigerador convencional

    4.28 Refrigerador, refrigerador-congelador y congelador compactos

    4.29 Refrigerador solo

    4.30 Temperatura del compartimiento

    4.31 Temperatura medida

    4.32 Tiempo de estabilización

    4.33 Volumen ajustado (VA)

    4.34 Volumen Refrigerado total

  6. Clasificación

    5.1 De acuerdo con su tipo

    5.2 De acuerdo con su sistema de deshielo

  7. Especificaciones

    6.1 Límites de consumo de energía

    6.2 Volumen ajustado

    6.3 Factor de ajuste

  8. Muestreo

    7.1 Selección de la muestra:

  9. Criterios de aceptación

    8.1 Certificación

    8.2 Etiqueta

  10. Método de prueba

    9.1 Determinación del volumen de los refrigeradores y congeladores electrodomésticos

    9.2 Cuarto de prueba

    9.3 Alimentación eléctrica

    9.4 Requerimiento general de prueba

    9.5 Instrumentación

    9.6 Preparación del aparato de prueba

    9.7 Distribución de sensores de temperatura para la medición de temperatura

    9.8 Condiciones de carga simulada

    9.9 Temperatura de compartimiento

    9.10 Temperaturas de referencia normalizadas

    9.11 Control de temperatura

    9.12 Secuencia de pruebas

    9.13 Tiempo de prueba

    9.14 Consumo de energía durante el tiempo de prueba

    9.15 Consumo de energía de un ciclo

    9.16 Determinación del consumo de energía promedio de un ciclo

    9.17 Consumo de energía anual

  11. Etiquetado

    10.1 Permanencia

    10.2 Ubicación

    10.3 Información

    10.4 Dimensiones

    10.5 Distribución de la información y colores

  12. Vigilancia

  13. Evaluación de la conformidad

  14. Bibliografía

  15. Concordancia con normas internacionales

  16. Transitorios

    APENDICE A

    APENDICE B

    APENDICE C

  17. Introducción

    La presente Norma Oficial Mexicana establece la actualización de los límites de consumo de energía máximos para refrigeradores, refrigeradores-congeladores, y congeladores. Esto ha sido como resultado de los avances tecnológicos y las condiciones del mercado nacional e internacional.

    Esta Norma permitirá, además de responder a las necesidades de promover el ahorro de energía, contribuir a la preservación de recursos naturales no renovables de la nación.

  18. Objetivo

    La presente Norma Oficial Mexicana fija los límites máximos de consumo de energía de los refrigeradores y congeladores electrodomésticos operados por motocompresor hermético, establece los métodos de prueba para determinar dicho consumo de energía y calcular el volumen refrigerado total, y especifica la etiqueta de consumo de energía y su contenido.

  19. Campo de aplicación

    Esta Norma Oficial Mexicana aplica a los refrigeradores electrodomésticos, refrigeradores-congeladores electrodomésticos de hasta 1104 dm3 (39 pies3) y congeladores electrodomésticos de hasta 850 dm3 (30 pies3) operados por motocompresor hermético comercializados en los Estados Unidos Mexicanos.

  20. Referencias

    La presente Norma Oficial Mexicana se complementa con las siguientes normas oficiales mexicanas vigentes o las que las...

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