Reformas al Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Pediatría.
Fecha de disposición | 03 Diciembre 2019 |
Fecha de publicación | 03 Diciembre 2019 |
Materia | Derecho Constitucional |
Emisor | SECRETARIA DE SALUD |
Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Instituto Nacional de Pediatría.- Dirección General. La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Pediatría, con fundamento en los artículos 3 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 14 y 58 fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 2 fracción III, 5 fracción VI, 14 y Cuarto Transitorio de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, en su Segunda Sesión Ordinaria celebrada el veintinueve de octubre de dos mil diecinueve, acordó lo siguiente: Se reforman la fracción III, inciso b) del artículo 4o.; se adiciona una fracción IV al artículo 13, se reforma la fracción XI del artículo 31; se reforma la fracción III del artículo 33; se adiciona un artículo 43-bis; se deroga el numeral 8 y se reforma el numeral 15 ambos de la fracción IV del artículo 4o. y se deroga el artículo 43, del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Pediatría, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de julio de 2018, para quedar como sigue:
ESTATUTO ORGÁNICO DEL INSTITUTO NACIONAL DE PEDIATRÍA
Para el cumplimiento de su objeto y desempeño de las atribuciones que le competen, el Instituto contará con los siguientes órganos, unidades y comités:
I....
II....
-
UNIDADES ADMINISTRATIVAS:
a)....
-
SUBDIRECCIONES:
Subdirección de Medicina.
Subdirección de Cirugía.
Subdirección de Servicios Auxiliares de Diagnóstico y Tratamiento.
Subdirección de Consulta Externa.
Subdirección de Medicina Crítica.
Subdirección de Hemato-Oncología
Subdirección de Enfermería
Subdirección de Investigación Médica.
Subdirección de Medicina Experimental.
Subdirección de Tecnologías de la Información.
Subdirección de Programación y Evaluación Educativa.
Subdirección de Administración y Desarrollo de Personal.
Subdirección de Finanzas.
Subdirección de Recursos Materiales.
Subdirección de Servicios Generales.
Subdirección de Asuntos Jurídicos.
-
-
COMITÉS:
1 al 7
8. Derogado
9 a 14
15. Comité Hospitalario de Bioética
16 a 23
El Director General del Instituto será designado por la Junta de Gobierno, de una terna que deberá presentarle el presidente de la misma. El nombramiento procederá siempre y cuando la persona reúna los requisitos establecidos en el Artículo 18 de la Ley, quien tendrá, además de las facultades que le confiere la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y el Artículo 19 de la Ley, las siguientes:
I a la III
-
Expedir y...
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