Acuerdo 55.1344.2014 relativo a la aprobación de reformas de diversas disposiciones del Reglamento Financiero y de Reservas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

EdiciónMatutina
EmisorInstituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Secretaría General.- Prosecretaría de la Junta Directiva.- SG/SJD/0387/2014. Lic. Sebastián Lerdo de Tejada C.

Director General del Instituto.

Presente.

En sesión ordinaria celebrada por la Junta Directiva, el día 29 de abril de 2014, al tratarse lo relativo a las Reformas de diversas disposiciones del Reglamento Financiero y de Reservas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, se tomó el siguiente:

ACUERDO 55.1344.2014.- "La Junta Directiva, con fundamento en los artículos 214, fracción VI, 241, 243, 244 y 246 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, aprueba, por unanimidad, las siguientes:

REFORMAS DE DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO FINANCIERO Y DE RESERVAS DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

ARTÍCULO ÚNICO

Se reforman el primer párrafo del artículo 38, la fracción III del artículo 40 y la fracción V del artículo 42, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 38

EL Comité sesionará cuando menos una vez cada trimestre, conforme al calendario que éste autorice en la primera sesión del año, en sus sesiones ordinarias. Asimismo, cuando así lo considere necesario, el Presidente del Comité podrá convocar a la celebración de sesiones extraordinarias.

...

...

...

...

...

...

ARTÍCULO 40

...

  1. ...;

  2. ...;

  3. Presentar trimestralmente al Comité los informes que elabore la Dirección de Finanzas;

  4. ...;

  5. ...

ARTÍCULO 42

...

  1. ...;

  2. ...;

  3. ...;

  4. ...;

  5. Elaborar y presentar al Comité, a través de la Dirección de Finanzas, un informe trimestral pormenorizado de las operaciones y rendimientos obtenidos en la inversión de los excedentes de efectivo, y uno semestral, por las correspondientes a las Reservas del Instituto;

  6. ...;

  7. ...

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación."

Lo anterior me permito hacerlo de su conocimiento para los efectos legales procedentes.

Atentamente

México, D.F., a 6 de mayo de 2014.- El Secretario General y Secretario de la Junta Directiva, Ricardo Luis Antonio Godina Herrera.- Rúbrica.

(R.- 390392)

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