Acuerdo mediante el cual se reforman la fracción V del artículo 2o. y el artículo 45o. del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos
Fecha de disposición | 17 Julio 2008 |
Fecha de publicación | 17 Julio 2008 |
Emisor | CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS |
Sección | PRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados |
ACUERDO mediante el cual se reforman la fracción V del artículo 2o. y el artículo 45o. del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.
El H. Consejo de Administración de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, con fundamento en el artículo 58, fracciones I y VIII de la Ley Federal de Entidades Paraestatales y 8, fracción I del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, aprobó la adición de su Estatuto Orgánico en los siguientes términos:
Se reforma la fracción V del artículo 2o. y el artículo 45o. del Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos para quedar como sigue:
El Organismo descentralizado tiene por objeto:
V. Establecer, administrar y explotar en forma directa o a través de sus entidades subsidiarias, plantas industriales para producir y comercializar bienes necesarios para la realización de su objeto e instrumentar la producción y distribución de estos bienes.
La Planta de Pinturas y Emulsiones tiene por objeto producir pinturas, emulsiones y asfaltos modificados con polímeros, con el propósito de satisfacer las necesidades de insumos de la más alta calidad para la conservación y mantenimiento de la red carretera operada por el Organismo y de la red carretera a cargo de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; promover su comercialización, así como brindar capacitación constante, información sobre avances tecnológicos y soporte técnico a las áreas del Organismo, a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y a clientes en general que lo requieran. Asimismo, participar en licitaciones públicas nacionales e internacionales para ofrecer sus productos y competir en los mercados abiertos.
PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO.- En su oportunidad, inscríbase en el Registro...
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