Decreto No. 360 por El que Se Reforman la Fracción Vii del Artículo 51, la Fracción Iv del Artículo 58, Así como Los Artículos 60, 64, 109, 110, 112, 113 y 114; y Se Deroga el Artículo 115, Todos de La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima

DECRETO No. 360

POR EL QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN VII DEL ARTÍCULO 51, LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 58, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 60, 64, 109, 110, 112, 113 Y 114; Y SE DEROGA EL ARTÍCULO 115, TODOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II Y 130, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA Y PREVIA APROBACIÓN DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LOS AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETADECRETO No. 360

POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN VII DEL ARTÍCULO 51, LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 58, ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 60, 64, 109, 110, 112, 113 Y 114; Y SE DEROGA EL ARTÍCULO 115, TODOS DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA.

ARTÍCULO ÚNICO

Se reforman la fracción VII del artículo 51, la fracción IV del artículo 58, así como los artículos 60, 64, 109, 110, 112, 113 y 114; y se deroga el artículo 115, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, para quedar como sigue:

Artículo 51 ...

De la I

a la VI...

VII.

No ser Secretario de la Administración Pública Estatal, Procurador General de Justicia, Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia o Presidente Municipal, a menos que se separe del cargo, por lo menos, un día antes del inicio del período de registro de candidatos; y VIII...

Artículo 58 ...

De la I a la III...

IV.

Nombrar y remover libremente a los Secretarios de la Administración Pública Estatal, al Procurador General de Justicia y a los demás servidores públicos cuyos nombramientos o remoción no correspondan, conforme a la ley, a otra autoridad.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVODe la V a la XLII...

Artículo 60

Para el despacho de los asuntos que son competencia del Poder Ejecutivo, éste se auxiliará de un Secretario General de Gobierno y de los Secretarios, Procurador General de Justicia y demás servidores públicos de las dependencias...

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