Decreto por el que se reforman los articulos transitorios del diverso por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal en materia comun, y para toda la República en materia Federal; del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal y de la Ley Federal de Protección al Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 1993

Páginas356-356
DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTICULOS
TRANSITORIOS DEL DIVERSO POR EL QUE SE REFOR-
MAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIO-
EN MATERIA COMUN, Y PARA TODA LA REPUBLICA EN
MATERIA FEDERAL; DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS
RAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR, PUBLICADO EN
EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE JULIO
DE 1993
Publicado en el D.O.F. del 19 de octubre de 1998
ARTICULO UNICO. Se reforman los artículos primero y tercero
transitorios del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan
diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal en ma-
teria común y para toda la República en materia federal, el Código
de Protección al Consumidor, publicado en el Diario Oficial de la Fe-
deración el 21 de julio de 1993 y modificado por diverso del 23 de
septiembre de 1993, para quedar como sigue:
ARTICULO PRIMERO. Las disposiciones contenidas en el pre-
sente Decreto entrarán en vigor el 19 de abril del año 1999, salvo lo
dispuesto por los transitorios siguientes.
ARTICULO TERCERO. Los juicios y procedimientos judiciales y
administrativos actualmente en trámite, así como los que se inicien
antes del 19 de abril de 1999 derivados de contratos de arrenda-
miento de inmuebles para habitación y sus prórrogas, que no se
encuentren en los supuestos establecidos en el transitorio anterior,
se regirán hasta su conclusión, por las disposiciones del Código de
Protección al Consumidor, vigentes con anterioridad al 19 de octubre
de 1993.
ARTICULO TRANSITORIO 1998
Publicado en el D.O.F. del 19 de octubre de 1998
ARTICULO UNICO. El presente Decreto entrará en vigor el mismo
día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR