Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL JEFATURA DE GOBIERNO

(Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos)

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DEL DISTRITO FEDERAL.

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed:

Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, VI Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente

D E C R E T O

(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- VI LEGISLATURA)

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL VI LEGISLATURA.

D E C R E T A

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE CULTURA CÍVICA DEL DISTRITO FEDERAL.

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman y adicionan los artículos 1, 2, 9, 12, 14, 16 y 17 de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público e interés social, regirá en el Distrito Federal y tiene por objeto:

a) a c) 2026

d) La promoción de una cultura de la legalidad que fortalezca la convivencia armónica, la difus ión del orden normativo de la ciudad además del conocimiento de los derechos y obligaciones de ciudadanos y servidores públicos.

Artículo 2.- Son valores fundamentales para la cultura cívica en el Distrito Federal, que favorecen la convivencia armónica de sus habitantes, los siguientes:

  1. a V. 2026

  2. La colaboración como una vertiente del mejoramiento del entorno y de la calidad de vida, y

  3. La legalidad como un sistema normativo y una cultura de acciones orientadas al ejercicio, respeto y cumplimiento a la ley por parte de ciudadanos y servidores públicos.

    Artículo 9.- Corresponde a la Consejería:

  4. al VIII. 2026

  5. Promover la difusión de la Cultura Cívica a través de campañas de información sobre sus objetivos y procedimientos, profundizando en el conocimiento y observancia de los derechos y obligaciones de ciudadanos y servidores públicos en la materia.

  6. 2026

    Artículo 12.-A los Jefes Delegacionales corresponde:

    I y II. 2026

  7. Promover la difusión de la Ley y la participación de los ciudadanos en el conocimiento, ejercicio, respeto y cumplimiento de sus derechos y obligaciones.

  8. Impulsar y fomentar políticas públicas tendientes a la difusión de los valores y principios en materia de cultura cívica y de la legalidad.

    Artículo 14.- Para la preservación...

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