Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Fecha de disposición07 Julio 2005
Fecha de publicación07 Julio 2005
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A:

SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS.

ARTÍCULO PRIMERO

Se reforman los Artículos 10, 21, 22, 24 en su primer párrafo; 25, 26, 27, 29 Fracción III; 31 párrafo primero y último y las Fracciones IV, V, VIII, IX a XII, XVI y XVII; 34, 35, 36, 38, 40, 41 Fracciones I, II, IV, VI, VII, X y XVI; 42, 43 Fracciones I, III, IV y VI; 45 Fracciones IV, V, VI, IX y XI; 49 Fracción III; 50 Fracciones I, II, III, VI y XI que pasa a ser XIII; 51, 54, 56, 58 en su primer párrafo; 60 en su primer párrafo y Fracciones III y IV; 62, 65, 66 en sus párrafos primero y tercero; 68 en sus párrafos primero y segundo; 72 en su segundo párrafo y 73, asimismo, la denominación del Título Segundo para quedar de la Planeación, Programación y Presupuesto. Se adicionan los Artículos 12 Bis; 14 con un segundo párrafo; 26 con tres párrafos; 29 Fracción XII; 31 con las Fracciones XIX a XXVI; 33 Fracción III y párrafo final; 36 Bis; 41 Fracción XIX; 43 Fracción VII; 45 Fracción XII y dos párrafos finales; 50 Fracciones XI y XII y dos párrafos finales; 55 Bis; 56 con un párrafo cuarto; 60 Fracción V y penúltimo párrafo; 68 con un último párrafo; 69 Fracción IV, todos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para quedar como sigue:

Artículo 10

En los casos de adquisiciones, arrendamientos o servicios financiados con fondos provenientes de créditos externos otorgados al gobierno federal o con su garantía por organismos financieros regionales o multilaterales, los procedimientos, requisitos y demás disposiciones para su contratación serán establecidos, con la opinión de la Secretaría y por la Secretaría de la Función Pública aplicando en lo procedente lo dispuesto por esta Ley; y deberán precisarse en las convocatorias, invitaciones, bases y contratos correspondientes.

Artículo 14 ……………..

En el caso de concurso para la adquisición de bienes o servicios, en igualdad de condiciones, se dará preferencia a personas con discapacidad o a la empresa que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; antigüedad que se comprobará con el aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social.

Artículo 12 Bis

Para la adquisición de bienes muebles usados o reconstruidos, las dependencias y entidades estarán obligadas a realizar un estudio de costo beneficio, en el que, considerando el avalúo emitido por institución de crédito, corredores públicos u otros terceros capacitados para ello, conforme a las disposiciones aplicables, expedido dentro de los seis meses previos y vigente al momento de la adjudicación del contrato respectivo, se demuestre la conveniencia de su adquisición comparativamente con bienes nuevos; el citado estudio y avalúo deberán integrarse al expediente de la contratación respectiva.

Artículo 21

Las dependencias y entidades pondrán a disposición de los interesados, a través de su página en Internet o la de su coordinadora del sector, a más tardar el 30 de noviembre de cada año, su programa anual estimado de adquisiciones, arrendamientos y servicios del siguiente ejercicio, con excepción de aquella información que, de conformidad con las disposiciones aplicables, sea de naturaleza reservada, en...

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