Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL

(Al margen superior un escudo que dice: CIUDAD DE MÉXICO.- Decidiendo Juntos)

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, a sus habitantes sabed:

Que la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, VI Legislatura se ha servido dirigirme el siguiente

D E C R E T O

(Al margen superior izquierdo el Escudo Nacional que dice: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL.- VI LEGISLATURA)

ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL DISTRITO FEDERAL VI LEGISLATURA.

D E C R E T A

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS DEL DISTRITO FEDERAL.

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman la fracción XV del artículo 29, el primer párrafo de la fracción II del artículo 44, la fracción VI del artículo 46, el artículo 48, los párrafos primero y segundo del artículo 52, el primer párrafo del artículo 55; se adiciona el inciso c) al artículo 23; el inciso d) a la fracción VI del artículo 29, el párrafo sexto al artículo 50, el último párrafo del artículo 52; todos ellos de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 23. 2026

2026

2026

Se exceptúan de lo anterior:

a)2026

b)2026

  1. Los proyectos integrales a precio alzado en los que el contratista se obliga a realizar las obras desde el diseño incluyendo el proyecto ejecutivo hasta su terminación.

    Concluido el proyecto ejecutivo, el contratista deberá realizar el catálogo de conceptos, el cual debe contener la descripción de todos y cada uno de los conceptos a ejecutar para la realización de la construcción, clasificados en partidas por especialidad de trabajo, con unidad de medida, así como las cantidades de obra a ejecutarse en apego a las Normas de Construcción de la Administración Pública del Distrito Federal.

    2026

    Artículo 29. 2026

    I. a V. 2026

    VI. 2026

    a)2026

    b)2026

    c)2026

  2. En el caso de obras cuyas condiciones de pago sean a precio alzado:

    1. La explosión de insumos que intervienen en la integración de la proposición, agrupado por materiales más significativos y equipo de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción de cada uno de ellos. Tratándose de proyectos integrales el licitante señalará las normas de calidad y especificaciones técnicas a que se sujetará, las cuales deberán apegarse a las establecidas por la convocante en las bases de licitación;

    2. Red de actividades, calendarizada e indicando la duración de cada actividad a ejecutar o bien, la ruta crítica, en base a lo dispuesto en el Libro 2, Tomo IV de las Normas de Construcción de la Administración Pública del Distrito...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR