Decreto No. 274 por El que Se Reforman, Adicionan y Derogan, Diversas Disposiciones de La Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos

DEL GOBIERNO DEL ESTADOPODER LEGISLATIVODECRETO No. 274

POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN, DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN I Y ARTICULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YC O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Mediante oficio de número DGPL-1P2A.-5709.8, de fecha 13 de diciembre de 2013, suscrito por la Senadora Lilia Herrera Anzaldo, Vicepresidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores del H. Congreso de la Unión, se remitió a esta Soberanía para los efectos del artículo 135 Constitucional, la Minuta Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral.

SEGUNDO.-

Por medio del oficio número 1692/013, de fecha 19 de diciembre de 2013, los Diputados Secretarios del H. Congreso del Estado, turnaron a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, para su análisis, estudio y dictamen correspondiente la Minuta Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral.

TERCERO.-

La Minuta Proyecto de Decreto materia de este Dictamen tiene su origen en la selección del universo de iniciativas que en su momento realizaron las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; de Gobernación; de Reforma del Estado, de Estudios Legislativos, Primera y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República, presentadas y turnadas a cualquiera de ellas que tuvieran como elemento esencial una propuesta de reformas o adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia político-electoral. De la revisión realizada y considerándose las iniciativas de la LX y LXI Legislaturas, así como las iniciativas presentadas durante la LXII Legislatura, se logró establecer la existencia de 56 propuestas de modificaciones a la Ley Fundamental de la República que inciden en el tema genérico de plantear reformas político-electorales para la integración, funcionamiento y actuación del Estado Mexicano.

En las 56 iniciativas referidas se encuentran dos que tienen una aspiración de mayor amplitud temática; consistentes en la iniciativa que propone introducir modificaciones a diversos preceptos de la Constitución General de la República presentada por senadores de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional y del Partido de la Revolución Democrática, el 24 de julio de 2013, por conducto de la H. Comisión Permanente, y a la iniciativa que también propone se introduzcan modificaciones a diversos artículos de la Ley Fundamental de la República promovida por senadores y diputados de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional en la H. Cámara de Diputados y en el H. Senado de la República, el 24 de septiembre de 2013.

Se destaca que las dos iniciativas antes mencionadas fueron turnadas de origen a las Comisión Unidas ya indicadas.

En atención a la amplitud temática de éstas dos iniciativas, los integrantes de las Comisiones Unidas, estimaron pertinente realizar la tarea de sistematización de los temas planteados en materia político-electoral a partir de los distintos aspectos que las mismas contemplan. En ese sentido, sobre la base de identificar propuestas de modificación al régimen político, al régimen de partidos y al régimen electoral, procedieron a analizar el conjunto de los temas comprendidos en las otras 54 iniciativas con propuestas de modificaciones constitucionales en materia político-electoral. Así, se identificaron un total de 36 iniciativas que abordan temas comprendidos en las dos propuestas que se seleccionaron para la elaboración de la presente Minuta.

CUARTO.-

La Minuta Proyecto de Decreto materia de este Dictamen tiene los siguientes antecedentes:

  1. - Con fecha 2 de diciembre de 2013, el Pleno de la Cámara de Senadores dio primera lectura al Dictamen Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral.

  2. - El 3 de diciembre de 2013, el Pleno de la Cámara de Senadores, aprobó por 107 votos en pro, 16 en contra y 1 abstención, el Dictamen con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, enviándola a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

  3. - El 4 de diciembre de 2013, la Cámara de Senadores remitió a la Cámara de Diputados el expediente relativo al Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral.

  4. - El 5 de diciembre de 2013, en sesión de la Cámara de Diputados, fue aprobado por 409 votos en pro, 69 en contra y 3 abstenciones, el dictamen de la Minuta con Proyecto de Decreto por de que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral, y fue turnado a la Cámara de Senadores para los efectos del inciso E del artículo 72 constitucional.

  5. - El propio 5 de diciembre 2013, la Cámara de Diputados remitió al Senado de la República la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral, para los efectos del párrafo E del artículo 72 constitucional.

  6. - El 6 de diciembre de 2013, el Presidente la Mesa Directiva del Senado, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 176 del Reglamento del Senado, dispuso el turno directo de la minuta referida en el punto anterior a las Comisiones Unidas que suscriben, a fin de que procedieron al análisis de la misma y formular el dictamen procedente.

QUINTO.-

Que el 13 de diciembre de 2013, la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, aprobó la Minuta Proyecto de Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral.

SEXTO.-

Esta Comisión dictaminadora, después de realizar el análisis y estudio de la Minuta con Proyecto de Decreto materia del presente Dictamen, coincide con todos los términos de las citadas reformas, adiciones y derogaciones a diversas disposiciones constitucionales, que tienen como finalidad establecer la integración, funcionamiento y actuación del Estado Mexicano, en materia político-electoral.

Para los integrantes de esta Comisión es de suma importancia la actualización de la Norma Suprema del Estado Mexicano, para fortalecer la democracia y modernizar las herramientas legales que regulan la materia y, con ello garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos político-electorales de los mexicanos.

Resulta incuestionable que esta reforma político-electoral viene a significar un avance importante en la vida de nuestro México, siendo que ésta permitirá mayor participación de los mexicanos en cada uno de los procesos electorales sin que necesariamente pertenezcan a un partido político, lo cual se considera como una política preponderantemente inclusiva.

En los tiempos actuales vivimos una democracia más participativa, con ciudadanos que exigen nuevas formas de interacción de las diversas fuerzas políticas del país, que garanticen una gobernabilidad más democrática mediante los gobiernos de coalición, ajustando los mecanismos de cooperación entre poderes desde la misma Constitución a efecto de garantizar los fines del Estado.

De igual manera los sistemas de pesos y contrapesos previstos en la Constitución no solo se han mantenido sino que además se han fortalecido, en este sentido consideramos importante la ratificación de los miembros del gabinete como un principio de equilibrio que debe traducirse en una relación de poderes separados pero con responsabilidades compartidas en la que se incentive las decisiones por consenso.

Lo anterior implica en el fortalecimiento del sistema democrático, si bien es cierto que gobernar en coalición requiere de una destreza política, también es cierto que ello implica una mayor y mejor comunicación entre el gobierno y la sociedad, lo que sin duda, la adopción de un sistema de gobierno de coalición como el que se propone en esta reforma, fortalecerá el sistema de pesos y contrapesos y mejorará sustancialmente la gobernabilidad del país.

Asimismo, esta propuesta de reforma otorga autonomía constitucional al Consejo Nacional de Evaluación de Políticas de Desarrollo Social (CONEVAL), por ser la institución que en base a criterios de objetividad, transparencia e independencia evalúa las políticas públicas y la evaluación de programas de carácter social, actualmente este organismo es descentralizado.

Un aspecto...

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