Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento del Registro Civil para el Distrito Federal

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

JEFATURA DE GOBIERNO

MARCELO LUIS EBRARD CASAUBON, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 67, fracción II, y 90 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 5°, 12, 14, 15 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; he tenido a bien expedir el siguiente:

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL.

ÚNICO.- Se reforman los artículos: , 13 fracciones VI y XIII, 15, 16 fracción XVII, 18, 35, 36, 38 fracción II, 46 fracciones III y VII, 50, 52 fracción I, 53 fracción II, 54 fracción II, 55 fracción III, 56 fracción III, 58 fracción VII, 70 fracción III, 78, 79, 84 fracción II, 85, 98 Bis fracción I; se adicionan: la fracción XIX del artículo 2°, un penúltimo párrafo al artículo 3º, el artículo 6 Bis, la fracción XIII Bis del artículo 13, 17 Bis, el apartado denominado De las Actas de nacimiento por Reasignación Sexo genérica con un artículo 69 Bis, la fracción X del artículo 70, último párrafo del artículo 87, la fracción VI del artículo 95 BIS, el artículo 104 Bis; y se derogan: la fracción IX del artículo 16, 82, la fracción II del artículo 92 y el artículo 94, del Reglamento del Registro Civil para el Distrito Federal, para quedar como sigue:

Artículo 2°.- 2026

  1. a XVIII. 2026

  2. Certificado de Registro de deudores alimentarios morosos: Constancia de adeudo de pensión alimenticia ordenada por el órgano jurisdiccional.

    Artículo 3º.- 2026

    2026 2026

    Los matrimonios que se celebren en juzgados en horas inhábiles se considerarán realizados a domicilio. La Dirección establecerá los juzgados habilitados.

    2026

    Artículo 6.- Los hechos y actos regístrales que se efectúen respecto del estado civil de las personas ante el Registro Civil, causarán los derechos que establezca el Código Fiscal del Distrito Federal. Queda prohibido cobrar cualquier tipo de emolumento o pago que no esté previsto expresamente

    Artículo 6 Bis.- En expedición de copias certificadas emitidas en extracto y que contengan anotaciones que rectifiquen, modifiquen o aclaren los datos asentados en las actas del estado civil de las personas, se asentará en el cuerpo del extracto la modificación autorizada en términos de ley, relacionándose con la anotación que dio origen a la modificación.

    Artículo 13. - Son atribuciones del titular, en su carácter de Juez Central:

  3. a V. 2026

  4. Autorizar la inscripción de las resoluciones judiciales que declaren la ausencia, la presunción de muerte, el divorcio judicial, la tutela o que se ha perdido la capacidad legal para administrar bienes, inscripción del Registro de deudores alimentarios morosos del Distrito Federal ordenadas por el órgano jurisdiccional, así como la inscripción de anotaciones derivadas de instrumentos notariales o cualquier otra resolución que anule, revoque o modifique el estado civil, siempre y cuando se cumplan las formalidades exigidas por los ordenamientos jurídicos aplicables;

  5. a XII. 2026

  6. Expedir las constancias de inexistencia de registros de nacimiento, matrimonio o defunción; así como el Certificado del Registro de deudores alimentarios morosos, a que se refiere el artículo 35 del Código Civil.

    XIII Bis- Solicitar al Registro Público de la Propiedad se realice la anotación del Certificado de Deudores Alimentarios Morosos que corresponda, así como la cancelación del mismo.

  7. a XVI. 2026

    Artículo 15.- Para actuar fuera de su competencia territorial, o para la celebración de matrimonios en el juzgado fuera de horario los jueces requerirán presentar por escrito al titular, solicitud de autorización para desempeñar sus funciones en perímetro distinto al que se encuentren adscritos, siempre y cuando éste se ubique en el Distrito Federal.

    2026 2026 2026 2026 2026

    Artículo 16.- ...

    Específicamente cuentan con las atribuciones siguientes:

  8. a VIII. 2026

  9. Derogado

  10. a XVI. 2026

  11. Remitir al archivo de la dirección el tanto único de las actas del estado civil de las personas cada que se conforme el libro de 250 actos y en su caso los que correspondan al cierre del año calendario; los documentos...

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